KIRSINGER/HERNÁNDEZ
Rol
C-24150-2019
Fecha
28 de febrero de 2022
Materia
CONTRATO, NULIDAD DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 06 de agosto de 2019 mediante presentaci n ingresada aó trav s de la oficina judicial virtual, rectificada por otra de fecha 17 deé agosto de 2019, comparece do a Violeta Magdalena Kirsinger Pe a, c dulañ ñ é de identidad N 4.337.077-4, pensionada, domiciliada en calle Patria Vieja° N 364, comuna de Recoleta, Regi n Metropolitana, y deduce demanda en° ó juicio ordinario de nulidad relativa en contra de do a Gloria Del Carmenñ Hern ndez Henr quez, c dula de identidad N 6.698.806-6, jubilada,á í é ° domiciliada en Pasaje El Acuario N 1831, comuna de La Florida, Regi n° ó Metropolitana. Expone que con fecha 27 de septiembre de 1960, contrajo matrimonio con don Washington Gilberto Sarmiento Gonz lez, pactandoá en el acto el r gimen de sociedad conyugal, lo que consta en certificado deé matrimonio que acompa a junto con su presentaci n. De dicha uni n,ñ ó ó nacieron 4 hijos, Nathalie, Violeta, Washington y Betzab , todos deé apellidos Sarmiento Kirsinger. Indica que con fecha 28 de febrero de 1989, don Washington Gilberto Sarmiento Gonz lez adquiri el bien inmueble ubicado en Elá ó Acuario N 1831, comuna de La Florida, Regi n Metropolitana, mintiendo° ó en ese acto sobre su estado civil, se alando que era soltero. Se ala queñ ñ dicho bien inmueble objeto del presente litigio, fue adquirido a t tuloí oneroso por el causante, durante la vigencia de la sociedad conyugal, y por tanto, dicho bien ra z forma parte del haber social, independiente de laí declaraci n que entreg don Washington en su oportunidad. ó ó Sostiene que con fecha 28 de octubre de 2011, con 74 a os y 11ñ meses, encontr ndose diagnosticado de Alzheimer, concurri en conjuntoá ó con la demandada a la 13 Notar a de Santiago de don Clovis Toro° í Campos, quien no indag respecto a si el constituyente estaba debidamenteó facultado para celebrar dicho contrato, tanto mentalmente, o si cumpl a coní todas las formalidades habilitantes exigidas por la ley, para gravar un bien ra z social, procedi
Fundamentos
fundamentos de derecho, se ala que contrajoñ matrimonio con don Washington con fecha 27 de septiembre de 1960, pactando en el acto el r gimen de sociedad conyugal; que la propiedad cuyoé usufructo adolece de nulidad, es un haber social (sic) al ser adquirido durante la vigencia de la sociedad a t tulo oneroso y no habiendo sido elí t tulo o la causa precedente a ella, seg n lo prescrito en el art culo 1725 Ní ú í ° 5 del C digo Civil. ó Luego, agrega lo prescrito a la autorizaci n necesaria de la mujeró para gravar un bien ra z perteneciente a la sociedad conyugal, deí conformidad a lo prescrito en el art culo 1749 inciso 3 del C digo Civil,í ° ó quedando de manifiesto del tenor de la ley, que el constituyente del usufructo no cumpli con la formalidad habilitante, establecida en la ley conó el fin de otorgar protecci n a la mujer casada bajo el r gimen de sociedadó é conyugal, al momento de gravar el bien ra z social. í Indica, en torno a la nulidad relativa de gravar un bien ra z social ení favor de un tercero, y del plazo para solicitar la declaraci n de nulidad, queó teniendo en consideraci n la fecha de celebraci n del contrato de usufructo,ó ó RIT« » Foja: 1 esto es el 28 de octubre de 2011, invoca lo prescrito en el art culo 1757 delí C digo Civil, y siendo que en la presente causa la disoluci n de la sociedadó ó conyugal se produce por la muerte del marido con fecha 18 de enero de 2018, legitima a la c nyuge sobreviviente a solicitar la declaraci n deó ó nulidad a una fecha no posterior al 28 de octubre de 2021. En torno al usufructo como gravamen y/o limitaci n al dominio y suó validez, se ala lo prescrito en el art culo 732 del C digo Civil, y lo prescritoñ í ó en el art culo 686 del mismo cuerpo legal. Respecto de la nulidad relativa,í invoca lo prescrito en el art culo 1684 del C digo Civil. í ó Agrega que si
Fallo
por tanto, dicho bien ra z forma parte del haber social, independiente de laí declaraci n que entreg don Washington en su oportunidad. ó ó Sostiene que con fecha 28 de octubre de 2011, con 74 a os y 11ñ meses, encontr ndose diagnosticado de Alzheimer, concurri en conjuntoá ó con la demandada a la 13 Notar a de Santiago de don Clovis Toro° í Campos, quien no indag respecto a si el constituyente estaba debidamenteó facultado para celebrar dicho contrato, tanto mentalmente, o si cumpl a coní todas las formalidades habilitantes exigidas por la ley, para gravar un bien ra z social, procedi a escriturar la constituci n de usufructo vitalicio delí ó ó bien social a nombre de la demandada. Precisa que con fecha 18 de enero de 2018, don Washington Sarmiento falleci por problemas de salud, disolvi ndose la sociedadó é conyugal que manten a con aquel. Tras el fallecimiento de aquel, con fechaí 03 de abril de 2018, sus hijas y viuda hacen los tr mites de posesi n efectivaá ó para poder realizar la partici n correspondiente del bien inmueble eraó propiedad de la sociedad conyugal habida con don Washington Sarmiento, RIT« » Foja: 1 la que fue concedida por el Director Regional de la Regi n Metropolitanaó del Servicio de Registro Civil e Identificaci n, mediante resoluci n exentaó ó N 19125, inscribi ndose en el Registro de propiedad con fecha 02 de° é agosto de 2018. Refiere que al realizar los tr mites para la venta de la casa, laá hermanastra de do a Nathalie le informa que este bien i
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 60 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-24150-2019 CARATULADO : KIRSINGER/HERN NDEZÁ Santiago, veintiocho de Febrero de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 06 de agosto de 2019 mediante presentaci n ingresada aó trav s de la oficina judicial virtual, rectificada por otra de fecha 17 deé agosto de 2019, comparece do a Viol
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