AVLA S.A.G.R./NOMADE SERVICE SPA
Rol
C-11095-2020
Fecha
9 de febrero de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 21 de julio de 2020, comparece en autos Cristian Rodríguez Josse, abogado, mandatario judicial y en representación convencional, de AVLA S.A.G.R, sociedad anónima, cuyo Gerente General es don Francisco Ignacio Álamos Rojas, ingeniero comercial, todos domiciliados en Calle Cerro El Plomo N° 5420, oficina 802, comuna de Las Condes, quien interpone demanda en juicio ejecutivo en contra de sociedad Nomade Service SpA, Rol Único Tributario N° 76.299.129-2, sociedad del giro de venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y sus partes, venta de vehículos automotores, entre otros, representada por don Marcelo Javier Godoy Butendieck, ignora profesión u oficio; en calidad de deudor principal y a don Marcelo Javier Godoy Butendieck, ignora profesión u oficio en su calidad de avalista, fiador y codeudor solidario, ambos domiciliados en calle Pedro Aguirre Cerda 402, de la comuna de Valdivia, Décimo Cuarta Región, en atención a los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que se exponen a continuación. Funda su demanda señalando que en la causa seguida ante el 13° Juzgado Civil de Santiago, Rol C- 16723-2018, su representada Avla S.A.G.R y la sociedad Nomade Service Spa, representada por don Marcelo Javier Godoy Butendieck, en su calidad de deudor principal y don Marcelo Javier Godoybutendieck, en su calidad de aval, fiador y codeudor solidario, pusieron termino al juicio, presentando con fecha 22 de enero de 2020, un avenimiento, en virtud del cual, la ejecutada reconoció adeudar a su representada la suma de $24.082.539.-suma que se obligó a pagar en las fechas y por los montos que se detallan en su presentación. Indica que el pagaré que dio origen a la presente deuda emana del Pagaré N° 10111 - 16516, suscrito por la sociedad Nomade Service SpA, representada por don Marcelo Javier Godoy Butendieck, en su calidad de suscriptor principal, y C-11095-2020 Foja: 1 por don Marcelo Javier Godoy Butendieck, en su calidad de avalista, fiador y codeudor solidario, por la suma total de $51.500.000.-pagadero en una sola cuota con fecha 5 de noviembre de 2017, a la sociedad Redpyme S.A. quien fue designada como diputada para el pago. Agrega que mediante Certificado de Fianza y Codeuda Solidaria, Ley N°20.179, N°16516, de fecha 7 de junio de 2017, AVLA S.A.G.R. sociedad de garantía recíproca constituida en conformidad a la Ley N°20.179, y en ejercicio de su objeto social, garantizó mediante fianza la obligación que consta en el pagaré demandado, la cual se materializó mediante la emisión del respectivo Certificado de Fianza y Codeuda Solidaria. Expone que con fecha 23 de enero de 2020, este Tribunal en causa Rol Nº16723-2018, tuvo por aprobado el avenimiento en todas sus partes, en todo lo que no fuere contrario a derecho. Acusa que la demandada no cumplió con la obligación desde la cuota signada con el Nº1, con vencimiento el 28 de febrero de 2020 del plan de pagos, adeudando a su representada la suma de $24.082.539.- en capital, más intereses y costas. Previas citas legales, pide tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de sociedad Nomade Service Spa, representada por don Marcelo Javier Godoy Butendieck, en su calidad de deudor principal y don Marcelo Javier Godoy Butendieck, en su calidad de aval, fiador y codeudor solidario, ya individualizados, y, con su mérito, despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $24.082.539.-, más intereses, y seguir adelante con la ejecución hasta hacer a su representado entero y cumplido pago de las sumas adeudadas, con costas. Con fecha 09 de septiembre de 2020, se tuvo notificados y requeridos de pago a los ejecutados, conforme consta en el expediente electrónico. Mediante presentación de 22 de septiembre de 2020, los ejecutados, opusieron a la ejecución, las excepciones contempladas en los numerales 2, 3,4,7 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, confiriéndose el traslado respectivo, el que fu
Fallo
se declararon admisibles las excepciones, se recibió la causa a prueba, resolución que fue notificada a ambas partes. Por resolución de 28 de diciembre de 2021, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: C-11095-2020 Foja: 1 PRIMERO: Que, con fecha 21 de julio de 2020, comparece en autos Cristian Rodríguez Josse, abogado, en representación de AVLA S.A.G.R, sociedad anónima, cuyo Gerente General es don Francisco Ignacio Álamos Rojas, e interpone demanda ejecutiva en contra de Nomade Service Spa, representada por don Marcelo Javier Godoy Butendieck, en su calidad de deudor principal y don Marcelo Javier Godoy Butendieck, todos ya individualizados, y, con su mérito, solicita despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $24.082.539.-, más intereses, y seguir adelante con la ejecución hasta hacer a su representado entero y cumplido pago de las sumas adeudadas, con costas, en razón de los fundamentos de hecho y de derecho reseñados en lo expositivo de este fallo; SEGUNDO: Que, el ejecutado opuso a la ejecución las excepciones contempladas en los numerales 2, 3,4, 7,y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de capacidad del demandante, o de personería o representación legal del que comparezca a su nombre; la Litis pendencia ante Tribunal competente, la ineptitud del libelo por falta de algún requisito legal en el modo de formular la demanda, la falta de alguno de los requisitos o condiciones
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C-11095-2020 Foja: 1 FOJA: 26 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-11095-2020 CARATULADO : AVLA S.A.G.R./NOMADE SERVICE SPA Santiago, nueve de Febrero de dos mil veintidós VISTOS Con fecha 21 de julio de 2020, comparece en autos Cristian Rodríguez Josse, abogado, mandatario judicial y en representación convencional, de AVLA S.A.G.R, sociedad a
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