26º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK CHILE S. A./JARA

Rol

C-7362-2021

Fecha

3 de febrero de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Fallo

se declararon admisibles las excepciones, recibiéndolas a prueba. Con fecha 31 de enero de 2022, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO. PRIMERO. Que, a fin de acreditar su pretensión el ejecutante acompañó en forma legal los pagarés de autos y contratos ya señalados. SEGUNDO. Que, en cuanto a la primera excepción opuesta, siendo del todo improcedentes los argumentos de la misma, se desestimará la excepción del número 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO. Que, respecto a la segunda y tercera excepción opuestas, y tratándose de simples afirmaciones de la ejecutada el hecho de haber efectuado pagos parciales a la deuda y de existir una renegociación de la deuda que tiene con el ejecutante, lo que no ha sido acreditado por ésta, correspondiéndole la carga de la prueba, se rechazaran las excepciones de los números 9 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. CUARTO. Que, incumbe probar la existencia de las obligaciones o su extinción a quien alega aquéllas o ésta. Por estas consideraciones, normas legales citadas y lo dispuesto en los artículos 158, 169, 170, 254, 341, 434, 435, 438, 464 números 7, 9 y 11, 465, 470, 471 del Código de Procedimiento Civil, Ley 20.027, se declara: RM C-7362-2021 Foja: 1 - Que se rechazan, con costas, las excepciones opuestas por la ejecutada, debiendo seguir adelante la ejecución hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado. Regístrese y notifíquese. PRONUNCIADA POR CAROLINA CANALES MORAL

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C-7362-2021 Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7362-2021 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./JARA Santiago, tres de Febrero de dos mil veintid só VISTOS. Con fecha 01 de septiembre de 2021, Leslie Merino Mendoza, abogada, en representación del BANCO SCOTIABANK CHILE, sociedad anónima bancaria, cuyo gerente general es don Di

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