ORELLANA/
Rol
V-98-2019
Fecha
28 de febrero de 2022
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1 con fecha 05 de Diciembre de 2019, comparece don Nelson Enrique Orellana Díaz, obrero de construcción, con domicilio en camino El Solar II, calle Luis Valdés Larraín N° 0547, comuna de Buin, quien conforme a la ley 17.344, artículo 1° Letra b), solicita su cambio de nombre de “Nelson Enrique Orellana Díaz” a “Nelson Enrique Flores Carvajal” en razón de los argumentos de hecho y de derecho que expone. Indica que desea cambiar sus apellidos “Orellana Díaz” pues corresponde a sus padres biológicos Nelson José Orellana Riquelme y Bárbara del Carmen Díaz Cáceres. Los referidos apellidos le ocasionan un gran perjuicio porque desde corta edad no tuvo relación alguna con su padre biológico ni con ningún miembro de su familia paterna, debido a las innumerables veces que se ha encontrado privado de libertad, por otro lado, su madre biológica falleció cuando tenía sólo cuatro años de edad, por lo que a partir de esa edad comenzó a residir con don Omar Enrique Flores Figueroa y doña Mónica del Pilar Carvajal Concha, quienes asumieron su cuidado personal solicitado en el Juzgado de Familia de Buin, con fecha de subinscripción 25 de Octubre de 2006. Señala que los apellidos Orellana Díaz le causan perjuicio debido a que por más de trece años ha vivido en un núcleo familiar del cual sus padres biológicos no forman parte. Por último, durante más de trece años en su vida social siempre le han conocido como Enrique Flores Carvajal. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta solicitud de rectificación de partida de nacimiento, acogerla a tramitación y decretar la rectificación de su partida de nacimiento N° 725 del Registro del año 1999, del Registro Civil e Identificación, en el sentido de sustituir el nombre que aparece en ese registro de “Nelson Enrique Orellana Díaz” por el de “Nelson Enrique Flores Carvajal”. A folio 4, consta Informe N° 5156 del Servicio de Registro Civil e Identificación de fecha 20 de Diciembre de 2019, con antecedentes del tit
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, compareció don Nelson Enrique Orellana Díaz, quien conforme a la ley 17.344, artículo 1° letra A y B, solicita su cambio de nombre, quedando en definitiva inscrito como “Nelson Enrique Flores Carvajal”. SEGUNDO: Que, en apoyo de su solicitud, el peticionario acompañó en autos los siguientes documentos: 1.- Copia de partida de nacimiento de don Nelson Enrique Orellana Díaz otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación; 2.- Copia de captura de pantalla del perfil en la red social Facebook de don Nelson Enrique Orellana Díaz; 3.- Certificado de registro de nacimiento de Nelson Enrique Orellana Díaz, número de inscripción N° 725, correspondiente al Registro del año 1999, de la circunscripción de Peñaflor, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de fecha 15 de Octubre de 2019; 4.- Certificado de Matrimonio entre don Omar Enrique Flores Figueroa y doña Mónica del Pilar Carvajal Concha emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación; 5.- Certificado de defunción de doña Bárbara del Carmen Díaz Cáceres emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación; 6.- Certificado de residencia de don Nelson Enrique Orellana Díaz emitido por Junta de Vecinos Villa El Solar de Buin III. TERCERO: Que, a folio 18, se agregó publicación del extracto de la solicitud de autos, publicado en el Diario Oficial con fecha 15 de Octubre de 2021, no constando en autos oposición a la solicitud, según da cuenta certificación de 25 de Enero de 2022. CUARTO: Que a folio 4, conforme se ordenó en autos, se recibió informe del Servicio de Registro Civil e Identificación N° 5156 de fecha 20 de Diciembre de 2019, que informa al tenor de la Ley N° 17.344, que consta en sus registros, la inscripción de nacimiento N° 725, del año 1999, de la circunscripción de Peñaflor, siendo titular de ella Nelson Enrique Orellana Díaz, nacido el 26 de Mayo de 1999, consignándose en el rubro correspondiente al padre a don Nelson José Orellana Riquelme, y en el correspondiente a la madre a doña Bárbara del Carmen Díaz Cáceres. Asimismo señala que el solicitante no registra anotaciones en el Registro de General de Condenas. QUINTO: Que, con fecha 10 de Junio de 2020, se rindió información sumaria de testigos ante la receptora judicial doña Macarena del Pilar Bustamante Gutiérrez, en su calidad de ministro de fe, compareciendo al efecto: don Oscar Josué Carvajal González, domiciliado en calle Los Robles Unidos N° 0245, comuna de Buin, quien declaró: “Conozco a NELSON ORELLANA DIAZ el solicitante de estos autos, desde que tenía como cuatro o cinco años, desde muy pequeño, yo tenía cinco y él era menor que yo, de hecho actualmente yo tengo veintitrés años y él tiene veintidós, él es un año menor que yo, lo conozco por mi tía y mi tío, el venía de una situación con sus papas biológicos, por lo que sé la mama había muerto por un tema de drogas y el papá estaba preso, por eso él vivía con su abuelo y mi tía se hizo carg
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3 y 4 inciso final de la Ley N°17.344; y artículos 817, 818, 826 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: I.- Que, se ACOGE la solicitud y, en consecuencia, se autoriza el cambio de nombre de don Nelson Enrique Orellana Díaz, cédula de identidad N° 20.344.568-7, cuyo nacimiento se encuentra inscrito bajo el número 725 del año 1999 de la Circunscripción de Peñaflor del Servicio de Registro Civil e Identificación, debiendo quedar en definitiva como “Nelson Enrique Flores Carvajal”. II.- Remítase copia autentificada de la presente sentencia al Servicio de Registro Civil e Identificación de esta ciudad, con certificación de ejecutoriedad. III.- Practíquense las inscripciones y subinscripciones respectivas, que sean procedentes. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol V-98-2019 Dictada por Claudia Arriagada Santelices, Jueza Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Buin, veintiocho de Febrero de dos mil veintidós Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.c
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Foja: 1 FOJA: 23 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Buin CAUSA ROL : V-98-2019 CARATULADO : orellana/ Buin, veintiocho de Febrero de dos mil veintidós VISTO: A folio 1 con fecha 05 de Diciembre de 2019, comparece don Nelson Enrique Orellana Díaz, obrero de construcción, con domicilio en camino El Solar II, calle Luis Valdés Larraín N° 0547, comuna de Buin, quie
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