2º Juzgado Civil de Talcahuano

BANCO DELESTADO DE CHILE/MUÑOZ

Rol

C-480-2019

Fecha

3 de febrero de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1 compareci don ó Maximiliano Jos S nchez Derioé á , abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, comuna de Santiago, mandatario judicial en representaci n convencional del ó Banco del Estado de Chile, empresa aut noma de cr ditos del estado, representadoó é legalmente por su Gerente General Ejecutivo, actualmente don Juan Cooper lvarez, chileno, casado, ingeniero comercial, Rut N 9.096.866-1, ambosÁ ° domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O Higgins N 1111, Santiago,´ ° quien interpuso demanda ejecutiva en contra de don Mois s Eduardoé Mu oz Curimanñ , Rut 18.388.933-8, de quien ignora profesi n u oficio,ó con domicilio en Bah a Inglesa N 1759, Talcahuano.í ° Para fundamentar el libelo, expres que los t tulos cuyo cobro seó í persigue corresponden a tres pagar s suscritos el 25 de diciembre de 2018é por Leslie Andrea Contreras Vilches y H ctor Patricio Parra Conchaé , ambos empleados del Banco, con domicilio en Alameda Libertador Bernardo O Higgins N 1111, Santiago, en representaci n de don Mois s’ ° ó é Eduardo Mu oz Curiman, en virtud del mandato conferido por ste ltimo,ñ é ú en las cl usulas 15 y 16 del Contrato de Apertura de L nea de Cr dito paraá í é Estudiantes de Educaci n Superior con Garant a Estatal, seg n la Leyó í ú 20.027, el primero de ellos por la suma de 57,809800 UF, el segundo por la suma de 28,904900 UF y el tercero por la suma de 9,634900 UF., pagar sé cuyo capital, de acuerdo a lo pactado, devengar a a contar de la fecha deí suscripci n y hasta el pago, la tasa m xima de inter s convencionaló á é permitido estipular para operaciones de cr dito de dinero; adem s, seé á estipul que en caso de no pago de la deuda a la presentaci n a cobro, seó ó capitalizaran los intereses vencidos y la obligaci n devengar a a favor deló í Banco, a partir de la misma fecha, a t tulo de pena, intereses moratorios aí una tasa de inter s m xima convencional fijada a la fecha de suscripci n delé á ó pagar , a menos que rija durante la mora o reta

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en folio 1, el abogado Maximiliano Jos S nchezé á Derio, abogado, mandatario judicial en representaci n convencional deló Banco del Estado de Chile, empresa aut noma de cr ditos del estado,ó é representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo, actualmente, don Juan Cooper lvarez, quien deduce demanda de cobro de pagar enÁ é procedimiento ejecutivo, en contra de Mois s Eduardo Mu oz Curimané ñ todos perfectamente individualizados en autos, fundado en que su mandante es due o de los pagar s que singulariza, en el libelo de folio 1, suscritos porñ é la demandada a trav s de Leslie Andrea Contreras Vilches y H ctoré é Patricio Parra Concha, ambas empleadas del Banco y en representaci n deó dicha entidad financiera y esta ltima en representaci n de la ejecutada, losú ó que no fueron pagados oportunamente por el demandado. SEGUNDO: Que, en primer otros de folio 45 comparece í Mois sé Eduardo Mu oz Curimanñ , quien se opuso a la ejecuci n por medio de laó excepci n del N 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, enó ° í ó virtud de lo resumido en lo expositivo del fallo. TERCERO: Que, a folio 49, el ejecutante evacu el traslado que seó le confiriera respecto de la excepci n deducida, allan ndose a ella,ó á y haciendo reserva de su derecho para entablar la acci n ordinaria, sobre losó mismos puntos, de conformidad a lo previsto en el art culo 478 inciso 2 delí ° C digo de Procedimiento Civil,ó CUARTO: Que, con el objeto de acreditar sus pretensiones, el ejecutante acompa a junto a su libelo la siguiente documental:ñ a) Pagar sin obligaci n de protesto, Financiamiento de Estudios deé ó Educaci n Superior con Garant a del Estado, Fisco de Chile (Leyó í N 20.027), emitido con fecha 24 de diciembre de 2018, por la suma de° 57,8098 U.F. por concepto de capital, pagadero el 26 de diciembre del mismo a o, suscrito por Leslie Andrea Contreras Vilches y H ctor Patricioñ é Parra Concha, en representaci n del deudor, y cuyas firmas aparecenó autorizadas por Notario P blico de la 30 Notar a de Santiago donú ° í Francisco Guti rrez L pez.é ó b) Pagar sin obligaci n de protesto, Financiamiento de Estudios deé ó Educaci n Superior con Garant a del Estado, Fisco de Chile (Leyó í N 20.027), emitido con fecha 24 de diciembre de 2018, por la suma de° 9,6349U.F. por concepto de capital, pagadero el 26 de diciembre del mismo a o, suscrito por Leslie Andrea Contreras Vilches y H ctor Patricio Parrañ é Concha, en representaci n del deudor, y cuyas firmas aparecen autorizadasó Foja: 1 por Notario P blico de la 30 Notar a de Santiago don Francisco Guti rrezú ° í é L pez.ó c) Pagar sin obligaci n de protesto, Financiamiento de Estudios deé ó Educaci n Superior con Garant a del Estado, Fisco de Chile (Leyó í N 20.027), emitido con fecha 24 de diciembre de 2018, por la suma de° 28,9049 U.F. por concepto de capital, pagadero el 26 de diciembre del mismo a o, suscrito por Leslie Andrea Contreras Vilches y H ctor Patricioñ é Parra Conch

Fallo

Por estas consideraciones y visto, adem s, lo prevenido en los art culosá í 160, 170, 313, 434, 464 N 17, 471 y 478 del C digo de Procedimiento° ó Civil, y Ley 18092, se declara: I.- Que se acoge la excepci n de prescripci n, contemplada en eló ó numeral 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, deducidaí ó en autos a folio 45, y en consecuencia, se desestima la ejecuci n.ó II.- Que se reserva para el juicio ordinario la acci n deducida, por eló ejecutante en lo principal de folio 1. II.- Que no se condena en costas a la ejecutante por no haber existido oposici n.ó Reg strese, notif quese y arch vese, en su oportunidad.í í í Rol C-480-2019. Dictada por do a ñ KARINA IVONNE LUNA ANGULO, Juez Subrogante del Segundo Juzgado Civil de Talcahuano. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Talcahuano, tres de Febrero de dos mil veintid só Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-02-03T12:18:37-0300

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : C-480-2019 CARATULADO : BANCO DELESTADO DE CHILE/MU OZÑ Talcahuano, tres de Febrero de dos mil veintid s.ó VISTO: A folio 1 compareci don ó Maximiliano Jos S nchez Derioé á , abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, comuna de Santiago, mandatario judicial en representaci n convencional del ó Banco del

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