MAY/SOLUCIONES CREDITICIAS CMR FALABELLA LTDA
Rol
C-7842-2021
Fecha
17 de febrero de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 22 de septiembre de 2021, comparece Erwin Sapiain Gallano, abogado, domiciliado en calle Agustinas Nº 1.022, oficina 215, Santiago, en representación de don Alberto Ricardo May López, empleado, domiciliado en callen Angel Pino Nº 3412, Ñuñoa, y expone: que viene en deducir demanda de declaración de prescripción en juicio ordinario de menor cuantía, en contra de Soluciones Crediticias CMR Falabella Limitada, sociedad del giro de su denominación, representada por don Sergio Muñoz Gómez, ignora profesión u oficio, todos domiciliados para estos efectos en Paseo Ahumada Nº 179, piso 6 Santiago. Fundamenta su demanda señalando que su representado suscribió con fecha 16 de abril de 2009, un pagaré en cual se obligó a pagar a la demandada, la suma de $6.561.133.- mediante 24 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de $344.541.-, con vencimiento la primera de ellas el 5 de junio de 2009. Agrega que con fecha 12 de mayo de 2009 y ante el Notario Enrique Tornero, la demandada obrando en nombre y representación de su representado, suscribió escritura pública de prenda sin desplazamiento a fin de garantizar la obligación constituida en el pagaré citado, constituyendo prenda sin desplazamiento sobre el vehículo placa patente VL0277-8, consistente en una motocicleta marca Triumph, modelo Street triple R, año 2009. En la misma escritura pública citada, el deudor constituyó prohibición de gravar, enajenar y arrendar la especia dada en prenda, sin enajenar y arrendar la especie dada en prenda, sin el consentimiento de Soluciones Crediticias CMR Falabella Limitada. Además, dice que cualquier acción cambiaria emanada del referido pagaré o inclusive de la escritura de prenda sin desplazamiento citada, entiéndase ejecutiva u ordinaria se encuentra irremediablemente prescrita, por cuanto, el vencimiento de la última de las cuotas pactadas en el pagaré vencía en el mes de C-7842-2021 5 de junio de 2011, o sea, a todas luces cualquier acción se encuentra extinta por prescri
Fallo
SE DECLARA: A) Que ha lugar a la demanda de fecha 22 de septiembre de 2021, declarándose prescritas las acciones cambiarias y prendarias para el cobro de las obligaciones emanadas del pagaré de autos, suscrito por el C-7842-2021 demandante a favor de la demandada Soluciones Crediticias CMR Falabella Limitada por la suma de $6.561.133.- B) Prescritas las acciones del Banco Banco Santander Chile, para obtener el cumplimiento de las obligaciones garantizadas con la prenda y prohibición de enajenar que gravan el MINIBUS, marca KIA MOTORS, año de fabricación 2006, color GRIS, modelo BESTA II 3.0, Motor Nº JT549801, Chasis Nº KNHTS732257194196, Placa Patente YZ.7457-1 de propiedad del actor, C) Que, consecuencialmente, deberá alzarse la prenda y cancelarse la prohibición de enajenar, ambas inscritas en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, sobre el vehículo placa patente NºVL0277-8, consistente en una motocicleta marca Triumph, modelo Street triple R, año 2009 D) Que no se condena a la demandada al pago de las costas de la causa, por no existir oposición. Regístrese y archívense los autos, en su oportunidad. DICTADA POR DOÑA LILIAN LIZANA TAPIA, JUEZA SUBROGANTE. AUTORIZA DON MARIO LUIS ROJAS GALLEGUILLOS, SECRETARIO SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecisiete de Febrero de dos mil veintid só C-7842-2021 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en
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C-7842-2021 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7842-2021 CARATULADO : MAY/SOLUCIONES CREDITICIAS CMR FALABELLA LTDA Santiago, diecisiete de Febrero de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 22 de septiembre de 2021, comparece Erwin Sapiain Gallano, abogado, domiciliado en calle Agustinas Nº 1.022, oficina 215, Santiago, en representac
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