2º Juzgado Civil de Talcahuano

DESARROLLO INMOBILIARIO MIRO SPA/CORDERO

Rol

C-596-2020

Fecha

16 de febrero de 2022

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1 compare do a ñ CAROLINA RUIZ GARC AÍ , Rut N 15.169.987-1 abogada, con domicilio para estos efectos en calle Jaime° Repullo 2047, Talcahuano, en representaci n de ó DESARROLLO INMOBILIARIO MIRO SPA, Rut N 76.186.067-4, sociedad del giro de° su denominaci n, representada legalmente por don ó Cristian Alejandro Mu oz Yaegerñ , ambos con domicilio en calle Jaime Repullo n 2047,° Talcahuano, quien interpuso demanda de precario en contra de JULIO ESTEBAN V SQUEZ CHANDIA, Á Rut N 15.452.591-2 y ° SACHA EUGENIO CORDERO CHANDIA, Rut N 17.904.713-6, de quienes° ignora profesi n u oficio, ambas domiciliadas en el inmueble de propiedadó de mi representada ubicado en calle La Vega N 597, Dpto. 102, edificio° Alerce, comuna de Talcahuano. Para fundar su acci n, se al que su representado, es due a yó ñ ó ñ poseedora legal del inmueble correspondiente a departamento 102 ubicado en calle la Vega N 597 comuna de Talcahuano, que corresponde al sitio° N 4 de la subdivisi n de la Parcela Agr cola N 6, Poblaci n Santa° ó í ° ó Leonor, el cual fue adquirido por su representado, por tradici n que le hizoó el Fondo de Inversi n Privado Mir , representado por la sociedadó ó Administradora de Fondos de Inversi n Mir S.A., sirviendo de t tuloó ó í traslaticio de dominio la compraventa otorgada por escritura p blica deú fecha 28 de diciembre del a o 2011, en la notar a de Concepci n de donñ í ó Mario Patricio Aburto Contardo, t tulo que se encuentra inscrito a fojas 339í n mero 237 en el Registro de Propiedad del a o 2012, del Conservador deú ñ Bienes Ra ces de Talcahuano. En el referido inmueble (calle La vegaí Foja: 1 N 597), se construy un Condominio Tipo A denominado CONDOMINIO° ó PARQUE SANTA LEONOR, el que se encuentra compuestos doscientos ochenta y ocho unidades distribuidas en cuatro Edificios de cinco pisos y cuatro Edificios de 4 pisos, de departamentos de destino habitacional, acogidos al R gimen de Copropiedad inmobiliaria regulado por la Leyé 19.537 y acogidos a

