2º Juzgado de Letras de Arica

RODRÍGUEZ/

Rol

V-380-2021

Fecha

10 de febrero de 2022

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 20 de diciembre de 2021, en el folio 1, doña Leontina Norma Rodríguez Gallegos, cédula nacional de identidad N°5.447.003-7, pensionada, viuda, domiciliada en esta ciudad, pasaje Hernán Agurto N° 2256, Población Olivarera, indica que en el año 1959 don Pedro Román Rodríguez, compra la propiedad ubicada en la ciudad de Arica, calle Lastarria N° 736 y que se encuentra inscrita a fojas 176, N° 190, del Registro del Conservador de Bienes Raíces de Arica del año 1959 y agrega que su padre estaba casado, bajo régimen de sociedad conyugal, con su madre doña Gerónima Gallegos Núñez, cédula nacional de identidad N° 3.343.592-4, quien fallece el 28 de agosto del año 1996, indicando que su sucesión quedó conformada por su cónyuge don Pedro Román Rodríguez y sus hijos doña Leontina Norma Rodríguez Gallegos, doña Georgina Rodríguez Gallegos, doña Elsa Rosa Rodríguez Gallegos y don Pedro Cruz Rodríguez Gallegos, encontrándose la correspondiente posesión efectiva inscrita en el Servicio de Registro Civil, bajo el N" 12507 del año 2011. Prosigue relatando que con posterioridad, el 6 de octubre del año 2004 fallece su padre don Pedro Román Rodríguez, cédula nacional de identidad N" 415.957-8, por lo que, su sucesión quedó conformada por sus hijos doña Leontina Norma Rodríguez Gallegos, doña Georgina Rodríguez Gallegos, doña Elsa Rosa Rodríguez Gallegos y don Pedro Cruz Rodríguez Gallegos, encontrándose la correspondiente posesión efectiva inscrita en el Servicio de Registro Civil, bajo el N" 12519 del año 2011. Posteriormente relata que el 29 de mayo del año 2001, fallece su hermana y heredera de su padre y madre doña Elsa Rosa Rodríguez Gallegos, cédula nacional de identidad N" 4.549.684-8, por lo que, su sucesión quedó conformada por sus hijos doña Ximena Alejandra Silva Rodríguez y don José Luis Silva Rodríguez, de quien desconoce si es que sus herederos han efectuado la posesión efectiva, atendido a que no tiene relación con ellos hace muchos años. 2 Por ulti

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que, se encuentra acreditado con la prueba documental aportada y en especial, con el informe remitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, que la nacionalidad de doña Georgina Rodríguez Gallegos, doña Ximena Alejandra Silva Rodríguez y don José Luis Silva Rodríguez, es chilena, 4 Por las anteriores consideraciones, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, S E D E C L A R A: Que, se acoge la reclamación de fecha 20 de diciembre de 2021, en folio 1, y en consecuencia, se ordena al señor Conservador de Bienes Raíces de Arica, que inscriba las posesiones efectivas ingresadas a su oficio bajo la caratula N°207185, correspondientes a las inscripciones N° 12507, N° 12519 y N° 12520, todas del año 2011 y del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile y, practique la inscripción especial de la herencia quedada al fallecimiento de doña Gerónima Gallegos Núñez, RUN 3.343.592-4, don Pedro Román Rodríguez, RUN 415.957-8, y don Pedro Cruz Rodríguez Gallegos, RUN 5.959.611-K, a favor de los herederos referidos en las mencionadas posesiones efectivas, respecto del inmueble inscrito a fojas 176, N°190, del año 1959, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Arica, una vez satisfechas todas las exigencias documentales y legales requeridas por dicho auxiliar de la administración de justicia. Regístrese, notifíquese, y archívese en su oportunidad. Rol N° V-380-2021 Dictada por don Gonzalo Quiroz Espinoza, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Arica. Autoriza doña Maria Georgina Aguirre Godoy, Secretaria Subrogante. CERTIFICO: Que con esta fecha se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 162 inciso final del Código de Procedimiento Civil. Arica, diez de febrero de dos mil veintidós. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-02-10T19:55:48-0300

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1 CAUSA ROL N° : V-380-2021 MATERIA : BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR CÓDIGO : R08A SOLICITANTE : RODRÍGUEZ GALLEGOS, LEONTINA NORMA FECHA DE INICIO : 20 / 12 / 2021 Arica, diez de febrero de dos mil veintidós VISTOS: Con fecha 20 de diciembre de 2021, en el folio 1, doña Leontina Norma Rodríguez Gallegos, cédula nacional de identidad N°5.447.003-7, pensionada, viuda, domiciliada e

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