3º Juzgado de Letras de Calama

COMPAÑIA MINERA KAIROS CHILE LIMITADA/

Rol

V-1003-2021

Fecha

5 de febrero de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 26 de julio de 2021, comparece don GONZALO PHILLIPS DEL POZO, chileno, casado, Abogado, Cédula Nacional de IdentidadNº 10.143.029-4, en representación de COMPAÑIA MINERA KAIROS CHILE LTDA, sociedad de responsabilidad limitada, constituida conforme a las leyes de la República de Chile, del giro de su denominación, rol único tributario número 76.375.367-0, ambos domiciliados en Franklin Delano Roosevelt N°886, La Serena; solicitando concesión minera de EXPLORACIÓN, que denominará “LAGUNA BLANCA II 14”, con una superficie de 300 hectáreas. 2.- Que, a folio 1 y 5 el solicitante de autos acompaña documentos. 3.- Que, a folio 9, consta informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería de II Región, Antofagasta. 4.- Que, a folio 11, con fecha 13 de enero de 2022, se trajeron los autos para resolver.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Gonzalo Phillips Del Pozo, solicita constituir concesión minera de exploración de sustancias concebibles para su mandante, en terrenos ubicados en la provincia El Loa, comuna de San Pedro de Atacama, II Región de Antofagasta, sobre una superficie de 300 hectáreas, la que denominará “LAGUNA BLANCA II 14”, conforme a los antecedentes presentados. SEGUNDO: Que, a folio 5, consta que el pedimento minero fue inscrito a 3.996 bajo el N° 2.204 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 29 de julio de 2021. TERCERO: Que, dicho pedimento minero fue publicado con fecha 09 de agosto de 2021, Diario Oficial, edición N° 43.023, según ejemplar acompañado. CUARTO: Que, el Servicio Nacional de Geología y Minería II Región, Antofagasta, con fecha 10 de enero de 2021, mediante ordinario N° 0126 informó consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión, se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes, en efecto, la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, ésta queda comprendida dentro del y terreno pedido. QUINTO: Que, según figura a folio 5, el peticionario dio cumplimiento a la obligación de pago de la tasa de pedimento y la patente proporcional. SEXTO: Que, en el plano de la concesión minera de exploración, consta que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices de la cara superior del pedimento minero denominada “LAGUNA BLANCA II 14” con una superficie de 300 hectáreas, solicitadas y materia de esta concesión son: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) P.M. 7.467.090,00 661.798,00 V 1 7.468.590,00 661.298,00 V 2 7.468.590,00 662.298,00 V 3 7.465.590,00 662.298,00 V 4 7.465.590,00 661.298,00 SÉPTIMO: Que, del análisis de los antecedentes que obran en autos y el mérito del informe técnico del Servicio Nacional de Geología y Minería, la presente causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegación de la concesión de exploración o la declaración de caducidad, razón por la cual este tribunal acogerá la solicitud impetrada en autos. Y, VISTO además, lo dispuesto en los artículos 34, 35, 43, 47, 48, 51, 52, 55, 56, 57, 58, 87 y 90 del Código de Minería en vigencia y lo establecido en los artículos 42, 43, 44 y 94 del Reglamento de dicho texto legal,

Fallo

se resuelve: I.- Que, se aprueba el plano de la concesión minera de exploración denominada “LAGUNA BLANCA II 14”. II.- Que, se declara constituida la concesión minera de exploración “LAGUNA BLANCA II 14”, con una superficie total de 300 hectáreas a favor de COMPAÑIA MINERA KAIROS CHILE LTDA, sociedad de responsabilidad limitada, constituida conforme a las leyes de la República de Chile, del giro de su denominación, rol único tributario número 76.375.367-0, domiciliada en Franklin Delano Roosevelt N°886, La Serena. III.- Inscríbase la sentencia, dentro del plazo legal en el Registro del Conservador de Minas de El Loa Calama. IV.- Practíquese la publicación legal extractada en conformidad a lo dispuesto en el artículo 89 y 90 del Código de Minería y 43 del reglamento. V.- Archívese la copia del plano de la concesión de exploración en el Registro de Descubrimiento de Propiedad del Conservador de Minas de esta ciudad. VI.- El interesado deberá entregar el original del plano de la concesión minera de exploración al Servicio Nacional de Geología y Minería. Notifíquese por el estado diario. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol V-1003-2021. Dictada por doña MAGALY CAROLINA MELGAREJO PADILLA, Jueza (S) del Tercer Juzgado de Letras de Calama. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Calama, cinco de Febrero de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en ht

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FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : V-1003-2021 CARATULADO : COMPA IA MINERA KAIROS CHILEÑ LIMITADA/ Calama, cinco de Febrero de dos mil veintid só VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 26 de julio de 2021, comparece don GONZALO PHILLIPS DEL POZO, chileno, casado, Abogado, Cédula Nacional de IdentidadNº 10.143.029-4, en representación

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