18º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK-CHILE S.A./AGUILAR

Rol

C-33500-2019

Fecha

16 de febrero de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Don Daniel Ocampo Miño, abogado, mandatario judicial de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, cuyo gerente general es don Francisco Javier Sardón de Taboada, abogado, todos domiciliados Morandé N° 226, Comuna de Santiago, deduce demanda ejecutiva en contra de doña Daniela Andrea Aguilar Araya, ignora profesión u oficio, domiciliada en Julio Prado Nº 2.075, departamento N°705, comuna de Ñuñoa. Funda la demanda en que su representada es dueña y legitima tenedora de los siguientes pagarés: 1. Pagaré Nº 050403210100005129 suscrito con fecha 7 de octubre de 2019, por la suma de $30.625.- por concepto de capital, pagadero a la vista o a su sola presentación, cuya suscripción, monto y demás estipulaciones provienen de los términos de un contrato cliente Banca Personas suscrito por la ejecutada. Indica que el capital devengaba a contar de la fecha de suscripción del pagaré, a una tasa igual a la máxima convencional fijada mensualmente por la autoridad a la fecha de la suscripción de este pagaré, a menos que la que rija hasta el pago sea superior, en cuyo caso se cobrará esta última. Señala que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 18.092, el referido pagaré es presentado a cobro, el que no fue pagado, adeudándose por concepto de capital, la suma de $30.625.- más intereses pactados. 2. Pagaré N° 0504-0302-9600072748, suscrito con fecha 12 de abril de 2018, por la suma de $6.007.717.- por concepto de capital, y la suma de $6.463.355.- por concepto de intereses, ambas sumas pagaderas en 84 cuotas mensuales y sucesivas por las sumas de $148.466.- cada una de ellas, con C-33500-2019 Foja: 1 excepción de la última por la suma de $148.394 y cuyo primer vencimiento se fijó para el día 5 de junio de 2018. Manifiesta que el capital devengaba intereses a tasa del 1,927% mensual, los cuales se encuentran incorporados en los montos de las cuotas antes indicadas. Expone que se estipuló que el no pago íntegro y oportuno de una o más cuotas de capi

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Que don Daniel Ocampo Miño, abogado, mandatario judicial de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, cuyo gerente general es don Francisco Javier Sardón de Taboada, abogado, todos domiciliados Morandé N° 226, Comuna de Santiago, deduce demanda ejecutiva en contra de doña Daniela Andrea Aguilar Araya, ignora profesión u oficio, domiciliada en Julio Prado Nº 2.075, departamento N°705, comuna de Ñuñoa, conforme a los fundamentos de hecho y derecho señalados en la expositiva de la presente sentencia, solicitando en definitiva, se despache mandamiento de ejecución y embargo por la cantidad de $5.180.097.-, suma a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representada, todo ello en costas. 2º) Que el ejecutado opuso las excepciones de los numerales 14 y 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, conforme a los fundamentos expuestos precedentemente. 3°) Que, respecto de la excepción contemplada en el numeral 14 del cuerpo legal citado, en el documento acompañado a folio 3, no objetado, se otorgó por el “cliente”, ejecutado en autos, con el objeto de facilitar el cobro de las cantidades que llegare a adeudar en virtud de dicho contrato, mandato especial e irrevocable a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Chile –hoy Scotiabank Chile- para que por intermedio de las personas que designe, entre otros, suscriba pagarés en beneficio de dicha entidad. Que por el razonamiento antes consignado, la excecpión de nulidad de la obligación será desestimada por carecer de fundamento. 4°) Que, en cuanto a la excepción del numeral 7 del código de enjuiciamiento civil, el ejecutado la ha hecho consistir bajo los mismo presupuestos de la excepción de nulidad que impetrara, acá cabe hacer presente que, el argumento del ejecutado se dirige a cuestionar aspectos que dicen relación con la existencia y términos del mandato en cuya virtud se procedió a complementar o suscribir los pagarés materia de la ejecución y el cumplimiento de las obligaciones que de dicho contrato derivarían, lo que en ningún caso dice relación con la falta de ejecutoriedad de los títulos fundantes, los que presentan todas las condiciones y requisitos que exige la ley para gozar de mérito ejecutivo, por lo que la excepción en comento será rechazada, según se dirá.

Fallo

Se declararon admisibles las excepciones y se recibieron a prueba. Se citó a las partes a oír sentencia. C-33500-2019 Foja: 1 CONSIDERANDO: 1°) Que don Daniel Ocampo Miño, abogado, mandatario judicial de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, cuyo gerente general es don Francisco Javier Sardón de Taboada, abogado, todos domiciliados Morandé N° 226, Comuna de Santiago, deduce demanda ejecutiva en contra de doña Daniela Andrea Aguilar Araya, ignora profesión u oficio, domiciliada en Julio Prado Nº 2.075, departamento N°705, comuna de Ñuñoa, conforme a los fundamentos de hecho y derecho señalados en la expositiva de la presente sentencia, solicitando en definitiva, se despache mandamiento de ejecución y embargo por la cantidad de $5.180.097.-, suma a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representada, todo ello en costas. 2º) Que el ejecutado opuso las excepciones de los numerales 14 y 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, conforme a los fundamentos expuestos precedentemente. 3°) Que, respecto de la excepción contemplada en el numeral 14 del cuerpo legal citado, en el documento acompañado a folio 3, no objetado, se otorgó por el “cliente”, ejecutado en autos, con el objeto de facilitar el cobro de las cantidades que llegare a adeudar en virtud de dicho contrato, mandato especial e irrevocable a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Chile –hoy Scotiabank Chile- p

Texto Completo (Preview)

C-33500-2019 Foja: 1 FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-33500-2019 CARATULADO : SCOTIABANK-CHILE S.A./AGUILAR Santiago, diecis is de Febrero de dos mil veintid sé ó VISTOS: Don Daniel Ocampo Miño, abogado, mandatario judicial de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, cuyo gerente general es don Francisco Javier Sardón de Taboa

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