26º Juzgado Civil de Santiago

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./FARFÁN

Rol

C-5758-2021

Fecha

10 de febrero de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Fallo

se declararon admisibles las excepciones, recibiéndolas a prueba. Con fecha 07 de febrero de 2022, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO. PRIMERO. Que, a fin de acreditar su pretensión el ejecutante acompañó en forma legal el pagaré y contrato de apertura de crédito. SEGUNDO. Que, en cuanto a la primera excepción opuesta, siendo del todo improcedentes los argumentos de la misma, se desestimará la excepción del número 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO. Que, respecto a la segunda y tercera excepción opuestas, y tratándose de simples afirmaciones del ejecutado el hecho de haber efectuado pagos parciales a la deuda y de existir una renegociación de la deuda que tiene con el ejecutante, lo que no ha sido acreditado por éste, correspondiéndole la carga de la prueba, se rechazaran las excepciones de los números 9 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. CUARTO. Que, incumbe probar la existencia de las obligaciones o su extinción a quien alega aquéllas o ésta. Por estas consideraciones, normas legales citadas y lo dispuesto en los artículos 158, 169, 170, 254, 341, 434, 435, 438, 464 números 7, 9 y 11, 465, 470, 471 del Código de Procedimiento Civil, Ley 20.027, se declara: SR C-5758-2021 Foja: 1 - Que se rechazan, con costas, las excepciones opuestas por el ejecutado, debiendo seguir adelante la ejecución hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado. Regístrese y notifíquese. PRONUNCIADA POR CAROLINA CANALES MORALES

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C-5758-2021 Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5758-2021 CARATULADO : PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./FARF NÁ Santiago, diez de Febrero de dos mil veintid só VISTOS. Con fecha 05 de julio de 2021, Eduardo Aviles Aedo, abogado, en representación judicial de PROMOTORA CMR FALABELLA S.A., sociedad del giro de su denominación, rep

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