1º Juzgado Civil de San Miguel

TORRETTI/RODRÍGUEZ

Rol

C-3184-2021

Fecha

15 de febrero de 2022

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece doña Margarita del Carmen Aguilera Contreras, abogada, domiciliada en calle Séptima Avenida N°1330, departamento 1303, comuna de San Miguel, en representación de doña Magdalena Torretti Armendariz, administradora de empresas, domiciliada en Avenida Santa María N°7.470, comuna de Vitacura, quien interpone demanda en juicio de partición en contra de doña Margarita Del Carmen Rodríguez Recabal, pensionada, domiciliada en calle Zeus N°9.385, Villa Los Peumos, comuna de La Florida, a efectos que se proceda a la ordenar su citación a una audiencia -señalando día y hora para al efecto- a fin de acordar el nombramiento de un árbitro partidor o a falta de acuerdo, proceda a nombrarlo el Tribunal. Expone que la demandada y su representada son dueñas de la propiedad ubicada en Pasaje M N°0753, que corresponde al lote rol número 225, lote 3, manzana 12, Población “II”, de la comuna de La Granja, Rol de Avalúo Fiscal N°5.481-3 y que, según sus títulos, deslinda: Al Norte, con Pasaje M; Al Sur, con lote número 15; Al Oriente, con lote número 4; y Al Poniente, con lote número 2, en adelante indistintamente el “Inmueble”, sin perjuicio de ello es la voluntad de su representada es no permanecer en la indivisión, por lo que se hace necesario el nombramiento de un árbitro que efectúe la partición del inmueble individualizado. Fundamenta la solicitud en mérito de lo expuesto, disposiciones legales citadas, lo dispuesto en los arts. 1.317 y siguientes y el inciso final del art. 1.325 del Código de Bello, arts. 148 y 227 N°2 del Código Orgánico de Tribunales y art. 646 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y otras aplicables a la especie. Con fecha 2 de noviembre de 2021, consta la notificación de la demanda. Con fecha 2 de diciembre de 2021, se llevó a cabo la audiencia de estilo, a la que con la asistencia de la apoderada de la parte demandante y el apoderado de la parte demandada. Con fecha 17 de diciembre de 2021, se citó a oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: C-3184-2021 Foja: 1 PRIMERO: Que doña Margarita del Carmen Aguilera Contreras, abogada, en representación de doña Magdalena Torretti Armendariz, presentó demanda en juicio de nombramiento de juez árbitro en contra de doña Margarita del Carmen Rodríguez Recabal, por los fundamentos de hecho y derecho que expone. SEGUNDO: Que la gestión judicial de nombramiento de árbitro, constituye una gestión previa y preparatoria, con miras al juicio arbitral, por lo que constituye un acto de jurisdicción contenciosa, que requiere pronunciamiento del Tribunal. TERCERO: Que el artículo 1317 del Código Civil, dispone que ninguno de los coasignatarios de una cosa universal o singular será obligado a permanecer en la indivisión. CUARTO: Que con el mérito de los documentos acompañados por la parte demandante, se desprende que esta última es comunera conjuntamente con la demandada respecto del inmueble ubicado en Pasaje M N°0753, que corresponde al lote rol número 225, lote 3, manzana 12, Población “II”, de la comuna de La Granja, Rol de Avalúo Fiscal N°5.481-3 y que, según sus títulos, deslinda: Al Norte, con Pasaje M; Al Sur, con lote número 15; Al Oriente, con lote número 4; y Al Poniente, con lote número 2. QUINTO: Que al no mediar acuerdo entre las partes para la designación de Juez Partidor, corresponde a este Tribunal proceder a su nombramiento por concurrir los presupuestos legales, por lo que se acogerá lo solicitado. Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 227 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, 414, 416, y 646 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

en mérito de lo expuesto, disposiciones legales citadas, lo dispuesto en los arts. 1.317 y siguientes y el inciso final del art. 1.325 del Código de Bello, arts. 148 y 227 N°2 del Código Orgánico de Tribunales y art. 646 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y otras aplicables a la especie. Con fecha 2 de noviembre de 2021, consta la notificación de la demanda. Con fecha 2 de diciembre de 2021, se llevó a cabo la audiencia de estilo, a la que con la asistencia de la apoderada de la parte demandante y el apoderado de la parte demandada. Con fecha 17 de diciembre de 2021, se citó a oír sentencia. CONSIDERANDO: C-3184-2021 Foja: 1 PRIMERO: Que doña Margarita del Carmen Aguilera Contreras, abogada, en representación de doña Magdalena Torretti Armendariz, presentó demanda en juicio de nombramiento de juez árbitro en contra de doña Margarita del Carmen Rodríguez Recabal, por los fundamentos de hecho y derecho que expone. SEGUNDO: Que la gestión judicial de nombramiento de árbitro, constituye una gestión previa y preparatoria, con miras al juicio arbitral, por lo que constituye un acto de jurisdicción contenciosa, que requiere pronunciamiento del Tribunal. TERCERO: Que el artículo 1317 del Código Civil, dispone que ninguno de los coasignatarios de una cosa universal o singular será obligado a permanecer en la indivisión. CUARTO: Que con el mérito de los documentos acompañados por la parte demandante, se desprende que esta última es comunera conjuntamente con la dema

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C-3184-2021 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-3184-2021 CARATULADO : TORRETTI/RODR GUEZÍ San Miguel, quince de Febrero de dos mil veintid só VISTOS: Comparece doña Margarita del Carmen Aguilera Contreras, abogada, domiciliada en calle Séptima Avenida N°1330, departamento 1303, comuna de San Miguel, en representación de doñ

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