GUAJARDO/BANCO DE CHILE
Rol
C-4668-2021
Fecha
28 de febrero de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 24 de mayo de 2021 comparece don Germ nó á Andr s Guajardo Vilches, trabajador independiente, domiciliado en calleé Hu rfanos N 1.373, oficina 1.311, comuna de Santiago, demandando en juicioé ° ordinario de menor cuant a de prescripci n extintiva al í ó Banco de Chile, persona jur dica del giro de su denominaci n, í ó representado por don Eduardo Ebensperger Orrego, ambos domiciliados en calle Ahumada N 251, comuna° de Santiago. Indica que seg n pagar N 684000004542 de 7 de diciembre de 2016ú é ° por un monto de $3.378.657, que se hizo exigible con fecha de vencimiento el 10 de febrero de 2017, dej de pagar el 26 de septiembre de 2019, seg n eló ú informe del Bolet n Comercial. í El banco no inici acci n judicial alguna en su contra para el cobro deó ó las cuotas morosas dentro del plazo que establece el art culo 98 de la Leyí N 18.092, en relaci n con los art culos 2492 y 2515 del C digo Civil. ° ó í ó Solicita se declare la prescripci n de las acciones para el cobro de lasó cuotas morosas de pagar y/o pagar , con costas. é é En presentaci n de 12 de agosto de 2021 se tuvo por constada laó demanda en rebeld a del demandado. í El 9 de diciembre de 2021 se celebr audiencia de conciliaci n.ó ó No se recibi la causa a prueba.ó Por resoluci n de 16 de febrero de 2022 se cit ó ó a las partes a o rí sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que el art culo 2514 del C digo Civil dispone que Laí ó “ prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente ciertoó lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hecho exigible .ó ” El art culo 98 de la Ley N 18.092 se ala que El plazo de prescripci ní ° ñ “ ó de las acciones cambiarias del portador contra los obligados al pago es de un a o, contado desde el d a del vencimiento del documento .ñ í ” Por su parte, el inciso final del art culo 100 de la cita ley, indica que laí prescripci n Se interrumpe, tambi n, respecto del obligado que ha reconocidoó “ é expresa o t citamente su calidad de tal. á ” SEGUNDO: Que el demandante a fin de acreditar su pretensi n,ó acompa copia de pagar a plazo - pesos - tasa fija - cuotas iguales Nñó é ° Operaci n 684000004542, suscrito por l por la suma de $3.378.657 m só é á intereses a raz n de una tasa de inter s mensual de 2,46%, pagadera en 48ó é cuotas mensuales y sucesivas, venciendo la primera el 10 de febrero de 2017 y la ltima el 11 de enero de 2021; e informe comercial empresarial, dondeú aparecen las cuotas morosas. TERCERO: Que hasta la presentaci n de la demanda de autos, el 24ó de mayo de 2021, poca en que se interrumpi naturalmente la prescripci n,é ó ó ha transcurrido el plazo de 1 a o para declarar prescrita la acci n cambiariañ ó para el cobro de las cuotas morosas devengadas hasta el 11 de mayo de 2020, por lo que se acoger la demanda.á CUARTO: Que por requerir la prescripci n extintiva de las accionesó declaraci n judicial, la demandada ser eximida del pago de las costas de laó á causa. En consecuencia y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1698 yá í 2492 del C digo Civil y art culos 144, 170, 698 y siguientes del C digo deó í ó Procedimiento Civil, se acoge la demanda de autos, sin costas, declar ndoseá prescrita la acci n cambiaria para perseguir el cobro de las cuotas morosas queó aparecen en el documento “Informe Comercial Empresarial con fecha” protesto 26/09/2019, 28/10/2019, 26/11/22019, 26/12/2019, 27/01/2020y 26/02/2020; y, las cuotas devengadas y adeudadas hasta el 11 de mayo de 2020 del pagar a plazo - pesos - tasa fija - cuotas iguales N Operaci né ° ó 684000004542, suscrito a la orden del Banco de Chile, debiendo eliminarse la deuda del Bolet n Comercial.í Reg strese, notif quese y arch vese.í í í Pronunciada por do a Cecilia Castro Hartard, jueza suplente.ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiocho de febrero de dos mil veintid s.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas.
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4668-2021 CARATULADO : GUAJARDO/BANCO DE CHILE Santiago, veintiocho de febrero de dos mil veintid s.ó VISTOS: En presentaci n de 24 de mayo de 2021 comparece don Germ nó á Andr s Guajardo Vilches, trabajador independiente, domiciliado en calleé Hu rfanos N 1.373, oficina 1.311, comuna de Santiago, demandando en ju
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