2º Juzgado Civil de Puerto Montt

INVERSIONES PANAMERICANA S.A/

Rol

V-12-2022

Fecha

10 de febrero de 2022

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente : 1.- Que, en solicitud de fecha 20 de enero de 2022 (Folio 1), comparece doña Frida del Carmen Mansilla Mansilla, abogada, mandataria judicial, de la sociedad Inversiones Panamericana S.A., quien viene en solicitar se ordene al Sr. Ministro de Fe competente, que practique la certificación de abandono del inmueble dado en arrendamiento por su representada a la sociedad Ecogranel Sergio Barría Matus EIRL, Rol Único Tributario 78.829.426-7, representada legalmente por don Sergio Ignacio Barría Matus, cédula nacional de identidad N°19.029.369-6. Señala, que Inversiones Panamericana S.A., por contrato de arrendamiento celebrado mediante instrumento privado de fecha 11 de mayo de 2020, dio en arrendamiento a la sociedad Ecogranel Sergio Barría Matus EIRL, representada legalmente por don Sergio Ignacio Barría Matus, un local comercial singularizado con el N°13, emplazado en la denominada Galería Reloncaví, de la ciudad y comuna de Puerto Montt. La superficie de dicho local comercial es de 22.02 metros cuadrados y el destino del local comercial sería “Venta de Frutos Secos”. Indica que el arrendatario, hizo abandono intempestivo del inmueble referido, los primeros días del mes de enero del año 2022. 2.- Que, en resolución de fecha 28 de enero de 2022 (Folio 5), se ordenó que se certifique lo que corresponda por un Receptor Judicial. 3.- Que, con fecha 01 de febrero de 2022 (Folio 6), el Sr. Receptor Judicial, don Nelson Garrido Ramos, se constituyó en el local comercial N°13, de la denominado Galería Reloncaví, ubicada en calle Egaña 51, Puerto Montt, y constató que el local se encuentra cerrado y abandonado, cubierto con una cortina metálica, y agrega, que una locataria colindante del local señaló que se encuentra abandonado y deshabitado desde el mes de octubre del 2021. 4.- Que, teniendo únicamente presente que el Sr. Receptor Judicial, don Nelson Garrido Ramos, certificó que el inmueble se encuentra abandonado (Folio 6), se accederá a la s

Fallo

se resuelve: Que, se ACOGE la petición formulada con fecha 20 de enero de 2022 (Folio 1), por doña Frida del Carmen Mansilla Mansilla, en representación de Inversiones Panamericana S.A., teniendo presente lo expuesto en el N°4 de esta sentencia, hágase entrega del local comercial N°13, de la denominado Galería Reloncaví, ubicada en calle Egaña 51, Puerto Montt; a Inversiones Panamerica S.A., representada por quien corresponda, por Receptor Judicial, quién deberá levantar acta del estado en que se encuentra el espacio al momento de su entrega y remitir copia de ella al tribunal, al tenor de lo dispuesto en el artículo 6 inciso 2° de la Ley N°18.101 y sus modificaciones.- ANÓTESE Y REGÍSTRESE. - ROL NºV-12-2022 DICTÓ DOÑA IRIS CATALINA OBANDO CÁRDENAS, JUEZ TITULAR.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Puerto Montt, diez de febrero de dos mil veintidós.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-02-10T09:59:56-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Puerto Montt CAUSA ROL : V-12-2022 CARATULADO : INVERSIONES PANAMERICANA S.A/ PUERTO MONTT , diez de febrero de dos mil veintidós.- Vistos y teniendo presente : 1.- Que, en solicitud de fecha 20 de enero de 2022 (Folio 1), comparece doña Frida del Carmen Mansilla Mansilla, abogada, mandataria judicial, de la sociedad Inversiones Panamer

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