2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ROBLES

Rol

C-2431-2021

Fecha

25 de febrero de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña Nancy Mellado Rojas, abogada, en representación de Banco de Crédito Inversiones, persona jurídica dedicada al giro de su denominación, R.U.T. 97.006.000-6, representada legalmente por el señor gerente general don Eugenio Von Chrismar Carvajal, con domicilio en esta ciudad en calle Washington N°2675, oficina 701, quien deduce demanda ejecutiva en contra de don Germán Alberto Robles Alfaro, empleado, domiciliado en Avenida Andrés Sabella N°3110, casa 18 c, Villa Las Palmeras, Antofagasta. Funda su demanda en que consta del pagaré que acompaña N° operación D03410233664, que don Germán Alberto Robles Alfaro, se constituyó en deudor de la institución que representa por la suma de $42.949.119.-, que se obligó a pagar en 84 cuotas mensuales iguales y sucesivas de $844.655.-, cada una, venciendo la primera de ellas el día 5 de agosto del 2021 y las restantes los días 05 de cada mes, venciendo la última cuota el día 05 de julio del 2028. Añade que esta obligación devengaría un interés del 1,2% mensual, vencido, durante todo el plazo pactado. Expone que el no pago oportuno de una cualquiera de las cuotas de capital y/o interés comprendidos en la obligación, dará derecho al acreedor a hacer exigible de inmediato y anticipadamente el monto total del saldo insoluto adeudado a esa fecha, el que desde ese misma fecha se considerará de 1 Código: CKYXYGKXHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl plazo vencido y devengará en favor del acreedor o de quien sus derechos represente, el interés máximo convencional que rija durante la mora o simple retardo. Asimismo, indica que se deja expresamente establecido que el ejercicio de este derecho constituye una sanción al suscriptor por el no pago de la deuda e importa una mera facultad establecida en beneficio exclusivo del acreedor, que no altera en caso alguno la fecha de vencimiento del pagaré originalmente pactada, ni la exigibilidad de las acciones cambiarias y ejecutivas derivadas de éste. Así las cosas, el banco podrá hacer exigible de inmediato el monto total adeudado, expirando todos los plazos pendientes por el solo hecho de constituirse en mora o de habérsele protestado al deudor o al aval, por falta de pago, cualquier documento, pagaré, letra de cambio o cheque, aceptado, suscrito, girado o avalado por él. Hace presente que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota que venció el 05 de agosto del 2021, adeudando la suma de $42.949.119.- más el interés máximo para las operaciones de esta naturaleza, considerándose de plazo vencido en conformidad a lo pactado en el documento que acompaña. Señala que la firma de doña Paula Martínez Chandia por el banco y el deudor fue autorizada en la Notaría Pública de Santiago de don Cristian del Fierro Ruedlinger, Notario Interino, por lo que dicho instrumento tiene mérito ejecutivo. En consecuencia, existiría en contra de don Germán Alberto Robles Alfaro, como suscr

Fallo

se declararon admisibles las excepciones y se recibió la causa a prueba, fijándose los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, rindiéndose la que consta en autos; y a folio 24 se citó a las partes a oír sentencia. QUINTO: Que, la parte ejecutante acompañó custodiado en Secretaría de este Tribunal bajo el N° 1825-2021, pagaré N° de Operación D03410233664, de fecha 19 de abril del año 2021, por la suma de $42.949.119.- suscrito por doña Paula Andrea Martínez en representación del Banco de Crédito e Inversiones y este a su vez por don Germán Alberto Robles Alfaro. SEXTO: Que, el ejecutado, a su turno, no acompañó medio probatorio alguno. SÉPTIMO: Que, consta en el pagaré pagaré N° de Operación D03410233664, de fecha 19 de abril del año 2021, que el ejecutado señaló deber y pagar a la orden de Banco de Crédito e Inversiones, la suma de $42.949.119.-, título que aparece suscrito por doña Paula Andrea Martínez en representación del Banco de Crédito e Inversiones y este a su vez por Germán Alberto Robles Alfaro, cuya firma aparece autorizada por don Cristian del Fierro Ruedlinger, Notario Público de la ciudad de Santiago y que se liberó al banco de la obligación de protesto. OCTAVO: Que, la primera excepción interpuesta, se funda en que el pagaré cuyo cobro se pretende carece de los requisitos establecidos por la ley, para tener mérito ejecutivo, porque la firma no ha sido autorizada ante Notario Público de conformidad a la Ley. En este punto, la doctrina ha clasific

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NOMENCLATURA : 1. [40] SENTENCIA. JUZGADO : 2º JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE ANTOFAGASTA. CAUSA ROL : C-2431-2021 CARATULADO : BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ROBLES MATERIA : JUICIO EJECUTIVO. CÓDIGO : C-07. DEMANDANTE : BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES R.U.T : 97.006.000-6. DEMANDADO : GERMÁN ALBERTO ROBLES ALFARO. R.U.N. : 14.264.075-9. FECHA INICIO : 26.10.2021. Antofagasta, a veinticinco de

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