Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua

BEIZA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN VICENTE T.T.

Rol

C-948-2021

Fecha

18 de febrero de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua CAUSA ROL : C-948-2021 CARATULADO : BEIZA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN VICENTE T.T. San Vicente de Tagua Tagua, dieciocho de Febrero de dos mil veintidós. VISTOS. A folio 1, con fecha 03 de noviembre de 2021, comparece LAURA LUISA BEIZA OLMEDO, chilena, cédula de identidad N° 5.689.918-9, viuda, pensionada, domiciliada en Pasaje Oscar Castro Nº105, Villa Andrés Bello, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, quien en procedimiento ordinario de mínima cuantía deduce demanda de prescripción extintiva de deuda de derechos de aseo, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua, representada por su Alcalde, don Jaime González Ramírez, cédula de identidad número 7.790.977-K, ambos con domicilio en Calle Tagua Tagua N° 222, de la misma comuna, en base a los siguientes

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho: Señaló que es dueña del inmueble ubicado en calle inmueble ubicado en Pasaje Oscar Castro Nº105, Villa Andrés Bello, comuna de San Vicente de Tagua Tagua. Refiriendo que dicho inmueble mantiene una deuda por concepto de derechos de aseo y sobre la cual la Ilustre Municipalidad de San Vicente no ha hecho valer acción alguna para el cobro de los derechos de aseo. Por ello, y en virtud de rectificación de la demanda rolante a folio 6, solicita se declare la prescripción de dichos impuestos desde Cuota Nº 2 del año 2013 hasta la cuota Nº 3 del año 2016, cuyo monto total, según valor cuota, reajuste e interés es de $280.240 (doscientos ochenta mil doscientos cuarenta pesos). Agregó que desde aquella fecha, a la actualidad no se ha ejercido acción de cobro alguno por parte de la municipalidad demandada ni se ha intentado interrumpir la prescripción; refrendando su petición en base a lo dispuesto en el artículo 2515 del Código Civil. Solicitando en definitiva, que se acoja la demanda en contra de la Ilustrísima Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua, y se declare la prescripción de la deuda por derechos de aseo desde la cuota Nº 2 del año 2013 hasta la cuota Nº 3 del año 2016, cuyo monto total es de $280.240 (doscientos ochenta mil doscientos cuarenta pesos). A folio 10, por resolución de fecha 16 de diciembre de 2021, se tiene por notificada expresamente a la parte demandada de la demanda de autos y su proveído. A folio 14, con fecha 22 de diciembre de 2021, consta comparendo de estilo, con la asistencia del apoderado de la parte demandante doña Francisca Arias Pizarro y del abogado de la parte demandada, don Fernando Guerra García, oportunidad en que la demandada contesta la demanda, allanándose a ésta y aceptándola en todos sus términos. Por lo que, atendido el allanamiento de la parte demandada y lo dispuesto en el 313 del Código de Procedimiento Civil, omite el llamado a conciliación y se cita a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña LAURA LUISA BEIZA OLMEDO, interponiendo acción de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua, solicitando se acoja la demanda a tramitación, declarándose la prescripción extintiva de derechos de aseo respecto a los períodos vencidos que van desde la cuota N°2 del año 2013 hasta la cuota N°3 del año 2016, inclusive, todas ellas por un monto de $280.240 (doscientos ochenta mil doscientos cuarenta pesos), en atención a los fundamentos de hecho y de derecho reseñados en la parte expositiva de la sentencia, los que se dan por reproducidos. SEGUNDO: Que en comparendo de contestación y conciliación celebrado con fecha 22 de diciembre de 2021, la parte demandada se allana expresamente a la demanda impetrada en autos. Por lo que, con la misma fecha, se cita a las partes a oír sentencia. TERCERO: Que para acreditar su pretensión, el demandante allega como prueba documental certificado de deuda emitido po

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente lo prevenido en los artículos 1698, 1699, 1700, 1706, 2492, 2493, 2497, 2514, 2515, 2518, 2521 y 2523 del Código Civil, artículos 160, 170, 341 y 342 del Código de Procedimiento Civil, artículos 5, 6 y 7 del Decreto Ley N° 3063, se declara: I. Que SE ACOGE la demanda de prescripción extintiva de derechos de aseo interpuesta por doña LAURA LUISA BEIZA OLMEDO con fecha 03 de noviembre de 2021, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua, ambos ya individualizados, declarándose extinguida por prescripción la acción de cobro de los referidos derechos que gravan el inmueble ubicado en Pasaje Oscar Castro Nº 105, Villa Andrés Bello, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, correspondientes a las cuotas devengadas entre el 30 junio del año 2013 hasta el 30 septiembre de 2016, es decir, desde la cuota N°2 del año 2013 hasta la cuota N°3 del año 2016, conforme el mérito del certificado de deuda de folio 1. II. Que no se condena en costas a la parte demandada, por haberse allanado a la demanda impetrada en autos. Anótese, regístrese, notifíquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Dictada por doña Solange Diuana Eade, Juez Titular del Juzgado de Letras y Familia de San Vicente de Tagua Tagua. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Vicente de Tagua Tagua, dieciocho de Febrero de dos mil veintidós. Este documento tiene firma electrónic

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua CAUSA ROL : C-948-2021 CARATULADO : BEIZA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN VICENTE T.T. San Vicente de Tagua Tagua, dieciocho de Febrero de dos mil veintidós. VISTOS. A folio 1, con fecha 03 de noviembre de 2021, comparece LAURA LUISA BEIZA OLMEDO, chilena, cédula de identidad N° 5.689.918-9, viuda, pensionada, d

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