MIRANDA/CUPERFI CHIMENEAS LTDA
Rol
O-5143-2022
Fecha
29 de diciembre de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 10, 160, 171, 420 y siguientes del Código del Trabajo y demás normas que resulten pertinentes, se resuelve: I. Que se rechaza la demanda de don Carlos Miranda Alvarado en contra de CUPERFI CHIMENEAS LTDA., representada por Liber Pakciarz Sommer, todos ya debidamente individualizados, y se declara que el despido indirecto de fecha 25 de julio del 2022 no se encuentra ajustado a derecho, por lo tanto, se concluye que el demandante ha efectuado una renuncia a su trabajo. II. Que se ordena el pago del feriado proporcional a la parte demandante, ascendente a la suma de $105.462.- III. Que las sumas ordenadas pagar serán con los intereses y reajustes del artículo 63 y 173 Código del Trabajo, según corresponda, y; IV. Cada parte pagará sus costas Se ordena cumplir con esta sentencia y, una vez que se encuentre esta ejecutoria dentro de quinto día, o bien, acceder a la ejecución de acuerdo a lo que dispone la ley. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia doña Ivette Mourguet Besoain, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veintidós.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 10, 160, 171, 420 y siguientes del Código del Trabajo y demás normas que resulten pertinentes, se resuelve: I. Que se rechaza la demanda de don Carlos Miranda Alvarado en contra de CUPERFI CHIMENEAS LTDA., representada por Liber Pakciarz Sommer, todos ya debidamente individualizados, y se declara que el despido indirecto de fecha 25 de julio del 2022 no se encuentra ajustado a derecho, por lo tanto, se concluye que el demandante ha efectuado una renuncia a su trabajo. II. Que se ordena el pago del feriado proporcional a la parte demandante, ascendente a la suma de $105.462.- III. Que las sumas ordenadas pagar serán con los intereses y reajustes del artículo 63 y 173 Código del Trabajo, según corresponda, y; IV. Cada parte pagará sus costas Se ordena cumplir con esta sentencia y, una vez que se encuentre esta ejecutoria dentro de quinto día, o bien, acceder a la ejecución de acuerdo a lo que dispone la ley. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia doña Ivette Mourguet Besoain, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veintidós.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 29 DE DICIEMBRE DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 8 RUC 22-4-0422300-7 RIT O-5143-2022 MAGISTRADA IVETTE MOURGUET BESOAIN ADMINISTRATIVO DE ACTAS CAMILA ARAYA LARENAS HORA DE INICIO 11:36 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:59 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2240422300-7-1349-221229-00 PARTE DEMAND
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