MARILEO/CONSTRUCTORA LAHUEN S.A.
Rol
O-743-2022
Fecha
9 de enero de 2023
Materia
Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OIDOS: A.- Que en estos antecedentes RIT O 743-2022 ha comparecido don DANIEL PATRICIO MARILEO JARA, constructor civil, domiciliado en La Barra N°1620, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, he interpone demandada demanda de prestaciones laborales, en procedimiento general, en contra de la empresa CONSTRUCTORA LAHUEN S.A., persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por doña Ximena Vera Barrientos, liquidadora, o por quien corresponda de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos domiciliados en ambos domiciliados en Avenida Américo Vespucio Norte N° 2.700, oficina 406, Vitacura, ciudad de Santiago, y en forma solidaria al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, representado judicialmente por el Consejo de Defensa del Estado, representado a su vez por el Abogado Procurador Fiscal de la Región de la Araucanía, don Álvaro Sáez Willer, ambos con domicilio para estos efectos en calle Arturo Prat 847, Temuco. Funda su pretensión en ingresó a prestar servicios para la sociedad Constructora Lahuen S.A. el 19 de febrero de 2021, como constructor civil y a partir del 25 de octubre de 2021, como Administrador de Obra. Su última remuneración fue la suma de $2.838.528.- mensuales. Por anexo de contrato de trabajo de fecha 30 de abril de 2021, sus labores comprendieron las de Administrador de Obra, en la denominada obra “Reposición Tenencia Carabineros San José Mariquina”, adjudicada por el Ministerio de Obras Públicas a su ex empleador por Resolución DA Araucanía Nº14 de 4 de noviembre de 2020. Con fecha 30 de marzo de 2022 su empleador puso término a su contrato de trabajo por la causal del artículo 161 inciso segundo del Código del Trabajo, esto es, “Deshaucio escrito del empleador” En la carta de notificación de término del contrato, el empleador le ofreció el pago de varias prestaciones como indemnización por aviso previo, y pago de feriado proporcional. Además de no pagarse su ex empleador las prestaciones mencio
Fundamentos
fundamentos de hecho y Derecho que refiere, pide tener por interpuesta dentro de plazo legal, demanda en procedimiento general de pago de prestaciones en contra la empresa CONSTRUCTORA LAHUEN S.A., representada por doña Ximena Vera Barrientos, y en contra del mandante solidario MINISTERIO DE OBRAS PÚB.LICAS, representado judicialmente por el CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, representado a su vez por el Abogado Procurador Fiscal don Álvaro Sáez Willer, ya individualizados, acogerla a tramitación, de acuerdo a lo ya expuesto, declarando, en definitiva: A) Que se ordene el pago de todas las prestaciones ofrecidas en la carta de término de contrato de trabajo, es decir: 1) Feriado proporcional: $847.667 2)Indemnización por aviso previo: $2.838.528, y por conceptos de caja chica: $900.374.- B) Que todas las prestaciones que se le adeudan se le paguen con intereses y reajustes. C) Que, se declare que el Ministerio de Obras Públicas es solidariamente responsable de todas las obligaciones de dar que se demandan al demandado principal. D) Que se condene a los demandados a las costas de la causa. B.- Que la demandada CONSTRUCTORA LAHUEN S.A., en liquidación debidamente notificada no contestó la demanda, no compareció a las audiencias verificadas en autos ni rindió elementos de prueba. C.- Que don Álvaro Sáez Willer, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el FISCO DE CHILE, ambos domiciliados en Arturo Prat 847, oficina 202, Temuco, Región de la Araucanía, contestando la demanda por cobro de prestaciones entablada por don DANIEL PATRICIO MARILEO JARA, solicitando desde ya su total rechazo, con fundamento en que la parte demandante ha deducido demanda en contra del Fisco de Chile solicitando el cobro de prestaciones adeudadas por su ex empleador CONSTRUCTORA LAHUEN S.A., por el despido de que fue objeto por desahucio, y solicita el pago de las siguientes: A.-) Feriado proporcional: $847.667.- B.-) Indemnización por aviso previo: $2.838.528, C.-) Caja chica: $900.374.-. Indica que habría prestado servicios a contar del día 19 de febrero de 2021, como Administrador de Obra obras, de la obra denominada “Reposición Tenencia Carabineros San José Mariquina”, adjudicada por el Ministerio de Obras Públicas a su ex empleador. Señala que en la carta de despido de 30 de marzo de 2022 su empleador puso término al contrato por la causal de “Desahucio escrito del empleador”. Por ello solicita que el Fisco de Chile sea condenado en forma solidaria, ya que existiría un régimen de subcontratación. Negación de los hechos y sus efectos. En primer término, esta parte controvierte formal, material, sustancial y expresamente todos y cada uno de los hechos que sirven de respaldo a la demanda como también los fundamentos de derecho en que se apoyan los referidos hechos, debiendo entenderse todos éstos como negados para los efectos del artículo 453 N° 1 del Código del Trabajo. Por lo tanto y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1698 del
Fallo
Por tanto, pide tener por contestada la demanda en contra del Fisco de Chile, y en razón de las alegaciones, excepciones y defensas, rechazar la demanda respecto de la demandada Fisco de Chile, con costas. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en la audiencia preparatoria verificada, habiendo fracasado el llamado a conciliación, se fijaron como hechos No controvertidos a probar los siguientes: I.- Que la demandada Constructora Lahuen fue declarada en procedimiento concursal de liquidación en la causa rol C-1874-2022, del Primer Juzgado Civil de Puerto Montt, ello con fecha 22 de julio de 2022. Por lo que lo controvertido a ser probado radica en determinar los siguientes hechos a probar: I.- La existencia de relación laboral entre el demandante y la demandada principal, fecha de inicio y termino. II.- Las labores contratadas y cumplidas. III.- La causal de termino de contrato, fecha en la cual esta se hace efectiva. IV.- Prestaciones laborales devengadas y adeudadas a la época de termino del contrato, periodo y monto. V.- La efectividad de que el actor presto servicios bajo régimen de subcontratación para el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS representado por el fisco de chile, en su caso, hechos y circunstancias de dicha prestación de servicios y época de prestación de los mismos. VI.-La efectividad de que la demandada solidaria subsidiaria MOP FISCO DE CHILE ejerció los derechos de información y retención, hechos y circunstancias. SEGUNDO: Que la parte demandante rindió los siguientes medi
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Temuco, nueve de enero de dos mil veintitrés. VISTOS Y OIDOS: A.- Que en estos antecedentes RIT O 743-2022 ha comparecido don DANIEL PATRICIO MARILEO JARA, constructor civil, domiciliado en La Barra N°1620, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, he interpone demandada demanda de prestaciones laborales, en procedimiento general, en contra de la empresa CONSTRUCTORA LAHUEN S.A., persona jurídica
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