Juzgado de Letras y Gar.de Curanilahue

TRONCOSO /

Rol

V-123-2019

Fecha

8 de febrero de 2022

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que según consta en folio N° 1, comparece SERGIO ORLANDO TRONCOSO PARRA, chileno, casado, empresario, cédula de identidad y Rol único Tributario 9.893.524-k, domiciliado en Calle Cocharane N°991 de la cuidad y comuna de Arauco. Que en terrenos incultos del Sector Plegarias de la comuna de Curanilahue, Provincia de Arauco, Región del Bío Bío, desea constituir concesión minera de explotación de todas las sustancias minerales existentes. Las coordenadas del punto de interés de la cara superior de la manifestación esta determninado por la intersección de las siguientes coordenadas son: NORTE; 5.847.396 METROS Y ESTE; 647.445.00 METROS, ambas coordenadas U.T.M, Datum La Canoa de 1956, Huso 18, y corresponden a la intersección de las diagonales de un cuadrado, cuyos lados orientados U.T.M NORTE- SUR miden 1.000 metros y cuya cabecera de orientación U.T.M. ESTE-OESTE miden 2.000 metros, encerrando una superficie de 200 hectáreas. Deseando constituir pertenencias mineras sobre este hallazgo, solicita sirva conceder 20 pertenencias mineras de 10 hectáreas cada una, las que denominara “PLEGARIAS OT DEL 1 AL 20”. Por tanto, de acuerdo a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes del Código de Minería, pide se sirva tener por presentada manifestación, ordenar su inscripción y publicación, proporcionando copia autorizada y el certificado prescrito por el artículo 50 del mismo cuerpo legal, para los efectos allí previstos. Que consta en el folio N° 40, que se trajeron los autos para fallo.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el peticionario, presentó solicitud con fecha 16 de octubre de 2019, que consta en folio N° 1, de estos autos. SEGUNDO: Que la solicitud de manifestación fue inscrita con fecha 29 de octubre del año 2019 a fojas 158 vta, bajo el Nº 86, del Registro de RIT« » Foja: 1 Descubrimientos Mineros del Señor Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Curanilahue, correspondiente al año 2019, según documento acompañado en el folio N° 5. TERCERO: Que la solicitud de manifestación fue publicada con fecha 11 de noviembre de 2019, en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial, según ejemplar acompañado en el folio N° 5. CUARTO: Que en el mismo folio N° 5, corren agregados comprobantes de ingresos fiscales, consistentes en Tasa de Manifestación y Patente de Concesión de Explotación. QUINTO: Que igualmente en el folio N° 5, corre agregado plano relacionado con la solicitud de sentencia constitutiva de concesión de explotación. SEXTO: Que el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe, que corre agregado en folio 37, de fecha 22 de diciembre de 2021, que indica en lo pertinente “ 1. Que el perito ha cumplido con el envío a este Servicio Nacional de la cartera de terreno y las planillas de cálculos, de acuerdo al reglamento y a las normas impartidas por este Organismo, correspondiente a la mensura de las pertenencias PLEGARIAS OT 1/20, solicitadas por TRONCOSO PARRA SERGIO ORLANDO, mensuradas el 02/06/2021, ubicadas en PLEGARIAS, comuna de CURANILAHUE, provincia de ARAUCO, con un total de 10 hectáreas.2. Que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. Además, los hitos han sido correctamente colocados. Los linderos vértices de la concesión que no fueron construidos en terreno por las razones que expone el perito en el acta, fueron verificados en el momento de la inspección.3. Dictada la sentencia constitutiva, agradeceré a US. ordenar al interesado entregar a este Servicio Nacional copia de ella, del acta de mensura y el original del plano.”. SÉPTIMO: Que, en cuanto a la manifestación minera, cada una de las veinte pertenencias de diez hectáreas cada una abarcando una superficie total de 200 hectáreas. Que las coordenadas U.T.M. de sus vértices, expresadas en metros, son las siguientes: RIT« » Foja: 1 VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) L1 5.847.896,00 646.445,00 L2 5.847.896,00 648.445,00 L3 5.846.896,00 648.445,00 L4 5.846.896,00 646.445,00 COORDENADAS U.T.M. DEL PUNTO DE INTERES NORTE 5.847.396,00 ESTE 647.445,00 UBICACIÓN DEL H.M. DE LAS PERTENENCIAS. Estas pertenencias se ubican en la Región del Bio Bio, Provincia de Arauco, Comuna de Curanilahue, Lugar Plegarias. Las coordenadas del HM son: Latitud Sur 37º30’24.1083’’, Longitud Oest

Fallo

Por tanto, de acuerdo a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes del Código de Minería, pide se sirva tener por presentada manifestación, ordenar su inscripción y publicación, proporcionando copia autorizada y el certificado prescrito por el artículo 50 del mismo cuerpo legal, para los efectos allí previstos. Que consta en el folio N° 40, que se trajeron los autos para fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el peticionario, presentó solicitud con fecha 16 de octubre de 2019, que consta en folio N° 1, de estos autos. SEGUNDO: Que la solicitud de manifestación fue inscrita con fecha 29 de octubre del año 2019 a fojas 158 vta, bajo el Nº 86, del Registro de RIT« » Foja: 1 Descubrimientos Mineros del Señor Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Curanilahue, correspondiente al año 2019, según documento acompañado en el folio N° 5. TERCERO: Que la solicitud de manifestación fue publicada con fecha 11 de noviembre de 2019, en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial, según ejemplar acompañado en el folio N° 5. CUARTO: Que en el mismo folio N° 5, corren agregados comprobantes de ingresos fiscales, consistentes en Tasa de Manifestación y Patente de Concesión de Explotación. QUINTO: Que igualmente en el folio N° 5, corre agregado plano relacionado con la solicitud de sentencia constitutiva de concesión de explotación. SEXTO: Que el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe, que corre agregado en folio 37, de fecha 22 de diciembre d

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 42 .- cuarenta y dos .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Curanilahue CAUSA ROL : V-123-2019 CARATULADO : TRONCOSO / Curanilahue, ocho de Febrero de dos mil veintid só VISTO: Que según consta en folio N° 1, comparece SERGIO ORLANDO TRONCOSO PARRA, chileno, casado, empresario, cédula de identidad y Rol único Tributario 9.893.524-k, domiciliado

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