14º Juzgado de Garantía de Santiago

CENCOSUD RETAIL S.A. . . C/ RICARDO IVÁN SILVA SILVA

Rol

O-3945-2025

Fecha

16 de octubre de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos del Requerimiento Fiscal “El día 03 de julio del 2025, aproximadamente a las 16:50 horas el imputado ya individualizado ingresa a la casa comercial París ubicada en Avenida Vicuña Mackenna Oriente 6100, Mall Florida Center con el objeto de apropiarse contra la voluntad de sus dueños y con ánimo de lucro de propiedades de dicha casa comerciales en este caso jeans marca Ellus y JJO que conforme a boleta electrónica 2750753 fueron evaluados en $74.980.- pesos, para posteriormente salir del local comercial traspasando paletas de seguridad haciendo sorprendido por guardias con las especies en su poder, puesto a disposición de carabineros”. SIC Delito Hurto simple, previsto en el artículo 446 N° 3 del Código Penal. Grado de desarrollo Frustrado Participación Autor Atenuantes No concurren.Circunstancias modificatorias Agravantes No concurren. Por el Ministerio Público, no se rinde prueba testimonial; el testigo Sr. Ignacio Soto Orellana (guardia de seguridad), no asiste. Rinde prueba documental y otros medios de pruebas. RESOLUTIVA: Vistos lo dispuesto en el artículo 4 y 340 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve RICARDO IVAN SILVA SILVA, ya individualizado en esta audiencia del requerimiento formulado por la Fiscalía. II.- No se condena en costas al Ministerio Público y a la querellante por haber tenido motivo plausible para litigar. No habiéndose renunciado por la querellante a los términos legales se ordena dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en su oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese Dese copia del presente registro a los intervinientes. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema”. Código: RYXDBFMSUNS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en

Fallo

se declara: I.- Que, se absuelve RICARDO IVAN SILVA SILVA, ya individualizado en esta audiencia del requerimiento formulado por la Fiscalía. II.- No se condena en costas al Ministerio Público y a la querellante por haber tenido motivo plausible para litigar. No habiéndose renunciado por la querellante a los términos legales se ordena dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en su oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese Dese copia del presente registro a los intervinientes. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema”. Código: RYXDBFMSUNS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-10-17T11:50:44-0300

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Lugar y Fecha de sentencia : Santiago, dieciséis de octubre de dos mil veinticinco. JUEZA : KAREN ATALA RIFFO FISCAL : Marcelo Acuña Silva ABOG. QTE. : Daniela Landauro Fuentes DEFENSA PENAL PÚBLICA : Humberto Córdova Thoms RIT : 3945-2025 RUC : 2500917561-2 REQUERIDO : Ricardo Ivan Silva Silva Individualización : Cédula de identidad N° 12.996.609-2,

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