Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua

MORALES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN VICENTE T.T.

Rol

C-665-2021

Fecha

18 de febrero de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua CAUSA ROL : C-665-2021 CARATULADO : MORALES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN VICENTE T.T. San Vicente de Tagua Tagua, dieciocho de Febrero de dos mil veintidós. VISTOS. A folio 1, con fecha 10 de agosto de 2021, comparece doña Isabel Durán Wartenberg, Cédula Nacional de Identidad N° 15.369.453-2, abogada de la Corporación de Asistencia Judicial San Vicente de Tagua Tagua, domiciliada para estos efectos en Calle Cardenal Caro N° 320, San Vicente de Tagua Tagua, en representación de doña MARÍA TERESA MORALES SEPÚLVEDA, chilena, cédula de identidad N° 6.464.900-0, viuda, trabajadora, domiciliada en Lago Neltume 605, Villas del sur, de la comuna y ciudad de San Vicente de Tagua Tagua, quien en procedimiento ordinario de menor cuantía deduce demanda de prescripción extintiva de deuda de derechos de aseo, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua, representada por su Alcalde, don Jaime González Ramírez, cédula de identidad número 7.790.977-k, ambos con domicilio en Calle Tagua Tagua N° 222, de la misma comuna, en base a los siguientes

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho: Señaló que es dueña del inmueble ubicado en calle inmueble ubicado en Lago Neltume 605, Villas del Sur, de la comuna y ciudad de San Vicente de Tagua Tagua, Refiriendo que dicho inmueble mantiene una deuda por concepto de derechos de aseo y sobre la cual la Ilustre Municipalidad de San Vicente no ha hecho valer acción alguna para el cobro de los derechos de aseo. Por ello, solicita se declare la prescripción de dichos impuestos desde Cuota N°1 del año 2000, hasta la cuota Nº 2 del año 2016, cuyo monto total, según valor cuota, reajuste e interés es de $1.632.382 (un millón seiscientos treinta y dos mil trecientos ochenta y dos pesos). Agregó que desde aquella fecha, a la actualidad no se ha ejercido acción de cobro alguno por parte de la municipalidad demandada ni se ha intentado interrumpir la prescripción; refrendando su petición en base a lo dispuesto en el artículo 2515 del Código Civil. Solicitando en definitiva, que se acoja la demanda en contra de la Ilustrísima Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua, y se declare la prescripción de la deuda por derechos de aseo desde la Cuota N°1 del año 2000, hasta la cuota Nº 2 del año 2016, cuyo monto total es de $1.632.382 (un millón seiscientos treinta y dos mil trecientos ochenta y dos pesos). A folio 8, por resolución de fecha 16 de septiembre de 2021, se tiene por notificada expresamente a la parte demandada de la demanda de autos y su proveído. A folio 12, con fecha 04 de octubre de 2021, se tiene por contestada la demanda y por allanada a la parte demandada de la demanda impetrada en autos, citándose a las partes a oír sentencia, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña Isabel Durán Wartenberg, en representación de doña MARÍA TERESA MORALES SEPÚLVEDA, interponiendo acción de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua, solicitando se acoja la demanda a tramitación, declarándose la prescripción extintiva de derechos de aseo respecto a los períodos vencidos que van desde la Cuota N°1 del año 2000, hasta la cuota Nº 2 del año 2016, cuyo monto total es de $1.632.382 (un millón seiscientos treinta y dos mil trecientos ochenta y dos pesos), en atención a los fundamentos de hecho y de derecho reseñados en la parte expositiva de la sentencia, los que se dan por reproducidos. SEGUNDO: Que, en presentación de fecha 14 de septiembre de 2021, la parte demandada se notifica expresamente de la demanda de autos, allanándose a la misma, citándose a las partes a oír sentencia con fecha 04 de octubre de 2021. TERCERO: Que para acreditar su pretensión, el demandante allega como prueba documental Copia del Estado de Deuda de derechos de Aseo Domiciliario, de la propiedad antes señalada, emitido por el departamento de rentas de la Ilustrísima Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua, de fecha 24 de Marzo de 2021. Documento que ponderado

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente lo prevenido en los artículos 1698, 1699, 1700, 1706, 2492, 2493, 2497, 2514, 2515, 2518, 2521 y 2523 del Código Civil, artículos 160, 170, 341 y 342 del Código de Procedimiento Civil, artículos 5, 6 y 7 del Decreto Ley N° 3063, se declara: I. Que SE ACOGE la demanda de prescripción extintiva de derechos de aseo interpuesta por doña Isabel Duran Wartenberg, en representación de doña MARÍA TERESA MORALES SEPÚLVEDA, con fecha 10 de agosto de 2021, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua, ambos ya individualizados, declarándose extinguida por prescripción la acción de cobro de los referidos derechos que gravan el inmueble ubicado en Lago Neltume 605, Villas del Sur, de la comuna y ciudad de San Vicente de Tagua Tagua, correspondientes a las cuotas devengadas entre el 30 de abril del año 2000 hasta el 30 de Junio de 2016, es decir, desde la Cuota N°1 del año 2000, hasta la cuota Nº 2 del año 2016, conforme el mérito del certificado de deuda de folio 1. II. Que no se condena en costas a la parte demandada, por haberse allanado a la demanda impetrada en autos. Anótese, regístrese, notifíquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Dictada por doña Solange Diuana Eade, Juez Titular del Juzgado de Letras y Familia de San Vicente de Tagua Tagua. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Vicente de Tagua Tagua, dieciocho de Febrero d

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua CAUSA ROL : C-665-2021 CARATULADO : MORALES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN VICENTE T.T. San Vicente de Tagua Tagua, dieciocho de Febrero de dos mil veintidós. VISTOS. A folio 1, con fecha 10 de agosto de 2021, comparece doña Isabel Durán Wartenberg, Cédula Nacional de Identidad N° 15.369.453-2, abogada de la Co

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