COVARRUBIAS/YONATHAN MORENO MONTAYA MONTAJES Y ESCALERAS EIRL
Rol
O-3590-2022
Fecha
29 de diciembre de 2022
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a probar: 1. Existencia de vínculo laboral entre la demandante y Yonathan Moreno Montoya Montajes y Escaleras EIRL. Tiempo servido, estipulaciones del contrato. 2. Base de cálculo. 3. Fecha, forma, causas y circunstancias de la terminación de los servicios. 4. En la afirmativa de vínculo laboral, solución de feriado que se demanda. 5. Existencia de servicios de la demandante en régimen de subcontrato para TRANSVE S.A., en la afirmativa, extensión de dichos servicios. CUARTO: Que, en la audiencia de juicio la parte demandante incorporó los siguientes elementos de convicción: Documental: 1) Contrato de trabajo celebrado entre la actora y la demanda principal de fecha 01 de agosto de 2020. 2) Carta de aviso de término de contrato de trabajo de fecha 29 de marzo de 2022. 3) Liquidaciones de sueldo de la trabajadora correspondientes a los meses de octubre a diciembre de 2020. 4) 2 licencias médicas de fecha 02 de febrero de 2022 y su debido comprobante Folio N° 3.0653983344-1 y 07 de marzo de 2022 N° de folio 3.067200555-8. 5) Constancia realizada por la actora ante Inspección del Trabajo de fecha 28 de marzo de 2022 N° 423 del año 2022. 6) Captura de pantalla de registro de llamadas realizadas por el representante legal de la demandada principal a la actora de fecha 28 de marzo de 2022. 7) Fotografía de la actora en dependencias de la demandada principal de fecha 28 de marzo de 2022. 8) Captura de pantalla de correo electrónico enviado por representante legal de la demandada principal a la actora con fecha 30 de marzo de 2022. Confesional: Absolvió posiciones don Gonzalo Eduardo Peñailillo Salgado, en calidad de representante legal de la demandada solidaria, según los antecedentes que constan en el registro de audio. Se deja constancia que no comparece el representante legal de la parte demanda principal. El Tribunal señala que el apercibimiento respectivo será resuelto en sentencia definitiva. Testimonial: Declararon los siguientes testigos, quien
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece al proceso DAISY DEL CARMEN COVARRUBIAS ECHEVERRIA, cédula nacional de Identidad N°12.347.742-1, chilena, divorciada, desempleada, con domicilio para estos efectos en Avenida Guillermo Huelquén N° 1781, departamento 1122, Comuna La Serena, quien demanda en procedimiento de aplicación general, por despido injustificado, y cobro de prestaciones laborales, a su ex empleador, YONATHAN DAVID MORENO MONTOYA MONTAJE DE ASCENSORES Y ESCALERAS MECANICAS E.I.R.L. RUT: N° 76.833.194-4 representada legalmente por don Yonathan David Moreno Montoya, cédula de identidad N° 14.144.207-4, o por quien represente a la empresa al momento de notificación de la presente demanda, conforme lo dispuesto en el artículo 4 del Código del Trabajo, ambos con domicilio en calle Marte 1356, comuna de Quinta Normal y solidariamente o en subsidio en caso improbable de no dar lugar a la solidaridad, en contra de TRANSVE S.A., RUT: N° 96.802.280-6, representada legalmente por Gonzalo Eduardo Peñailillo Salgado , RUT: N° 15.345.838-3, o por quien represente a la empresa al momento de notificación de la presente demanda, conforme lo dispuesto en el artículo 4 del Código del Trabajo, ambos con domicilio en Calle Marchant Pereira N ° 3256, Comuna Ñuñoa, Santiago. Indica que con fecha 01 de Agosto de 2020, comenzó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para la demandada de autos, cuya naturaleza del contrato de trabajo al término de la relación laboral era de carácter INDEFINIDO. Se desempeñaba en calidad de "Supervisora de contrato”, desarrollando sus funciones en el departamento destinado para labores administrativas de la demandada principal, ubicado en Avenida Nueva Providencia N° 1645, departamento 2304, comuna Providencia. En cuanto a la remuneración señala que al momento del despido esta ascendía a la suma de $1.642.375.- que conforme lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo. Añade que durante toda la relación laboral se desempeñó de manera habitual para la entidad mandante de mi empleador, esta es, la demandada solidaria TRANSVE S.A. conforme al contrato civil o comercial que mi empleador mantenía con ésta encargándome de la supervisión, gestión y administración del contrato de montaje e instalación de ascensores que ambas empresas mantuvieron vigentes. En cuanto al despido, refiere que llevaba un período extenso con licencia médica, a raíz de un diagnóstico psiquiátrico, dentro del último período previo al despido, presenté licencia médica otorgada por médico particular N° 3 065398344-1 con fecha de inicio reposo desde el día 5 de febrero por 30 días corridos y luego otra por un problema traumatológico adicional N°3 067200555-8 desde el 7 de marzo de 2022 por 21 días, debiendo reintegrarse a sus funciones el día 28 de marzo del presente año. De tal forma, días antes de mi reintegro a las labores, encontrándome preocupada de mi situación laboral, intento comunicarme con mi ex empleador a fin de ob
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE, en todas sus partes, la demanda de autos interpuesta por DAISY DEL CARMEN COVARRUBIAS ECHEVERRIA solo en contra de YONATHAN DAVID MORENO MONTOYA MONTAJE DE ASCENSORES Y ESCALERAS MECANICAS E.I.R.L., declarándose injustificado el despido de que fue objeto la actora, y en consecuencia la parte demandada principal deberá pagar las siguientes sumas, por los conceptos que en cada caso se indican: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo por $ 1.642.375.- 2. - Indemnización por años de servicio por un total de $ 3.284.750.-, más el recargo del 50% conforme al artículo 168 letra b) del Código del Trabajo, ascendente a $1.642.375.- 3. Feriado legal, por$1.149.663.- 4.- Feriado proporcional por la suma de $541.984 II.- Que las sumas indicadas en el numeral I, deberán pagarse con reajustes e intereses, conforme a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se rechaza la demanda en relación a la demandada Transve S.A. IV.- Que, se condena en costas a la demandada YONATHAN DAVID MORENO MONTOYA MONTAJE DE ASCENSORES Y ESCALERAS MECANICAS E.I.R.L.A, regulándose prudencialmente las mismas en la suma de $400.000.- V.- Ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia cúmplase con lo dispuesto en ella, dentro de quinto día. En caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de esta ciudad. Regístrese y archívese en su oportunidad RIT O-3590-2022 RUC 22- 4-0407250-5 Dicta
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece al proceso DAISY DEL CARMEN COVARRUBIAS ECHEVERRIA, cédula nacional de Identidad N°12.347.742-1, chilena, divorciada, desempleada, con domicilio para estos efectos en Avenida Guillermo Huelquén N° 1781, departamento 1122, Comuna La Serena, quien demanda en procedimient
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