Juzgado de Letras y Garantía de Collipulli

SANDOVAL/ARQUIMETAL S.A.

Rol

M-6-2022

Fecha

3 de enero de 2023

Materia

Cotizaciones Previsionales, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y derecho que expone: LOS HECHOS 1. Con fecha 16 de Junio de 2021 ingresó a prestar servicios en calidad de “jornal”, bajo vínculo de subordinación y dependencia, para el demandado, en virtud de un contrato por obra o faena determinada, para desempeñar funciones en las faenas de fundaciones de edificios, en la obra de construcción ubicada en estación de servicio Petrobras Collipulli, de la comuna de Collipulli. 2. En cuanto a su duración, según consta en el contrato de trabajo, comenzó a prestar servicios el día 16 de junio de 2021 extendiéndose la faena hasta el día 18 de diciembre de 2021, día en el cual el supervisor de la obra le manifiesta de forma verbal que el trabajo para el cual fue contratado había concluido y que ya no se requerían de sus servicios a contar de dicho día. 3. Respecto a la jornada de trabajo esta correspondía a una jornada ordinaria de trabajo de 45 horas semanales, distribuida de lunes a viernes de 8:30 a 17:30 con una hora de colación y los sábados en caso de ser necesario de 8:30 a 13:30 horas. 4. La remuneración pactada a la fecha asciende a la suma de $480.000.- según consta en contrato de trabajo que se acompaña en otrosí. 5. Expone que, durante todo el tiempo trabajado tuvo una conducta acorde con la ética necesaria que demandaba su labor, cumpliendo además con todas las obligaciones que le imponía el contrato y las órdenes que impartía su ex empleador, de manera que no ha incurrido en causal alguna que permitiera el término unilateral de su contrato de trabajo. Comparecencia ante la Inspección Comunal del Trabajo 1. Con fecha 28 de Diciembre de 2021 presentó reclamo en la Inspección del Trabajo de Angol en contra de su ex empleador solicitando el pago de los días trabajados durante el mes de Diciembre de 2021, el pago sus cotizaciones previsionales y el pago de sus vacaciones proporcionales. 2. El día 10 de Enero de 2022, se realizó la audiencia de rigor ante dicha Inspección, de manera remota, ocasión en

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece don EDUARDO GASTON SANDOVAL INOSTROZA, trabajador dependiente, cédula de identidad número 12.736.857-0, con domicilio en Las Rosas N° 2420, comuna de Victoria, región de la Araucanía, representado por la Defensoría Laboral, interponiendo demanda laboral en Procedimiento Monitorio por Cobro de Prestaciones Laborales y previsionales, en contra de su ex empleador ARQUIMETAL S.A, empresa dedicada a la construcción, Rol Único Tributario 76.361.589-8, representada legalmente por don LIVIO GIANNI GIUSTOLISI MENDOLA, cédula de identidad número 21.664.044-6, ignoro profesión u oficio, o por quien la represente o subrogue conforme al artículo 4º inciso 1º del Código del Trabajo, ambos con domicilio en Antonio Varas N° 91, oficina 101, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en consideración de los siguientes antecedentes de hecho y derecho que expone: LOS HECHOS 1. Con fecha 16 de Junio de 2021 ingresó a prestar servicios en calidad de “jornal”, bajo vínculo de subordinación y dependencia, para el demandado, en virtud de un contrato por obra o faena determinada, para desempeñar funciones en las faenas de fundaciones de edificios, en la obra de construcción ubicada en estación de servicio Petrobras Collipulli, de la comuna de Collipulli. 2. En cuanto a su duración, según consta en el contrato de trabajo, comenzó a prestar servicios el día 16 de junio de 2021 extendiéndose la faena hasta el día 18 de diciembre de 2021, día en el cual el supervisor de la obra le manifiesta de forma verbal que el trabajo para el cual fue contratado había concluido y que ya no se requerían de sus servicios a contar de dicho día. 3. Respecto a la jornada de trabajo esta correspondía a una jornada ordinaria de trabajo de 45 horas semanales, distribuida de lunes a viernes de 8:30 a 17:30 con una hora de colación y los sábados en caso de ser necesario de 8:30 a 13:30 horas. 4. La remuneración pactada a la fecha asciende a la suma de $480.000.- según consta en contrato de trabajo que se acompaña en otrosí. 5. Expone que, durante todo el tiempo trabajado tuvo una conducta acorde con la ética necesaria que demandaba su labor, cumpliendo además con todas las obligaciones que le imponía el contrato y las órdenes que impartía su ex empleador, de manera que no ha incurrido en causal alguna que permitiera el término unilateral de su contrato de trabajo. Comparecencia ante la Inspección Comunal del Trabajo 1. Con fecha 28 de Diciembre de 2021 presentó reclamo en la Inspección del Trabajo de Angol en contra de su ex empleador solicitando el pago de los días trabajados durante el mes de Diciembre de 2021, el pago sus cotizaciones previsionales y el pago de sus vacaciones proporcionales. 2. El día 10 de Enero de 2022, se realizó la audiencia de rigor ante dicha Inspección, de manera remota, ocasión en que ratificó la existencia de la relación laboral, como asimismo el cobro de las prestaciones laborales adeudadas. Por su parte, la dema

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo preceptuado en los artículos 1°, 2°, 7°, 8°, 9, 10, 41, 44, 45, 50, 54, 55, 58, 63, 63 bis, 73, 159 N° 5, 163 inciso tercero, y demás pertinentes del Código del Trabajo; D.L. N° 3.500 y Ley N° 19.728, se declara: I.- Que, SE ACOGE, en todas sus partes, la demanda laboral interpuesta por don EDGARDO GASTÓN SANDOVAL INOSTROZA, por cobro de prestaciones laborales y previsionales, en contra de su ex empleador ARQUIMETAL S.A, empresa dedicada a la construcción, Rol Único Tributario 76.361.589-8, representada legalmente por don LIVIO GIANNI GIUSTOLISI MENDOLA, cédula de identidad número21.664.044-6. II.- Que, en consecuencia, se condena a la demandada ARQUIMETAL S.A., Rol Único Tributario 76.361.589-8, a pagar en favor del actor las siguientes prestaciones: a) $288.000.- por concepto de remuneración por 18 días trabajados en diciembre de 2021. b) $144.000.- por concepto de indemnización por tiempo servido (9 días) c) $169.280.- por feriado legal proporcional (10.58 días) por el período comprendido entre el 16 de junio de 2021 al 18 de diciembre de 2021. d) Cotizaciones, según el siguiente detalle: 1. Cotizaciones Previsionales: En la AFP PROVIDA, por los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2021. 2. Cotizaciones Cuenta Individual de Cesantía: En la AFC Chile S.A., por los meses de julio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2021. 3. Cotizaciones de salud: en FONASA, por los meses de jul

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Collipulli, tres de enero de dos mil veintitrés. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece don EDUARDO GASTON SANDOVAL INOSTROZA, trabajador dependiente, cédula de identidad número 12.736.857-0, con domicilio en Las Rosas N° 2420, comuna de Victoria, región de la Araucanía, representado por la Defensoría Laboral, interponiendo demanda laboral en Procedimiento Monitorio por Co

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