Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique

MAQUEDA CON SERVICIOS GAVIGAM SPA

Rol

O-575-2022

Fecha

3 de enero de 2023

Materia

Feriado proporcional, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la demanda, el juez, al momento de dictar sentencia podrá estimar los hechos por tácitamente admitidos. Así mismo esta parte también solicita lo establecido en el artículo 453 número 3 del código del trabajo, de no haber hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, el tribunal dará por concluida la audiencia, y procederá a dictar sentencia RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL: Atenta la rebeldía de la demandada anotada y la no contestación de la demanda por la misma y lo dispuesto en el artículo 453 N°1 inciso 7° del código del trabajo, este sentenciador tendrá como tácitamente admitidos los hechos señalados en la demanda, de acuerdo a las facultades de la mencionada norma y estimando con ello que no existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se procede a dar por concluida la audiencia y a dictar sentencia definitiva en esta causa. En Iquique a tres de enero del año dos mil veintitrés. Por estas consideraciones y conforme lo prevenido por los artículos 8, 9, 73, 160,162, 425 y siguiente, 446 y siguiente del Código del Trabajo, SE DECLARA: I).- Se acoge, la demanda interpuesta por doña ANGELICA YOLEIDY MAQUEDA ASCANIO, trabajadora con domicilio en Los Chunchos N° 3484 de la ciudad de Iquique, en contra de SERVICIOS GAVIGAM SPA, rol único tributario 76,659.198- 1, representada legalmente de conformidad al artículo 4 inciso primero del código del trabajo por don ALEJANDRO GAETE AVILA ambos con domicilio en Tadeo Haenke N° 1808 de la ciudad de Iquique, declarando nulo el despido del cual fue objeto la actora con fecha 31 de julio del año 2022, y condenado a la demandada a las siguientes sumas: a.-. Las remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido esto es el 31 de julio de 2022 hasta el pago efectivo de las cotizaciones previsionales, salud y de cesantía adeudadas en conformidad lo establece el artículo 162 inciso quinto del código del Trabajo b.- La suma de $ 132.161 por concepto de feriado proporcional Que estas sumas se pa

Fallo

Por estas consideraciones y conforme lo prevenido por los artículos 8, 9, 73, 160,162, 425 y siguiente, 446 y siguiente del Código del Trabajo, SE DECLARA: I).- Se acoge, la demanda interpuesta por doña ANGELICA YOLEIDY MAQUEDA ASCANIO, trabajadora con domicilio en Los Chunchos N° 3484 de la ciudad de Iquique, en contra de SERVICIOS GAVIGAM SPA, rol único tributario 76,659.198- 1, representada legalmente de conformidad al artículo 4 inciso primero del código del trabajo por don ALEJANDRO GAETE AVILA ambos con domicilio en Tadeo Haenke N° 1808 de la ciudad de Iquique, declarando nulo el despido del cual fue objeto la actora con fecha 31 de julio del año 2022, y condenado a la demandada a las siguientes sumas: a.-. Las remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido esto es el 31 de julio de 2022 hasta el pago efectivo de las cotizaciones previsionales, salud y de cesantía adeudadas en conformidad lo establece el artículo 162 inciso quinto del código del Trabajo b.- La suma de $ 132.161 por concepto de feriado proporcional Que estas sumas se pagaran con intereses y reajustes en conformidad al Artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. II.- Notifíquese a las instituciones previsionales correspondientes para que accionen sobre el cobro de las cotizaciones adeudadas. III.- Se condena en costas a la demandada por haber resultado completamente vencida en estos autos fijándose las costas personales en la suma de $100.000 pesos Regístrese, Notifíquese y Archívese los antec

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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Iquique, 03 de enero del año 2023 RUC 22-4-0437901-5 RIT O-575-2022 MAGISTRADO CATALINA CASANOVA SILVA ADM. DE ACTAS Iván Tapia M.(sala1) HORA DE INICIO 08:42 horas. HORA DE TERMINO 08:52 horas. Nº REG. DE AUDIO 2240437901-5-1334 230103-00 DEMANDANTE Angélica Yoleidy Maqueda Ascanio Documento Identidad : 28.184972 AB

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