3º Juzgado de Letras de la Serena

TAPIA TAPIA BLANCA BERNARDINA

Rol

V-235-2019

Fecha

7 de febrero de 2022

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En lo principal de la presentación de fecha 28 de noviembre de 2019, comparece doña Blanca Bernardina Tapia Tapia, pensionada, domiciliada en El Rosal Nº 5373, La Florida, comuna de La Serena. Señala que en calidad de cónyuge en la sociedad conyugal habida con don Haroldo Félix Núñez Cortés, viene en solicitar se decrete judicialmente la autorización para que se le permita enajenar los derechos hereditarios que tiene sobre el inmueble ubicado en Pasajes Las Maravillas Nª 941, Población Juan XXIII de la comuna de La Serena, inscrito a fojas 588 Nº 403 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año 2019. Funda su solicitud en que el 29 de agosto de 1974, en la ciudad de Calama, contrajo matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal con don Haroldo Félix Núñez Cortés, añadiendo que hace 26 años aproximadamente cesó la relación entre ambos, siguiendo legalmente casados y que pese a sus constantes y numerosos Foja: 1 intentos por encontrarlo y comunicarse con él, le ha sido imposible, logrando averiguar que viene en Calama. Indica que lo anterior ha sido bastante perjudicial atendida su situación económica, viéndose en la imperiosa necesidad de vender los derechos referidos, con la imposibilidad de comunicarse con el administrador de la sociedad conyugal. Expone que le 12 de mayo de 2012 su madre falleció, dejándole junto con sus hermanos el inmueble referido; y que los derechos sobre la propiedad raíz ingresaron a su haber propio, realizándose la correspondiente inscripción especial de herencia el 15 de enero de 2019 a fojas 588 Nº 403 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena. Indica que con sus hermanos quieren vender la referida propiedad y el único obstáculo ha sido el no poder comunicarse con su cónyuge, por lo que viene en solicitar la autorización anunciada, ante la ausencia, incomunicación y desaparecimiento del marido, sumado al perjuicio articulado, por lo que a su en

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que doña Blanca Bernardina Tapia Tapia, ha solicitado se decrete judicialmente la autorización para enajenar los derechos hereditarios que tiene sobre el inmueble ubicado en Pasajes Las Maravillas Nª 941, Población Juan XXIII de la comuna de La Serena, en su calidad de cónyuge en la sociedad habida con don Haroldo Félix Núñez Cortés fundada en que se encuentran separados desde hacer más de 20 años y desconoce su actual domicilio. Segundo: Que en apoyo a la solicitud de autos, se acompañaron los siguientes documentos: 1.- Inscripción especial de herencia de fojas 588 Nº 403 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año 2019, emitido el 18 de noviembre de 2019. 2.- Certificado de matrimonio emitido el 21 de noviembre de 2019 por el Registro Civil e Identificación. 3.- Certificado de dominio vigente emitido por el Conservador de Bienes Raíces de La Serena el 18 de noviembre de 2019. Foja: 1 4.- Certificado de gravámenes y prohibiciones emitido por el Conservador de Bienes Raíces de La Serena el 18 de noviembre de 2019. 5.- Liquidación de pago de fecha 26 de noviembre de 2019, emitido por el Instituto de Previsión Social. 6.- Informe de Tratamiento Anticoagulante Oral para trombosis venosa profunda de fecha 04 de junio 2021 emitido por Hospital San Juan de Dios La Serena. 7.- Orden de hospitalización servicio de ginecología por diagnóstico de Prolapso cúpula emitido por Hospital San Juan de Dios La Serena. 8.- Epicrisis ginecológica de fecha 17 de mayo de 2021 emitido por Hospital San Juan de Dios La Serena. 9.- Indicaciones clínicas y/o plan de tratamiento para cirugía de prolapso de fecha 14 de diciembre de 2020 emitido por Dr. María Carolina Bonilla Almarza, cardióloga. 10.- Certificado de avalúo fiscal de la propiedad ubicada en Las Maravillas N° 941, La Serena. Tercero: Que asimismo se rindió información sumaria de testigos, consistente en las declaraciones de doña Wilda Mercedes Lamas Tapia y doña Magaly Soledad Lamas Tapia, en diligencia practicada con fecha 27 de julio de 2021. Que ambas testigos señalaron ser hermanas de la solicitante y saber que contrajo matrimonio con don Félix Núñez Cortés, de quien se encuentra separada hace más de 20 años, desconociendo su actual paradero; así como el estado de salud de doña Blanca Bernardina Tapia Tapia y su necesidad de vender los derechos hereditarios que tiene sobre un inmueble. Foja: 1 Cuarto: Que con el certificado singularizado en el numeral 2° del motivo segundo, se tiene por acreditado que con fecha 29 de agosto de 1974 don Haroldo Félix Núñez Cortés y doña Blanca Bernardina Tapia Tapia, contrajeron matrimonio, en la circunscripción Calama, inscrito bajo en N° 349 del Registro correspondiente al año 1974. Quinto: Que por otra parte, con la información sumaria de testigos ya referida, se acredita que don Haroldo Félix Núñez Cortés y doña Blanca Bernardina Tapia Tapia encuentran separados de hecho y actualment

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto, además, lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 138, 1.726, 1.754 y 1.758 y del Código Civil, se decide: Que ha lugar a lo solicitado y, en consecuencia, se autoriza a doña Blanca Bernardita Tapia Tapia, cédula de identidad 5.396.995-K, por el plazo de dos años, para enajenar los derechos hereditarios que tiene sobre el inmueble ubicado en Pasajes Las Maravillas Nª 941, Población Juan XXIII de la comuna de La Serena, inscritos a fojas 588 Foja: 1 Nº 403 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año 2019. Regístrese, dese copia y archívese la causa en su oportunidad. Dictada por doña Cecilia Rojas Nogerol, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, siete de Febrero de dos mil veintid só Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-02-07T12:35:58-0300

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-235-2019 CARATULADO : TAPIA TAPIA BLANCA BERNARDINA La Serena, siete de Febrero de dos mil veintid só VISTOS: En lo principal de la presentación de fecha 28 de noviembre de 2019, comparece doña Blanca Bernardina Tapia Tapia, pensionada, domiciliada en El Rosal Nº 5373, La Florida, comun

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