2º Juzgado Civil de Valparaíso

CARL SCHRÖTER GMBH & CO. KG/AGENCIAS UNIVERSALES S.A

Rol

C-40-2022

Fecha

17 de febrero de 2022

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: En folio 1, comparece Rafael San Mart n Meneses, abogado,í domiciliado calle Esmeralda 940, Oficina 104, en representaci nó convencional de la sociedad Carl Schr ter GMBH & Co. KG, sociedadö extranjera del giro de seguros, legalmente representada por Markus Willmann, gerente general, ambos domiciliados para estos efectos en Martinistra e 8-10, D-28195, Bremen, Alemania,ß y deduce demanda de designaci n de juez rbitro en contra de los propietarios y/o armadores deó á la motonave Mol Beyond, personas jur dicas extranjeras representadas,í conforme al art culo 922 del C digo de Comercio, por Agencias Universalesí ó S.A. (AGUNSA), representada legalmente, a su vez, por Enrico Giovanni Alesandro Martini Garc a, o quien le represente, subrogue o reemplace,í domiciliados en calle Urriola N 87, segundo piso, Valpara so.° í En folio 7 consta notificaci n de la acci n a la parte demandada.ó ó En folio 13, obra acta que da cuenta de haberse celebrado el comparendo de estilo, sin que se lograre llegar a un acuerdo que pusiere t rmino a la controversia planteada.é En folio 14, se cita a las partes a o r sentenciaí .

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en folio 1, comparece Rafael San Mart n Meneses,í abogado, en representaci n de la sociedad Carl Schr ter GMBH & Co.ó ö KG, legalmente representada por Markus Willmann, factor de comercio, y deduce demanda de designaci n de juez rbitro, en contra de losó á propietarios y/o armadores de la M/N Mol Beyond, representadas por Agencias Universales S.A. (AGUNSA), Rut N 96.566.940-K, representada° a su vez por Enrico Giovanni Alesandro Martini Garc a.í Se ala que en el mes de enero de 2020, los propietarios y/oñ armadores de la M/N Mol Beyond se obligaron a transportar por v aí mar tima, las siguientes mercanc as de los exportadores, que en cada caso seí í se alan:ñ a) Con Exportadora Prize S.A., para el transporte de 2.560 cajas de nectarines frescos que fueron consolidadas dentro de un contenedor tipo reefer o refrigerado N TRIU8923162, conforme al conocimiento de° embarque o Bill of Lading N MEDUCH442690, de fecha 08 de enero deº 2020; b) Con Lafrut Limitada, para el transporte de 7.500 cajas de ar ndanos frescos que fueron consolidadas dentro de un contenedor tipoá reefer o refrigerado N TEMU9530049, conforme al conocimiento de° embarque o Bill of Lading N MEDUCH437203, de fecha 08 de enero deº 2020; c) Con Comercial Greenvic S.A., para el transporte de 2.560 cajas de nectarines frescos que fueron consolidadas dentro de un contenedor tipo reefer o refrigerado N CXRU1433850, conforme a la gu a mar tima o ° í í Sea WayBill N MEDUCH462995, de fecha 24 de febrero de 2020;º d) Con Frutera San Fernando S.A., para el transporte de 3.680 cajas de cerezas frescas que fueron consolidadas dentro de un contenedor tipo reefer o refrigerado N SEGU9210706, conforme a la gu a mar tima o Sea° í í Waybill N MEDUCH488107, de fecha 19 de febrero de 2020;º e) Con Exportadora Curic Ltda., para el transporte de 3.664 cajasó de cerezas frescas que fueron consolidadas dentro de un contenedor tipo reefer o refrigerado N SZLU9274690, conforme a la gu a mar tima o ° í í Sea WayBill N MEDUCH418179, de fecha 08 de enero de 2020; y,º f) Con Frutera San Fernando S.A., para el transporte de 3.680 cajas de cerezas frescas que fueron consolidadas dentro de un contenedor tipo reefer o refrigerado N TTNU8734755, conforme a la gu a Mar tima o ° í í Sea WayBill Nº MEDUCH488115, de fecha 19 de febrero de 2020. El transporte de dichas mercanc a, conforme a los documentos deí transporte ya indicados, fue realizado a bordo de la M/N Mol Beyond (N mero de viaje: 947W), la que zarp desde el puerto de Valpara so,ú ó í Chile, con destino al puerto de Hong Kong, China. Sostiene que tales mercanc as fueron entregadas al transportadorí mar timo en perfectas condiciones, sin da os de ning n tipo ni faltantes,í ñ ú siendo estibadas en la referida nave, como dan cuenta los se aladosñ documentos, emitidos todos sin reserva u observaci n alguna. No obstante,ó las mercanc as arribaron a destino con da os de diversa naturaleza productoí ñ de un excesivo tiempo de tr nsito, a

Fallo

se declara: I. Que, HA LUGAR a la petici n de inicio deducida por Rafael Sanó Mart n Meneses en representaci n convencional de la sociedad Carlí ó Schr ter GMBH & Co. KG, y en contra de los propietarios y/o armadoresö de la M/N Mol Beyond, representada a su turno por Agencias Universales S.A y, en consecuencia, se designa a don RICARDO ABUAUAD DAGASH, domiciliado en Prat N 772, tercero piso, Valpara so, con° í especialidad en juicios mar timos seg n listado informado por la Iltma.í ú Corte de Apelaciones de Valpara so para el bienio 2021-2022, en calidad deí juez rbitro de derecho, a fin que conozca y resuelva la controversiaá planteada en el libelo de folio 1. II. Que, el se or juez rbitro tendr calidad de rbitro de derecho, yñ á á á deber cumplir su encargo dentro de dos a os desde la aceptaci n de suá ñ ó cargo. Notif quese al se or juez rbitro a los correos electr nicosí ñ á ó rabuauad@abuauad.cl y/o abuauad.ricardo@gmail.com, a fin que se le requiera la aceptaci n del cargo y prestaci n de juramento conforme a laó ó ley. Pract quese por el (la) ministro de fe del tribunal.í III. Que, cada parte soportar sus costas.á Notif quese a las partes y, en su oportunidad, arch vese.í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. Valparaiso, diecisiete de febrero de dos mil veintid s.ó SY mailto:abuauad.ricardo@gmail.com mailto:rabuauad@abuauad.cl Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en h

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FOJA: 11 .- NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-40-2021 CARATULADO : CARL SCHR TER GMBH & Co. KG/AGENCIASÖ UNIVERSALES S.A. MATERIA : DESIGNACI N DE JUEZ RBITRO.Ó Á Valpara so, diecisiete de febrero de dos mil veintid s.í ó VISTO: En folio 1, comparece Rafael San Mart n Meneses, abogado,í domiciliado calle Esmeralda 940, Oficina 104, en repre

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