FUENTES CORTES HECTOR ALFONSO DEL CARMEN
Rol
V-23-2020
Fecha
16 de febrero de 2022
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, don HECTOR ALFONSO FUENTES CORTES, cédula nacional de identidad 10.110.917-8, chileno, soltero, minero, domiciliado en calle Prat N° 8, Comuna y Provincia de Petorca, presentó con fecha 30 de Enero de 2020, a las doce horas con cincuenta minutos y cincuenta y nueve segundos, solicitud de manifestación minera denominada “KATITA 1 AL 16”, en la cual solicita se le constituya a su favor la concesión de explotación ya referida y que se le concedan dieciséis (16) pertenencias mineras de cinco (5) hectáreas cada una, la que se ordenó inscribir y publicar mediante resolución de fecha 31 de Enero del 2020. SEGUNDO: Que dicha manifestación minera se inscribió el día 07 de Febrero 2020, a fojas 48 vuelta N° 25 del Registro de Descubrimientos de Minas del Conservador de Petorca año 2020. TERCERO: Que la referida solicitud de manifestación minera se publicó el día Lunes 24 de Febrero de 2020, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que con fecha 23 de Diciembre de 2020, se dictó sentencia en causas Rol C-142-2020 y Rol C-143-2020, sobre oposición a la mensura minera entablada por don Carlos Koch Salazar, en representación de Compañía Minera Contractual Minera Los Andes, en contra de don Héctor Alfonso Fuentes Cortes, decretándose en el acápite primero de la parte resolutiva de dicha sentencia que; existiendo colisión o superposición parcial de las concesiones mineras, se declara que el demandante tiene derecho preferente para mensurar sus pertenencias en la forma indicada en la respectiva solicitud, y el demandado Héctor Alfonso Fuentes Cortes, podrá mensurar sus pertenencias en cuanto no afecte el derecho preferente del actor. Por tanto, conforme a lo dispuesto en el artículo 84 del Código de Minería. SE DECLARA: I.- La caducidad de los derechos emanados de la manifestación de las pertenencias singularizadas en la motivación primera. II.- Cancélese la inscripción de fojas 48 vuelta N° 25, del Registro de Descubrimientos de Minas
Fallo
FALLO : 21 DE ENERO DE 2022. Petorca, dieciséis de Febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, don HECTOR ALFONSO FUENTES CORTES, cédula nacional de identidad 10.110.917-8, chileno, soltero, minero, domiciliado en calle Prat N° 8, Comuna y Provincia de Petorca, presentó con fecha 30 de Enero de 2020, a las doce horas con cincuenta minutos y cincuenta y nueve segundos, solicitud de manifestación minera denominada “KATITA 1 AL 16”, en la cual solicita se le constituya a su favor la concesión de explotación ya referida y que se le concedan dieciséis (16) pertenencias mineras de cinco (5) hectáreas cada una, la que se ordenó inscribir y publicar mediante resolución de fecha 31 de Enero del 2020. SEGUNDO: Que dicha manifestación minera se inscribió el día 07 de Febrero 2020, a fojas 48 vuelta N° 25 del Registro de Descubrimientos de Minas del Conservador de Petorca año 2020. TERCERO: Que la referida solicitud de manifestación minera se publicó el día Lunes 24 de Febrero de 2020, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que con fecha 23 de Diciembre de 2020, se dictó sentencia en causas Rol C-142-2020 y Rol C-143-2020, sobre oposición a la mensura minera entablada por don Carlos Koch Salazar, en representación de Compañía Minera Contractual Minera Los Andes, en contra de don Héctor Alfonso Fuentes Cortes, decretándose en el acápite primero de la parte resolutiva de dicha sentencia que; existiendo colisión o superposición parcial de las concesiones
Texto Completo (Preview)
FOJA: 17 .- .- SENTENCIA DE CADUCIDAD COMPETENCIA : CIVIL. NEGOCIO : VOLUNTARIO. MATERIA : MANIFESTACIÓN MINERA. NOMBRE : "KATITA 1 AL 16” SOLICITANTE : HECTOR ALFONSO FUENTES CORTES ROL : V-23-2020. CÓDIGO : M-01M. FECHA INICIO : 30 DE ENERO DE 2020. FECHA PARA FALLO : 21 DE ENERO DE 2022. Petorca, dieciséis de Febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, don HECTOR A
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