ENGIE ENERGÍA CHILE S.A./
Rol
V-3472-2020
Fecha
28 de febrero de 2022
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 59, 82, 83, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería, SE DECLARA: I.- Que, SE APRUEBA el plano y acta de mensura y QUEDAN CONSTITUIDAS las pertenencias denominadas “DORADOS 7, 1 AL 60”, ubicadas en la II Región de Antofagasta, Provincia de Antofagasta, Comuna de Taltal, Lugar NOR-OESTE PAMPA LOS DORADOS, con una superficie total de 300 hectáreas, a favor de MARCO ANTONIO CASTILLO ROMERO, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad Nº 13.047.307-5, en representación de ENGIE ENERGÍA CHILE S.A., sociedad chilena del giro generación y transmisión eléctrica, RUT: 88.006.900-4, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo Nº 3721, piso 19, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago. Publíquese esta sentencia, dese extracto de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del mismo texto legal aludido, para tal efecto. Respecto a lo dispuesto en el artículo 87 inciso 3° del Código de Minería y en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886, sobre tramitación electrónica, extráiganse –por el interesado- las copias respectivas en que consta la presente sentencia, la cual lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación, si fuese el caso, imprimir y ser revisado del portal web www.poderjudicial.cl; Consulta unificada de causas; Sección consulta causas civiles, ó http://civil.poderjudicial.cl/CIVILPORWEB/ para su respectiva publicación. Inscríbase la citada sentencia junto con el acta de mensura correspondiente. Archívese un ejemplar del plano en el Conservador de Minas de Taltal. Entréguese al interesado el original del plano de mensura y una copia del acta de mensura, para el Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese, notifíquese esta sentencia por el estado diario conforme lo dispone el artículo 86 inciso 4º del Código de Minería, dese copia autorizada y archívese en su oportunidad. ROL V-3472-2020. http://www.poderjudicial.cl/ http://civil.poderjudicial.cl/CIVILPORWEB/ Dict
Fallo
por lo expuesto, en el curso de la tramitación no se advierten faltas o ilegalidades. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 59, 82, 83, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería, SE DECLARA: I.- Que, SE APRUEBA el plano y acta de mensura y QUEDAN CONSTITUIDAS las pertenencias denominadas “DORADOS 7, 1 AL 60”, ubicadas en la II Región de Antofagasta, Provincia de Antofagasta, Comuna de Taltal, Lugar NOR-OESTE PAMPA LOS DORADOS, con una superficie total de 300 hectáreas, a favor de MARCO ANTONIO CASTILLO ROMERO, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad Nº 13.047.307-5, en representación de ENGIE ENERGÍA CHILE S.A., sociedad chilena del giro generación y transmisión eléctrica, RUT: 88.006.900-4, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo Nº 3721, piso 19, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago. Publíquese esta sentencia, dese extracto de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del mismo texto legal aludido, para tal efecto. Respecto a lo dispuesto en el artículo 87 inciso 3° del Código de Minería y en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886, sobre tramitación electrónica, extráiganse –por el interesado- las copias respectivas en que consta la presente sentencia, la cual lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación, si fuese el caso, imprimir y ser revisado del portal web www.poderjudicial.cl; Consulta unificada de causas; Sección consulta causas civiles, ó http://civil.poderjudicial.
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FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Taltal CAUSA ROL : V-3472-2020 CARATULADO : ENGIE ENERGÍA CHILE S.A./ MATERIA : MANIFESTACION MINERA (COD M01M) NOMBRE : “DORADOS 7, 1 AL 60” FECHA DE INGRESO : 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020.- FECHA DE A.P.F : 28 DE ENERO DE 2022.- Taltal, veintiocho de febrero de dos mil veintidós. PRIMERO: Que con fecha 29 de septie
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