2º Juzgado de Letras de Calama

PUEBLA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALAM

Rol

C-2752-2021

Fecha

8 de febrero de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1.- Que con fecha 22 de noviembre de 2021 (Folio 1), compareció doña Liliana Isabel Castro Henríquez, abogada, en representación de don ALEJANDRO AARON PUEBLA SALAZAR , chileno, casado, pensionado, cédula de identidad N°6.844.131-5 , domiciliado en Las Higueras 918 D- 332, Calama, y dedujo demanda de prescripción extintiva en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALAMA, Rol Único Tributario N° 69.020.200-K, representada legalmente por su alcalde, don Eliecer Daniel Chamorro Vargas, ambos domiciliados en Vicuña Mackenna N°2.001, Calama, solicitando que se declare en definitiva, que se encuentran prescritas la cuotas correspondientes al período comprendido entre el 30 de junio de 2008 al 30 de septiembre de 2016, por la suma total de $1.298.074.-, respecto del inmueble ubicado en Las Higueras 918 D-332, Calama. Señaló que su representado debe por concepto de cuotas de aseo municipal, reajustes e intereses, las cuotas correspondientes al período comprendido desde el 30 de junio de 2008 hasta el 30 de diciembre de 2021, por la suma de $1.764.295.-, respecto del inmueble ubicado en Las Higueras 918 D- 332, Calama. Añadió que a la fecha de la presentación de la demanda han transcurrido más de cinco años del período correspondiente entre el de 30 de junio de 2008 al 30 de septiembre de 2016, encontrándose prescrita la suma total de $1.298.074.-; lapso de tiempo durante el cual además, el demandado no ha requerido pago alguno. Posteriormente citó los artículos 2492 y 2497 del Código Civil, y el artículo 19 N° 20 de la Constitución Política de la República de Chile. 2.- Que con fecha 17 de diciembre de 2021 (Folio 7), compareció doña Lisset Ana del Pilar Marchant Zuleta, abogada, domiciliada para estos efectos en calle Vicuña Mackenna N°2.001, Calama, en representación de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALAMA, Corporación Autónoma de Derecho Público, Rol Único Tributario N°69.020.200-K, que a su vez se encuentra representada legalmente por don Eliecer Daniel Chamorro Vargas, Alcalde de la Comuna, chileno, casado, Ingeniero Comercial, cédula de identidad N°12.607.560-k, de su C-2752-2021 Foja: 1 mismo domicilio, y se allanó parcialmente a la demanda, señalando que se encontrarían prescritas las cuotas de derechos de aseo del período comprendido desde el 30 de junio de 2008 hasta el 30 de septiembre de 2016, incluidos intereses y reajustes, respecto del bien inmueble ubicado en Las Higueras N°918 D-332, Calama. Además hizo expresa reserva de acciones respecto de períodos posteriores, no incluidos en la demanda y no prescritos al tiempo cuya prescripción se solicita. En lo relativo al derecho, citó el artículo 698 en concordancia con el artículo 313 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; artículos 2514 y 2515 del Código Civil; artículos 6, 7 y siguientes del Decreto Ley N°3.063. Acto seguido, dedujo demanda reconvencional en contra de la demandante principal, solicitando que se le condene al pago de los derechos de aseo que no se encue

Texto Completo (Preview)

C-2752-2021 Foja: 1 FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : C-2752-2021 CARATULADO : PUEBLA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALAM Calama, ocho de Febrero de dos mil veintid só VISTO Y CONSIDERANDO: 1.- Que con fecha 22 de noviembre de 2021 (Folio 1), compareció doña Liliana Isabel Castro Henríquez, abogada, en representación de don ALEJANDRO AARO

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica