5º Juzgado Civil de Valparaíso

ARRAYAN FACTORING S.A/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALPARAISO

Rol

C-1317-2021

Fecha

19 de febrero de 2022

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 19 de noviembre del a o 2021, comparece do a Mar a Isabelñ ñ í Warnier Readi, abogada, con domicilio en Prat 772, Tercer Piso, Valpara so, ení representaci n, de ó ARRAY N FACTORING S.A.,Á sociedad an nima del giro deó factoraje, representada legalmente por don Ronny Gerli Fuentealba, ambos domiciliados en Avenida Am rico Vespucio Norte N 2700, oficina N 301, comuna de Vitacura,é ° ° Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALPARA SO, Í instituci n de derecho p blico, representadaó ú por su alcalde don Jorge Sharp Fajardo, ambos domiciliados en calle Condell N 1490,° Valpara so, por la suma de $2.587.365.- m s intereses corrientes, comisi n del 1% yí á ó costas. Que con fecha 30 de noviembre de 2021, la ejecutada opone excepciones a la ejecuci n.ó Que, con fecha 06 de diciembre del a o 2021, se evacuo el traslado conferido.ñ Que, con fecha 14 de enero de 2022, se cit a las partes a o r sentencia. ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ha comparecido en autos el ejecutante interponiendo demanda ejecutiva en contra del ejecutado, ya individualizado, en base a los siguientes fundamentos: Se ala que su representada es acreedor de la Ilustre Municipalidad de Valpara so,ñ í en virtud de la Factura electr nica N 1026, emitida por Comercializadora CYCó ° Limitada, a nombre de la demandada, de 7 de diciembre de 2020, exigible el 07 de enero de 2021 por la suma de $2.587.365.- Indica, que notificado judicialmente el cobro de la factura al representante de la entidad edilicia, sta no aleg dentro de tercero d a la falsificaci n material de la factura,é ó í ó por lo que, de acuerdo lo que dispone el art culo 434 N 7 del C digo de Procedimientoí º ó Civil, en relaci n con lo previsto por el art culo 5 de la Ley N 19.983, procede el cobroó í º C-1317-2021 Foja: 1 ejecutivo de la suma adeudada m s los intereses corrientes a los que se refiere el art culoá í 2 bis y la comisi n del 1% a la que alude el art culo 2 ter, ambos de la Ley N 19.983.ó í º Finalmente, sostiene que la deuda es l quida, actualmente exigible y consta deí t tulo ejecutivo de acci n no prescrita.í ó En virtud de los argumentos expuestos, art culos 434 y siguientes del C digo deí ó Procedimiento Civil y Ley 19.983, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva y disponer se despache mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $ 2.587.365,ó m s intereses, comisi n del 1% y costas. á ó SEGUNDO: Que con fecha 30 de noviembre de 2021, comparece el demandado, oponiendo la excepci n a contemplada en el art culo 464 N 9 de C digoó í º ó de Procedimiento Civil, solicitando se haga lugar a ella, desestimando la demanda ejecutiva de cobro de factura, con costas. Indica, que mediante Decreto de pago N 4280, de fecha 28 de diciembre de° 2020, ejecutado a trav s del cheque de fecha 31 de diciembre del a o 2020, se pag laé ñ ó factura N Factura 1026, a Comercializadora C Y C Limitada por $2.587.365,° produci ndose con ello la extinci n de la obligaci n mediante el pago o soluci n de laé ó ó ó misma. En virtud de lo anterior, esgrime que ha operado el modo de extinguir las obligaciones regulado en los art culos 1568 y siguientes del C digo Civil, ení ó concordancia con lo establecido en el art culo 464 N 9 del C digo de Procedimientoí º ó Civil, toda vez que la factura y deuda que se intenta cobrar, de mala fe, ya fue pagada como consta en el documento acompa ado en otros , que tiene la copia de la revisi nñ í ó del sistema de Decretos del Municipio y copia del cheque por el monto que nuevamente se intenta cobrar. TERCERO: Que, con fecha 6 de diciembre de 2021, la ejecutante evacu eló traslado conferido, solicitando se rechace en todas sus partes la excepci n opuesta por laó ejecutada, con costas, en m rito de lo siguiente:é Indica, que la factura N 1026 de fecha 7 de diciembre de 2020, fue cedida a suº representada, por la emisora Comercializadora CYC Limitada, seg n consta en elú certificado de ano

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los art culos 160, 170, 254,í 434, 464, 469, 470 y 471 del C digo de Procedimiento Civil, 1.698 del C digo Civil, yó ó art culos 3 , 5 y dem s pertinentes de la Ley N 19.983, í ° ° á ° SE DECLARA que: I.- Se rechaza la excepci n opuesta en lo principal de la presentaci n de fechaó ó 30 de noviembre de 2021 por el abogado don Nicol s Guzm n, en representaci n de laá á ó Ilustre Municipalidad de Valparaiso, contra la ejecuci n incoada con fecha 19 deó noviembre de 2021, por do a ñ Mar a Isabel Warnier Readi,í abogado, en representaci nó C-1317-2021 Foja: 1 de Array n Factoring S.A. y consecuentemente, se ordena seguir adelante la ejecuci n,á ó hasta hacer al acreedor cumplido pago de la suma cobrada en autos, m s intereses.á III.- Se condena en costas al ejecutado. Reg strese, notif quese y en su oportunidad, arch vese.í í í ROL N C-1317-2021° Pronunciada por do a ñ Silvia Veloso Bustos, Juez Titular del Quinto Juzgado Civil de Valpara so.í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valparaiso, diecinueve de Febrero de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez resta

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C-1317-2021 Foja: 1 FOJA: 37 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-1317-2021 CARATULADO : ARRAYAN FACTORING S.A/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALPARAISO Valparaiso, diecinueve de Febrero de dos mil veintid só VISTOS: Que, con fecha 19 de noviembre del a o 2021, comparece do a Mar a Isabelñ ñ í Warnier Readi, abogada, con domicilio en Prat 772, Te

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