29º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CHILE/ORTIGOSA

Rol

C-18254-2019

Fecha

15 de febrero de 2022

Materia

DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Roberto Grant del Río, abogado, con domicilio en calle Morandé N° 322, oficina 502, Santiago, en representación de Banco de Chile, cuyo gerente general es Eduardo Ebensperger Orrego, domiciliados en calle Ahumada N° 251, Santiago, interpone demanda de desposeimiento en contra de Inversiones Oriba Limitada, del giro de su denominación, representada por Mónica Leonor Ibarra Stech y Andrea Sofía Ortigosa Ibarra, domiciliadas en García Moreno N° 1609, Ñuñoa. Expone que por sentencia ejecutoriada de fecha 12 de mayo de 2015, dictada en los autos ejecutivos causa Rol C-6884-2014, este Tribunal dictó sentencia favorable al Banco que representa, rechazando las excepciones opuestas por la sociedad deudora y ordenando continuar con la ejecución hasta hacer entero y cumplido pago de su acreencia, más los intereses pactados. Añade que mediante escritura pública de fecha 10 de febrero de 2011, el Banco de Chile dio un préstamo a Comercial Ediciones Gráficas y Compañía Limitada, como consta en las cláusulas segunda y siguientes, por la cantidad de 5.900 UF, que la parte deudora recibió a su entera satisfacción y conformidad. La obligación rige desde el día primero del mes siguiente al de la fecha del contrato. La parte deudora se obligó a pagar la expresada cantidad en 96 meses, a contar del día 1 del quinto mes siguiente al de la fecha de la escritura, por medio de igual número de dividendos mensuales vencidos y sucesivos. Dichos dividendos comprenderían la amortización y los intereses. La tasa de interés real, anual y vencida es de 4,9% anual, que se devengarían desde el día en que rige esta obligación. El dividendo mensual que corresponda pagar considerará el interés devengado y, además, el correspondiente monto de amortización, todo lo cual se RIT« » Foja: 1 encuentra establecido en el desarrollo de la deuda elaborado para todo el periodo, facultando el deudor al Banco para reducir a escritura pública o para protocolizar dicho desarrollo, si este último lo estima n

Fundamentos

CONSIDERANDO: RIT« » Foja: 1 PRIMERO: Que la parte demandante rindió la siguiente prueba instrumental: 1. Copia de sentencia de fecha 12 de mayo de 2015, seguida ante este 29° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-6884-2014. Consta que se rechazaron las excepciones opuestas y se ordenó seguir adelante con la ejecución contra la sociedad Ediciones Gráficas y Compañía Limitada y Carlos Ortigosa Amigo, hasta hacer entero y cumplido pago a la actora, el Banco de Chile. 2. Copia de mandamiento de fecha 7 de mayo de 2014, en causa seguida ante este 29° Juzgado Civil de Santiago, Rol C-6884-2014, por la suma de 4.647,3227 UF a favor del Banco de Chile. 3. Copia de escritura pública de fecha 10 de febrero de 2011, sobre mutuo hipotecario celebrado entre Comercial Ediciones Gráficas y Compañía Limitada y el Banco de Chile. En la cláusula primera se deja constancia que la citada sociedad es dueña de la propiedad ubicada en calle Lord Cochrane N° 1615, casas 4 y 5, Santiago y, además, de la propiedad ubicada en calle Lord Cochrane N° 1617 y 1619, Santiago. Luego se indica que el Banco entrega en mutuo la cantidad de 5.900 UF, que la parte deudora se obliga a pagar en el plazo de 96 meses, a contar del día 1 del quinto mes siguiente al de la fecha de la escritura, por medio de igual número de dividendos mensuales vencidos y sucesivos. Se da cuenta también que las propiedades se encuentran gravadas con cláusula de garantía general por la Sociedad Comercial Ediciones Gráficas y Compañía Limitada a favor del Banco de Chile, con objeto de garantizar toda clase de obligaciones que el deudor adeude o adeudare al Banco en el futuro. 4. Copia con vigencia al 26 de noviembre de 2021 emitida por el sr. Conservador de Bienes Raíces de Santiago, respecto de la inscripción de fojas 6385 número 9632 del Registro de Propiedad del año 2014. Se indica que la sociedad Inversiones Oriba Limitada es dueña de la propiedad ubicada en calle Lord Cochrane N° 1617 y 1619, Santiago. La adquirió por compra a la sociedad Comercial Ediciones Graficas y Compañía Limitada, según escritura de fecha 15 de enero de 2014. 5. Copia con vigencia al 1 de diciembre de 2021 emitida por el sr. Conservador de Bienes Raíces de Santiago, respecto de la inscripción de fojas 8063 número 12092 del Registro de Propiedad del año 2014. Se indica que la sociedad Inversiones Oriba Limitada es dueña de la propiedad ubicada en calle Lord Cochrane N° 1615, casas 4 y 5, Santiago. La adquirió por compra a la RIT« » Foja: 1 sociedad Comercial Ediciones Graficas y Compañía Limitada, según escritura de fecha 15 de enero de 2014. 6. Copia de certificado de hipotecas, gravámenes, interdicciones y prohibiciones de enajenar del inmueble inscrito a fojas 6385 número 9632 del Registro de Propiedad del año 2014, que corresponde a calle Lord Cochrane N° 1617 y 1619, Santiago, de propiedad de Inversiones Oriba Limitada. Figura una hipoteca a fojas 5943 número 6923 del año 2010 para garantizar un préstamo por 2397 U

Fallo

Por tanto, los instrumentos públicos acompañados hacen plena fe en cuanto al hecho de haberse otorgado, gozando de una verdadera presunción de autenticidad, tanto respecto del hecho de haber sido dados por las personas que RIT« » Foja: 1 comparecen en él, como –en su caso- de haber sido autorizados por la persona que actúa como ministro de fe pública. Además, los instrumentos públicos hacen plena fe en cuanto a su fecha. Además, “Se entiende que en cuanto a la existencia de su contenido, es decir, al hecho de que él fue declarado por las partes, tiene valor de plena prueba; y que en cuanto a la sinceridad de las declaraciones entre las partes también hace plena prueba” (Excma. Corte Suprema, Rol N° 45.940-2016). CUARTO: Que de la prueba rendida y de los acontecimientos que constan en autos, puede observarse la existencia cierta de los siguientes hechos: a) Que mediante escritura pública de fecha 10 de febrero de 2011 Comercial Ediciones Gráficas y Compañía Limitada y el Banco de Chile celebraron un contrato de mutuo hipotecario, por el cual el Banco entregó en mutuo la cantidad de 5.900 UF, que la parte deudora se obligó a pagar en el plazo de 96 meses, a contar del día 1 del quinto mes siguiente al de la fecha de la escritura, por medio de igual número de dividendos mensuales vencidos y sucesivos. b) Que para garantizar el contrato anterior, se constituyó hipoteca sobre propiedades de dominio de Comercial Ediciones Gráficas y Compañía Limitada, ubicadas en calle Lord Coch

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 29 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-18254-2019 CARATULADO : BANCO DE CHILE/ORTIGOSA Santiago, quince de Febrero de dos mil veintid só VISTOS: Roberto Grant del Río, abogado, con domicilio en calle Morandé N° 322, oficina 502, Santiago, en representación de Banco de Chile, cuyo gerente general es Eduardo Ebensperger Orre

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