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 compareci ó Carolina Ruiz Garc aí , abogada, en representaci n ó Desarrollo Inmobiliario Mir SpAó , representada legalmente por don Cristian Alejandro Mu oz Yaeger, quienñ interpuso demanda de precario en contra de Julio Esteban V squezá Chandia y Sacha Eugenio Cordero Chandia, todos debidamente individualizados, en virtud de lo resumido en la parte expositiva de este fallo. SEGUNDO: Que en folio 18, compareci don Iv n P rez Contreras,ó á é abogado, en representaci n de don Julio Esteban V squez Chandia, quienó á en forma verbal contesta la demanda de autos, solicitando su total rechazo, por lo comprendido en la parte expositiva de este fallo. Que, sin perjuicio de lo anterior, y pese haber sido legalmente notificado el demandando Sacha Eugenio Cordero Chandia, ste noé compareci en ninguna instancia del proceso, por lo que ha de entenderseó que contraviene todos los t rminos de la demanda.é TERCERO: Que, para acreditar sus asertos la parte demandante rindi la siguiente prueba:ó Documental. a).- Certificado de dominio vigente, emitido con fecha 24 de julio de 2019, por el Conservador Respectivo, respecto del inmueble ubicado en la comuna de Talcahuano, calle La Vega N 597 de la Poblaci n Santa° ó Leonor, el cual figura inscrito a nombre de Desarrollo Inmobiliario Miró SpA, a fojas 339, bajo el n mero 237 del Registro de Propiedad delú Conservador de Bienes Ra ces de Talcahuano del a o 2012. í ñ Foja: 1 b).- Inscripci n de dominio de fojas 339, n mero 227 del a o 2012, aó ú ñ nombre de Desarrollo Inmobiliario SpA. c).-Certificado de Aval o Fiscal, correspondiente al segundo semestreú de 2019, emitido por el Servicio de Impuesto Internos, con fecha 23 de julio de 201, referente al inmueble de la comuna de Talcahuano, de direcci n Laó Vega N 597, 102 Edificio, Alerce, de destino habitacional, Rol 3658-178.° d).- Certificado de vigencia emitido por el Conservador pertinente, respecto del inmueble ubicado en la comuna de Talcahuano, departamento N 102, unidad 178 del Edificio Alerce, Condominio Parque Santa Leonor,° inscrito a fojas 339, n mero 237 del Registro de Propiedad del Conservadorú de Bienes Ra ces de Talcahuano del a o 2012.í ñ Testimonial A folio 25 rola acta de audiencia testimonial con las declaraciones de los testigos, quienes legalmente juramentados e interrogados al tenor del auto de prueba de folio 17, y no tachados, declaran: En primer lugar, declara Roberto Ernesto Riquelme C rdenasá , quien en t rmino generales se ala que conoce a la demandante hace 10 a osé ñ ñ aproximadamente, por motivos laborales, y a los demandados solo de nombre. Agrega que sabe y le consta, ya que ha visto planos y documentos, escrituras, que el demandante es el due o del inmueble de autos, porqueñ ellos construyeron el proyecto. Indica que este departamento y estacionamiento, hasta el d a de hoy est n a la venta, pero debido a laí á ocupaci n de los demandados sin contrato alguno y sin saber por laó demandante quiene

Fallo

Por tanto, previas citas legales, pidi tener por interpuesta demandaó de precario en contra de Julio Esteban V squez Chandia, y en contra deá don Sacha Eugenio Cordero Chandia, acogerla a tramitaci n y, enó definitiva, condenarlas a conden ndolos a la restituci n de la propiedad yaá ó individualizada dentro de tercero d a de ejecutoriada la sentencia en elí plazo que US. determine, bajo apercibimiento de ser sus ocupantes lanzados con auxilio de la fuerza p blica, con costas.ú A folio 4, se dio curso a la demanda y se cit a la audienciaó respectiva. A folio 11 y 12 constan las notificaciones de las demandadas, practicadas por ministro de fe, en virtud, de lo dispuesto en el art culo 44í del C digo de Procedimiento Civil.ó A folio 18 se llev a cabo la audiencia de contestaci n y conciliaci nó ó ó con la asistencia de la parte demandante debidamente representada, y por don Julio Esteban V squez Chandia el abogado don Iv n P rez Contreras,á á é y en rebeld a de don Sacha Eugenio Cordero Chandia.í En la referida audiencia, la demandante ratific su libelo y laó demandada contest , el mismo acto y en forma verbal, la demandaó deducida en su contra, en los siguientes t rminos: Esgrime, queé efectivamente su representado ocupa el inmueble, pero no en base a la mera tolerancia y/o ignorancia del demandante, sino en base a un contrato de comodato, del cual este ltimo tom conocimiento al vender el inmueble aú ó un tercero. Agrega, que la ocupaci n del demandado ha sido ininterrumpidaó

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : C-596-2020 CARATULADO : DESARROLLO INMOBILIARIO MIRO SPA/CORDERO Talcahuano, diecis is de Febrero de dos mil veintid s.é ó VISTO: A folio 1 compare do a ñ CAROLINA RUIZ GARC AÍ , Rut N 15.169.987-1 abogada, con domicilio para estos efectos en calle Jaime° Repullo 2047, Talcahuano, en representaci n de ó DE

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