COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES/
Rol
V-1021-2020
Fecha
4 de febrero de 2022
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 24 de agosto de 2020, comparece don DANIEL RAMIREZ TOLEDO, chileno, casado, empleado, cédula nacional de identidad Nº 10.592.425-9, en representación de COMPAÑIA CONTRACTUAL MINERA DE LOS ANDES, empresa chilena, Rol Único Tributario 78.860.780-6, ambos domiciliados en Avenida Nueva Oriente N° 2696, Villa Exótica, Calama, quien solicito para su mandante concesión minera de EXPLOTACIÓN, que denominara “CUCU J 1, 1:20”, con una superficie 20 pertenencias de 10 hectáreas cada una, cubriendo una superficie total de 200 hectáreas. 2.- Que, a folio 1, 4, 7, 12 y 18 el solicitante de autos acompaña documentos. 3.- Que, a folio 14, consta informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería de II Región, Antofagasta. 4.- Que, a folio 16, con fecha 13 de enero de 2022, se trajeron los autos para fallo. 5.- Que, a folio 17, con fecha 20 de enero de 2022 se decreta Medida Para Mejor Resolver.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don DANIEL RAMIREZ TOLEDO, solicita para su mandante, concesión minera en terrenos ubicados en la provincia El Loa, comuna de Calama, II Región de Antofagasta, sobre una superficie 200 hectáreas, la que denominará “CUCU J 1, 1:20”, conforme a los antecedentes presentados. RIT« » Foja: 1 SEGUNDO: Que, el solicitante hace uso del derecho que le confiere la concesión minera de exploración vigente denominada "CUCU J 1", cuya sentencia constitutiva de fecha 16 de octubre del 2018, en la causa rol V-359- 2018, del Primer Juzgado de Letras de Calama. Misma que rola inscrita a Fojas 649, N° 385 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama correspondiente al año 2019. Concesión presentada con fecha 04 de junio del 2018. TERCERO: Que, a folio 4, consta que la manifestación minera fue inscrita a fojas 3.838 bajo el N° 2.471, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 28 de agosto de 2020. CUARTO: Que, a folio 18, dicha manifestación minera fue publicada con fecha 14 de septiembre de 2020, Diario Oficial, edición Nº 42.756, según ejemplar acompañado. QUINTO: Que, no hay constancia en autos de que se haya deducido oposición a la solicitud de mensura de estas pertenencias, dentro del plazo legal. SEXTO: Que, a folio 7, consta que la solicitud de mensura fue publicada con fecha 19 de abril de 2021, en el Diario Oficial de la República de Chile, edición N° 42.933. SEPTIMO: Que, el Servicio Nacional de Geología y Minería II Región, Antofagasta, con fecha 04 de enero de 2022, mediante ordinario N° 0011, informó que el perito ha cumplido con el envió al Servicio Nacional de la cartera de terreno y planillas de cálculos, de acuerdo al reglamento y a las normas impartidas por el organismo, correspondiente a la mensura de las pertenencias CUCU J1 1/20, solicitadas por Compañía Minera Los Andes, mensuradas el 30 de agosto de 2021, ubicadas en 7509500 493000, comuna de Calama, provincia de El Loa, con un total de 200 hectáreas. Continua, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de la pertenencia se ajusta a la Ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. Además, el perito ha presentado una declaración jurada a este servicio como antecedente técnico, RIT« » Foja: 1 de acuerdo a lo establecido por el artículo 33 bis del reglamento del Código de Minería, acreditando que el hito de mensura y sus respectivos linderos han sido correctamente colocados, a excepción del vértice perimetral L1 que no fue construido por las causas expresadas en acta. Finaliza el informe, señalando que dictada la sentencia constitutiva se recomienda entregar al Servicio Nacional copia de la misma. OCTAVO: Que, el acta y plano de la mensura de estas pertenencias, constan que las coordenadas U.T.M. de
Fallo
se resuelve: I.- Que, se aprueba los planos y actas de mensura de las pertenencias mineras “CUCU J 1, 1:20”. II.- Que, se declaran constituidas las pertenencias mineras de “CUCU J 1, 1:20”, cuya superficie es de 200 hectáreas una a favor de COMPAÑIA CONTRACTUAL MINERA DE LOS ANDES, empresa chilena, Rol Único Tributario 78.860.780-6, domiciliada en Avenida Nueva Oriente N° 2696, Villa Exótica, Calama. III.- Una vez certificada -a petición de la interesada- la ejecutoriedad de la presente sentencia, remítase -por este Juzgado- dicha certificación, junto a la sentencia constitutiva y copia digital del plano aprobado por Sernageomin, al correo electrónico proporcionado por el Conservador de Minas para tal efecto. IV.- Inscríbase la sentencia, dentro del plazo legal en el Registro del Conservador de Minas de El Loa Calama. Con este objeto, la concesionaria deberá requerir el inicio del trámite al siguiente correo electrónico del Conservador de Minas: conservadorminas@notariavaras.cl. V.- Practíquese la publicación legal extractada en conformidad a lo dispuesto en el artículo 89 y 90 del Código de Minería y 43 del reglamento. VI.- Remítase -por este Tribunal- copia de los antecedentes referidos en el punto III a Sernageomin, al correo electrónico aportado por el referido Servicio. Este envío se entenderá suficiente cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 42 del Reglamento del Código del ramo. Notifíquese por el estado diario. Regístrese y archívese en su opor
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : V-1021-2020 CARATULADO : COMPA A CONTRACTUAL MINERA LOSÑÍ ANDES/ Calama, cuatro de Febrero de dos mil veintid só VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 24 de agosto de 2020, comparece don DANIEL RAMIREZ TOLEDO, chileno, casado, empleado, cédula nacional de identidad Nº 10.592.425-9, en
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