ANGEL/COMERCIALIZADORA PAKAR LIMITADA
Rol
M-518-2022
Fecha
9 de enero de 2023
Materia
Despido injustificado, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además los dispuestos en los artículos 1, 9, 162, 420, 453, 454, 456 y siguientes y 496 y siguientes, todos del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que SE ACOGE la demanda interpuesta por doña VANESSA ANGEL ASTUDILLO, RUT N° 15.586.622-5, domiciliada en Avda. Guillermo Ulriknsen N° 1781, depto. 524, La Serena, en contra de COMERCIALIZADORA PAKAR LTDA., RUT N° 76.648.624-K, representada legalmente por doña PAULA RUIZ CACERES, RUT N° 15.605.135-7, ambas domiciliadas en Pedro de Valdivia N° 45 B, El Llano, Coquimbo y se declara que entre las partes existió una relación de naturaleza laboral desde el 01 de septiembre de 2021 a la que se puso término el 25 de julio de 2022 sin expresar causa legal y que el despido no pudo producir sus efectos, condenado a la demandada a pagar lo siguiente: a) La suma de $672.000.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) La suma de $540.000.- por concepto de remuneración ordinaria del periodo 01.07.2022 al 25.07.2022 c) La suma de $380.000.- por concepto de feriado proporcional. d) Las cotizaciones previsionales de AFP, de salud y por cesantía de los meses que se encuentren impagos entre el 01 de septiembre de 2021 y el 25 de julio de 2022, calculadas sobre la base de un ingreso de $672.000.- mensuales. e) El pago de las remuneraciones desde la fecha del despido el 25 de julio de 2022 hasta la convalidación del mismo con el pago de las cotizaciones, a razón de $672.000.- mensuales. II. Que, las sumas ordenadas pagar se incrementarán en la forma dispuesta en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se condena en costas a la demandada las que se regulan en $200.000.-. En lo demás se rechaza la demanda. La demandante queda notificada personalmente en la audiencia y la demandada notificada de pleno derecho al haberse dictado sentencia en audiencia. REGÍSTRESE, Y OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE. RIT M-518-2022. Dictada por doña VALERIA PAULINA MULET MARTINEZ, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trab
Fallo
Por estas consideraciones y visto además los dispuestos en los artículos 1, 9, 162, 420, 453, 454, 456 y siguientes y 496 y siguientes, todos del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que SE ACOGE la demanda interpuesta por doña VANESSA ANGEL ASTUDILLO, RUT N° 15.586.622-5, domiciliada en Avda. Guillermo Ulriknsen N° 1781, depto. 524, La Serena, en contra de COMERCIALIZADORA PAKAR LTDA., RUT N° 76.648.624-K, representada legalmente por doña PAULA RUIZ CACERES, RUT N° 15.605.135-7, ambas domiciliadas en Pedro de Valdivia N° 45 B, El Llano, Coquimbo y se declara que entre las partes existió una relación de naturaleza laboral desde el 01 de septiembre de 2021 a la que se puso término el 25 de julio de 2022 sin expresar causa legal y que el despido no pudo producir sus efectos, condenado a la demandada a pagar lo siguiente: a) La suma de $672.000.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) La suma de $540.000.- por concepto de remuneración ordinaria del periodo 01.07.2022 al 25.07.2022 c) La suma de $380.000.- por concepto de feriado proporcional. d) Las cotizaciones previsionales de AFP, de salud y por cesantía de los meses que se encuentren impagos entre el 01 de septiembre de 2021 y el 25 de julio de 2022, calculadas sobre la base de un ingreso de $672.000.- mensuales. e) El pago de las remuneraciones desde la fecha del despido el 25 de julio de 2022 hasta la convalidación del mismo con el pago de las cotizaciones, a razón de $672.000.- mensuales. II. Qu
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA FECHA 009 DE ENERO DE 2023 RUC 22-4-0434957-4 RIT M-518-2022 MAGISTRADO VALERIA MULET MARTINEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS PATRICIO VARGAS AGUIRRE SALA 2 HORA DE INICIO 10:46 HORA DE TERMINO 11:18 Nº REGISTRO DE AUDIO 2240434957-4-1337 PARTE DEMANDANTE VANESSA MATILDE ANGEL ASTUDILLO ABOGADO HANS MILES VEGA PARTE DEMANDADA (EN REBELDIA) COMERCIALIZADORA
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