CADIN/
Rol
V-349-2021
Fecha
24 de febrero de 2022
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Con fecha 9 de noviembre del 2021, comparece do a ñ Rosa Sonia Cad ní Huenuleo, due a de casa, casada, domiciliada en calle Pedro Aguirre Cerdañ N°9295, comuna de San Ram n, ciudad de Santiago, quien viene en solicitar ó se ordene a la Sra. Conservadora del Conservador de Bienes Ra ces de Vi aí ñ del Mar, do a Ana Mar a Letelier Peres, abogada, con domicilio en calle 9 Norteñ í N°623, comuna de Vi a del Mar, ñ a inscribir la escritura de Cesi n deó Derechos celebrada entre la solicitante y do a Filomena del Carmenñ Obreque Obreque, de fecha 7 de octubre de 2019, en la Segunda Notar aí de la Florida de don Jaime Andr s Bernales Larra n Repertorio N° 2870-é í 2019. Con fecha 9 de noviembre del 2021, la solicitante acompa documentos.ñó Con fecha 22 de diciembre del 2021, se agreg informe del Conservador deó Bienes Ra ces de Vi a del Mar.í ñ Con fecha 22 de febrero del 2022, rectific la fecha de la cesi n deó ó derechos celebrada. Se trajeron los autos para fallo.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, con fecha 9 de noviembre del 2021, comparece do a ñ Rosa Sonia Cad n Huenuleo, í due a de casa, casada, domiciliada en calle Pedro Aguirreñ Cerda N°9295, comuna de San Ram n, ciudad de Santiago, quien viene enó solicitar se ordene a la Sra. Conservadora del Conservador de Bienes Ra cesí de Vi a del Marñ , do a Ana Mar a Letelier Peres, abogada, con domicilio en calleñ í 9 Norte N°623, comuna de Vi a del Mar, ñ a inscribir la escritura de Cesi n deó Derechos celebrada entre la solicitante y do a Filomena del Carmenñ Obreque Obreque, de fecha 7 de octubre de 2019, en la Segunda Notar aí de la Florida de don Jaime Andr s Bernales Larra n repertorio 2870-2019.é í Foja: 1 Indica que, con fecha 7 de octubre del a o 2019, se celebr un contrato deñ ó Cesi n de Derechos entre ó Rosa Sonia Cad n Huenuleo í y do a ñ Filomena del Carmen Obreque Obreque, chilena, pensionada, casada, c dula de identidad N°5.161.139-K.é Expone que, dicho contrato de cesi n recay sobre los derechos que ten aó ó í do a ñ Filomena del Carmen Obreque Obreque en el sitio n mero cuatro, manzanaú M, de la poblaci n Gabriela Mistral de Vi a del Mar, individualizado en el planoó ñ agregado con el n mero cinco mil ochocientos once al registro de documentos deú este Conservador de Bienes Ra ces del a o mil novecientos noventa, cuyo deslindesí ñ son los siguientes: NORORIENTE, en nueve metros con lote tres; SURPONIENTE, en nueve coma cincuenta metros con calle Las Vertientes; SURORIENTE, en veintis is metros con lote seis; é NORPONIENTE, en veintisiete coma cincuenta metros con lote dos; con una superficie aproximada de doscientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Adquiri estos derechos por compra que hizo aló Servicio de Vivienda y Urbanizaci n Quinta Regi n, seg n escritura privadaó ó ú protocolizada con el n mero doscientos noventa y siete en Notar a de Valpara so,ú í í de do a Mar a Ester Astorga Lagos, con fecha veintinueve de enero de milñ í novecientos noventa y tres. Que, el Dominio a su favor rola a fojas tres mil trece vuelta, bajo el n mero tres mil doscientos cuarenta y tres del a o mil novecientosú ñ noventa y tres del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deí Vi a del Mar.ñ Se ala que, a la celebraci n de dicho acto compareci , adem s, don ñ ó ó á Mario Riquelme Almendras, chileno, pensionado, casado, c dula de identidadé N°4.303.125-2, en su calidad de c nyuge de do a ó ñ Filomena del Carmen Obreque Obreque, autorizando expresamente la cesi n de derechos conforme a loó establecido en el art culo 1749 del C digo Civil. í ó Refiere que, el precio pagado por el total de los derechos fue la suma de $2.000.000.-, suma que fue pagada al contado, en dinero efectivo y en ese mismo acto, declarando la parte cedente recibirlo a su entera satisfacci n, declar ndoseó á totalmente pagado el precio. Refiere que, con la finalidad de realizar la respectiva inscripci n en eló Registro de Propiedad del respectivo Conservador de Bienes Ra ces, se
Fallo
por tanto, el Conservador se exceder a en sus facultades e ir aí í en directa contraposici n a lo se alado en el art culo 13 del Reglamentoó ñ í Conservatorio que se ala: “El Conservador no podr rehusar ni retardar lasñ á inscripciones: deber , no obstante, negarse, si la inscripci n es en alg n sentidoá ó ú legalmente inadmisible; por ejemplo, si no es aut ntica o no est en el papelé á competente la copia que se le presenta; si no est situada en el departamento o noá es inmueble la cosa a que se refiere; si no se ha dado al p blico el aviso prescritoú en el art culo 58; í si es visible en el t tulo alg n vicio defecto que lo anuleí ú absolutamente, o si no contiene las designaciones legales para la inscripci n”.ó Que, por tanto, conforme al mandato entregado en el Reglamento Conservatorio, solo le corresponde constatar que el contrato mencionado adolecer a de un vicio deí nulidad absoluta por falta de aceptaci n y en consecuencia este Conservador debeó negar la inscripci n solicitada.ó Foja: 1 Cuarto: Que, examinada la escritura de cesi n de derechos, Repertorioó N°2870-2019, celebrada el 7 de octubre de 2019, se observa que don Mario Riquelme Almendras, comparece en su calidad de administrador de los bienes propios de su c nyuge do a Filomena del Carmen Obreque Obreque. Que,ó ñ asimismo, en la cl usula segunda, indica que, por el presente acto, don Marioá Riquelme Almendras, en la calidad que inviste, do a Filomena del Carmen Obrequeñ Obreque, ceden y transfieren a do a Ros
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Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : V-349-2021 CARATULADO : CADIN/ Vi a del Marñ , veinticuatro de Febrero de dos mil veintid só Visto: Con fecha 9 de noviembre del 2021, comparece do a ñ Rosa Sonia Cad ní Huenuleo, due a de casa, casada, domiciliada en calle Pedro Aguirre Cerdañ N°9295, comuna de San Ram n, ciudad de Sant
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