8º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ABELLO

Rol

C-12850-2020

Fecha

17 de febrero de 2022

Materia

MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Al folio 1, comparece Jaime Gabriel Vel squez Navarro, abogado, ená representaci n judicial de ó Banco de Cr dito e Inversionesé , sociedad an nimaó bancaria, del giro de su denominaci n, representada a su vez por su Gerente Generaló don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, todos domiciliados en calle Compa a N 1390, oficina 2403, comuna de Santiago, quien entabla demanda ejecutivañí ° en contra de Orlando Cristian Abello Soto, ignora profesi n u oficio, domiciliado enó calle San Antonio de Padua N 11143, comuna de La Florida.° Fundamentando su demanda, se ala que su mandante otorg un mutuoñ ó hipotecario al deudor por el equivalente en pesos moneda nacional de UF951,1800, que el deudor se oblig a restituir con m s una tasa de inter s del 4,65% anual vencida,ó á é mediante el pago de 240 dividendos anticipados, mensuales y sucesivos de UF 6,1093, cada uno, a contar del d a 10 de febrero de 2015.í Indica que se pact que el acreedor podr a hacer exigible la deuda en suó í totalidad, consider ndose sta de plazo vencido, entre otras causales, si se retardare porá é cualquier causa el pago de cualquier dividendo o si el deudor dejare de cumplir oportunamente cualquier obligaci n que tenga para con el Banco acordadas en dichoó instrumento, deveng ndose un inter s penal igual al m ximo que la ley permite estipulará é á para operaciones de cr dito de dinero en moneda nacional reajustables, desde el d aé í inmediatamente siguiente a aqu l en que debi pagarse y hasta el momento de su pagoé ó efectivo. Alega que el deudor s lo pag los primeros 56 dividendos, constituy ndose enó ó é mora a partir del dividendo 57 con vencimiento el d a 10 de octubre de 2019.í Refiere que la deuda consta en un t tulo ejecutivo, es l quida, actualmenteí í exigible y la acci n no se encuentra prescrita.ó Y previa cita de disposiciones legales, solicitan tener por interpuesta demanda ejecutiva y despachar mandamiento de ejecuci n y embargo en contra del ejecutadoó antes individu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Banco de Cr dito e Inversiones, representado por Jaimeé Gabriel Vel squez Navarro, deduce demanda ejecutiva en contra de Orlando Cristianá Abello Soto, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra,ó por la suma de UF799,4279, cuyo equivalente en moneda nacional es la suma de $22.436.223 al 10 de octubre de 2019, m s los intereses penales que se devenguen hastaá el d a del pago de todo lo adeudado; ordenando se siga adelante la ejecuci n hastaí ó hacerse entero y cumplido pago de todo lo debido, con expresa condenaci n en costas.ó Invoca como t tulo ejecutivo un mutuo hipotecario suscrito por la suma deí UF951,1800, en los t rminos se alados en lo expositivo de este fallo.é ñ SEGUNDO: Que el ejecutado opuso a la ejecuci n las excepciones de falta deó capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezca ení ó su nombre, contempladas en el numeral 2 del art culo 464 del C digo de Procedimientoí ó Civil. TERCERO: Que por su parte, la parte ejecutante evacu el traslado conferido,ó solicitando el rechazo de la excepci n opuesta, con costas.ó CUARTO: Que, la parte ejecutada alega que en autos no se encuentra acreditado que Eugenio Von Chrismar Carvajal sea efectivamente su representante legal ni tampoco que en dicha calidad se hubiere otorgado mandato judicial al abogado que comparece en nombre de dicho Banco, requisitos y acreditaci n deben concurrir aló momento de presentarse la demanda. QUINTO: Que al respecto, cabe tener presente que en el caso del Banco de Cr dito e Inversiones, se trata de una sociedad an nima, la cual es representada coné ó todas las facultades del art culo 7 del C digo de Procedimiento Civil por su Gerenteí ó General, de conformidad a lo establecido en el inciso segundo del art culo 49 de la Leyí N 18.046, don Eugenio Von Chrismar Carvajal, situaci n que reviste el car cter de° ó á hecho p blico y notorio por constar tal informaci n en la p gina web del Banco, asú ó á í como en diversos medios de comunicaci n de circulaci n nacional. ó ó Por otro lado, cabe consignar que en la escritura p blica Repertorio N 4.933-ú ° 2019 otorgada ante don Oscar Peluchonneau C diz, Notario P blico Suplente delá ú Titular de la Cuadrag sima Notar a de Santiago, de 4 de julio de 2019, se redujo aé í escritura p blica Sesi n de Directorio del Banco de Cr dito de Inversiones de 25 deú ó é junio de 2019, en la cual se encontraba presente el Gerente General de la sociedad ejecutante don Eugenio Von Chrismar Carvajal, y se confiri poder de representaci nó ó judicial al abogado patrocinante de la ejecutante don Jaime Gabriel Vel squez Navarro,á detentando el referido abogado suficiente poder para representar al banco ejecutante, y considerando adem s, que el ejecutado no aport prueba alguna orientada a desacreditará ó lo anterior, la excepci n habr de ser desestimada.ó á Y de conformidad, adem s, a lo dispuesto en los art culos 1545, 1698, del C digoá í ó Civil; 160, 1

Fallo

Por tanto, solicita tener por opuesta la excepci n a la ejecuci n, acogerla aó ó tramitaci n y rechazar la ejecuci n, con costas.ó ó Al folio 26, el ejecutante evacu el traslado conferido, se alando que consta enó ñ autos, que es el Directorio del Banco de Cr dito e Inversiones el que, en sesi n reducidaé ó a escritura p blica, otorga representaci n judicial a los abogados del ejecutante.ú ó Agrega que la representaci n judicial del actor fue acreditada en virtud de laó personer a acompa ada y que el tribunal tuvo presente, por lo que, si el ejecutado creeí ñ que estas no se encuentran vigentes y que fueron revocadas, deber probarlo coná documentos que as lo acrediten.í Por tanto, solicita tener por evacuado el traslado y rechazar la excepci n, conó costas. Al folio 27, se declar admisible la excepci n opuesta y se la recibi a prueba.ó ó ó Al folio 41, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Banco de Cr dito e Inversiones, representado por Jaimeé Gabriel Vel squez Navarro, deduce demanda ejecutiva en contra de Orlando Cristianá Abello Soto, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra,ó por la suma de UF799,4279, cuyo equivalente en moneda nacional es la suma de $22.436.223 al 10 de octubre de 2019, m s los intereses penales que se devenguen hastaá el d a del pago de todo lo adeudado; ordenando se siga adelante la ejecuci n hastaí ó hacerse entero y cumplido pago de todo lo debido, con expresa condenaci n en costas.ó I

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 8º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-12850-2020 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/ABELLOÉ Santiago, diecisiete de Febrero de dos mil veintid só VISTOS: Al folio 1, comparece Jaime Gabriel Vel squez Navarro, abogado, ená representaci n judicial de ó Banco de Cr dito e Inversionesé , sociedad an nimaó bancaria, del giro de su denominaci n, re

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