FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A/PÉREZ
Rol
C-1429-2021
Fecha
24 de febrero de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Al folio 1, don FRANCISCO SOTTA BENAPRES, abogado, en representaci n de ó FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A., cuyos representantes legales don Jos Ignacio Pe a Atero, chileno, abogado y do aé ñ ñ Mar a Claudia Sotomayor de la Paz, chilena, ingeniero comercial, todos coní domicilio para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N 3365, piso 3,º comuna de Las Condes, deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar ené contra de don GONZALO ANTONIO P REZ MONTECINOSÉ , ignora profesi n u oficio, domiciliado para estos efectos en R o Ib ez 324ó í áñ de la comuna de Valdivia, por las razones que expone. Se ala que su representado es due o del PAGAR N 1157341ñ ñ É ° suscrito por don Gonzalo Antonio P rez Montecinos, en calidad de deudoré principal. El pagar referido precedentemente fue suscrito por el demandado ené favor de Forum Servicios Financieros S.A., con fecha 5 de septiembre de 2018, por la cantidad de $8.611.492, suma que el deudor se oblig a pagaró en 36 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de $253.950, con vencimiento, la primera de ellas el d a 5 de noviembre de 2018 y las restantes los d as 5 deí í los meses siguientes, y una ltima cuota N 37 de $4.156.000 seg n seú ° ú detalla en tabla de desarrollo de deuda acompa ada en un otros de estañ í demanda. Esta obligaci n devenga un inter s de un 1.81% cada 30 d as,ó é í vencidos, durante todo el plazo pactado, el cual se encuentra incorporado al valor final de cada una de las cuotas ya mencionadas. Este pagar fue firmado por don Gonzalo Antonio P rez Montecinosé é en calidad de deudor principal. Se estipul en el referido pagar que la falta de pago de cualquiera deó é las cuotas en las que se ha dividido el pago de la deuda, o de sus reajustes e intereses, dar a derecho al acreedor para exigir la totalidad de ellas y susí reajustes e intereses indicados, consider ndose ipso facto la obligaci n comoá ó de plazo vencido. En dicho instrumento mercantil, se pact que en caso de mora oó simple retardo en el pago
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Al folio 1, el ejecutante pidi tener por deducidaó demanda en juicio ejecutivo por la suma de $5.555.722 pesos, m s gastos deá protesto, debidamente reajustada e intereses, en contra de don Gonzalo Antonio P rez Montecinos en calidad de deudora principal, acoger laé demanda en todas sus partes, y ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en contra del referido deudor por las sumas yaó indicadas, teniendo presente que la ejecuci n se continuar hasta el ntegroó á í pago de las cantidades adeudadas, con costas. SEGUNDO: Consta en autos la custodia N 1014-2021, del Pagar° é N 1157341, firmada por el suscriptor, y ahora ejecutado por la suma de $° 8.611.492 correspondientes al capital, autorizada por la Notario P blico deú Santiago, don Eduardo Diez Morello, con fecha 13 de septiembre de 2018. TERCERO: Al folio 13 el ejecutado opuso las siguientes excepciones: 1.- LA EXCEPCI N DE FALTA DE ALGUNOS DE LOSÓ REQUISITOS O CONDICIONES ESTABLECIDAS POR LAS LEYES PARA QUE DICHO T TULO TENGA FUERZA EJECUTIVA, CONÍ RELACI N AL DEMANDADO DE AUTOS, DE CONFORMIDAD ALÓ ARTICULO 464 N 7 DEL C DIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. -° ° Ó Solicita desde ya sea admitida a tramitaci n, sea declarada admisibleó y en su m rito sea acogida, desechando finalmente la demanda ejecutivaé deducida, con expresa condenaci n en costas, y sus fundamentos son losó siguientes: El t tulo que funda esta ejecuci n carece de fuerza ejecutiva í ó por no ser l quida la obligaci n. í ó La doctrina jur dica ha entendido que una obligaci n es l quidaí ó í cuando: "La declaraci n contenida en el t tulo es completa, en el sentido deó í que se baste a s misma; es decir, debe tratarse de obligaciones en las cualesí no sea dudoso lo que se debe y su determinaci n cualitativa" (Hugo Pereiraó Anabal n, "La Fase de Conocimiento en el Juicio Ejecutivo", Panoramaó Actual, Editorial Conosur Limitada, 1995, p gs. 44 y 45).á En este caso particular, el t tulo ejecutivo resulta ser un Pagar y unaí é modificaci n del pagar de origen, que indican una cantidad de dinero,ó é raz n por la que el acto al cual la ley le otorga m rito ejecutivo no puedeó é examinarse como desvinculado del contrato que origina los montos de dinero que la ejecutante pretende se le paguen en estos autos., debiendo,
Fallo
Por estas consideraciones y disposiciones legales que cita, pide tener por deducida demanda en juicio ejecutivo por la suma de $5.555.722 pesos, m s gastos de protesto, debidamente reajustada e intereses, en contraá de don Gonzalo Antonio P rez Montecinos en calidad de deudora principal,é acoger la demanda en todas sus partes, y ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en contra del referido deudor por las sumas yaó indicadas, teniendo presente que la ejecuci n se continuar hasta el ntegroó á í pago de las cantidades adeudadas, con costas. Al folio 12, con fecha 15 de noviembre de 2021, se notificó personalmente, al demandado de la acci n ejecutiva deducida en su contraó y se le requiri de pago al folio 2 del cuaderno de apremio. ó Al folio 13, el ejecutado opuso las excepciones de los N 4, N 7 y° ° N 8.° Al folio 16, el ejecutante evacu el traslado en tiempo y forma.ó Al folio 20, se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibieron a prueba. Al folio 26, se cit a las partes para o r sentencia. ó í CONSIDERANDO PRIMERO: Al folio 1, el ejecutante pidi tener por deducidaó demanda en juicio ejecutivo por la suma de $5.555.722 pesos, m s gastos deá protesto, debidamente reajustada e intereses, en contra de don Gonzalo Antonio P rez Montecinos en calidad de deudora principal, acoger laé demanda en todas sus partes, y ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en contra del referido deudor por las sumas yaó indicadas, teniendo presente que
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-1429-2021 CARATULADO : FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A/P REZÉ Valdivia, a veinticuatro de febrero del a o dos mil veintid s.ñ ó VISTOS Al folio 1, don FRANCISCO SOTTA BENAPRES, abogado, en representaci n de ó FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A., cuyos representantes legales don Jos Ignacio Pe a Atero, chileno, abogad
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