1º Juzgado de Letras de Vallenar

MONTECINOS/

Rol

V-587-2021

Fecha

17 de febrero de 2022

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don CARLOS ILIER MONTECINOS SILVA, chileno, casado y separado de bienes, contador auditor, cédula de identidad Nº 9.504.975-3, domiciliado en Avenida Juan Antonio Ríos n° 75, comuna de Coquimbo, solicitando se declare el extravío del documento que indica. Funda su petición en que es dueño del Depósito a plazo renovable no reajustable, operación 00.002.899.438, emitido por el Banco Estado, Sucursal Vallenar, de fecha 12 de agosto de 2009, por la suma inicial de $ 2.700.000 (dos millones setecientos mil pesos) una tasa base y tasa periodo de 0,00 %, con vencimiento al 09 de agosto de 2020 que se renovó, el cual le fue sustraído en robo en lugar habitado ocurrido. Que previas citas legales, solicita se declare el extravió del documento ya individualizado y con su mérito se le autorice para requerir la emisión de otro similar a la entidad del giro bancario del Banco Estado, Sucursal de Vallenar. Acompaña a su solicitud, Copia de comprobante de depósito a plazo renovable no reajustable, del Banco Estado, donde constan los datos del depósito a plazo extraviado que se encuentra vigente y pendiente de cobro y Copia de comprobante de ingreso de solicitud al Ministerio Público, dando cuenta del robo en lugar habitado y de la sustracción del citado depósito a plazo. A folio 6 rola notificación a don Juan Andrés Zepeda Carmona, jefe atención al cliente, Sucursal de Vallenar, en representación del Banco Estado. A folio 8, se tuvo por acompañada publicación de extravío Depósito a plazo no reajustable, operación 00.002.899.438, emitido con fecha 12 de agosto de 2009, por la suma de $ 2.700.000 (dos millones setecientos mil pesos) una tasa base y tasa periodo de 0,00 %, con vencimiento al 09 de agosto de 2020 que se renovó, publicación realizada en el Diario Oficial de fecha 15 de enero de 2022. A folio 9, rola certificación al tenor de los dispuesto en los artículos 89 y 90 de la Ley N° 18.092. Con fecha dieciséis de febrero de los corrientes se trajeron l

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don CARLOS ILIER MONTECINOS SILVA, solicita se declare el extravío del documento que indica, a saber, Depósito a plazo renovable no reajustable, operación 00.002.899.438, emitido con fecha 12 de agosto de 2009, por la suma inicial de $ 2.700.000 (dos millones setecientos mil pesos) una tasa base y tasa periodo de 0,00 %, con vencimiento al 09 de agosto de 2020 que se renovó, documento que le fue sustraído. SEGUNDO: Que, habiendo sido válidamente emplazado el representante del Banco Estado, sucursal Vallenar y habiéndose efectuado la publicación legal en el Diario Oficial, no se plantearon oposiciones a la gestión de autos por el banco o terceros interesados, según certificación de folio 8. Y visto además lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, Ley Nº 18.092,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que el depósito a plazo renovable no reajustable, operación 00.002.899.438, emitido con fecha 12 de agosto de 2009, por la suma inicial de $2.700.000 (dos millones setecientos mil pesos) una tasa base y tasa periodo de 0,00 %, con vencimiento al 09 de agosto de 2020 que se renovó, emitido por el Banco Estado, sucursal de Vallenar, tomado a la orden de don CARLOS ILIER MONTECINOS SILVA, se encuentra extraviado. II.- Que se autoriza a don Carlos Ilier Montecinos Silva a ejercer los derechos que como dueño y portador del documento original le corresponde. III.- Dese copia autorizada de esta sentencia al requirente. Anótese y Notifíquese. ROL: V-587-2021.- Dictada por doña María Catalina López Werner, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras de Vallenar. En Vallenar, a diecisiete de febrero de dos mil veintidós, anoté por el estado diario la sentencia que antecede. (GF./.) Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vallenar, diecisiete de Febrero de dos mil veintidós. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-02-17T09:27:31-0300

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSA ROL : V-587-2021 CARATULADO : MONTECINOS/ Vallenar, diecisiete de Febrero de dos mil veintidós VISTOS: Comparece don CARLOS ILIER MONTECINOS SILVA, chileno, casado y separado de bienes, contador auditor, cédula de identidad Nº 9.504.975-3, domiciliado en Avenida Juan Antonio Ríos n° 75, c

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