3º Juzgado de Letras de Talca

TRONCOSO/

Rol

V-68-2021

Fecha

2 de febrero de 2022

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 se presenta do a ñ Maribel del Carmen Troncoso Mariata, ingeniero civil, domiciliada en calle 11 Sur, N mero 142, deú Talca, quien se ala que por este acto y en virtud de los art culos 817 yñ í siguientes del C digo de Procedimiento Civil, viene en deducir, enó procedimiento no contencioso, acci n de rectificaci n de cabida deló ó inmueble que individualizare mas adelante, por las razones de hecho y de derecho que pasa a exponer: 1.- Antecedentes de la propiedad. Adquir laí propiedad ubicada en Avenida Cancha Rayada n mero 1977, de la ciudadú de Talca, por sucesi n por causa de muerte de mi padre, don Manueló Antonio Troncoso Contreras, conjuntamente con mi madre, Dora del Carmen Mariata Fuentes y sus tres hermanos Soledad del Carmen, Thais Damaris y Eduardo Andr s todos Troncoso Mariata seg n da cuenta elé ú certificado de dominio que se acompa a en un otros de esta presentaci n.ñ í ó Dicha propiedad consiste en un bien ra z inscrito a fojas 1812, n meroí ú 1689, del Registro de Propiedades del a o 2019 del Conservador de Bienesñ Ra ces de Talca, de una cabida de diecisiete metros de frente, cuarentaí metros cincuenta cent metros de contrafrente y treinta y ocho metros veinteí cent metros de fondo, de forma irregular, que deslinda seg n su t tulo:í ú í NORTE: Avenida Cancha Rayada; SUR: ngel Rivera; Adri n Correa yÁ á Humberto Maturana; ORIENTE: Sucesi n Amalia Morales; yó PONIENTE: Sabino Henr quez. En cuanto al Rol de Aval o, la propiedadí ú figura bajo el Rol N 1038 - 7, de la comuna de Talca. Es as como ni en° í dicha inscripci n de dominio ni en las anteriores de esta propiedad se haceó menci n a la superficie o cabida total de la propiedad indicada, comoó tampoco lo se ala la escritura de compraventa celebrada por mi padre, donñ Manuel Antonio Troncoso Contreras, que se acompa a a esta solicitud. ñ 2.- Cabida o Superficie Real. Que la Sucesi n Hereditaria de la que formoó parte, se encuentra realizando los tr mites para concretar una comprav

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que tal como ha quedado relacionado en la parte expositiva de este fallo, la interesada solicita que se ordene al se orñ Conservador de Bienes Ra ces de Talca, incorporar en la inscripci ní ó dominica a que alude en su libelo, consignando que la cabida real de dicha finca es de 1880,559 metros cuadrados (sic).“ ” SEGUNDO: Que, entre otras, son finalidades de la inscripci nó conservatoria, la de mantener o conservar la historia de la propiedad ra z,í objeto que el se or Presidente de la Rep blica de la poca don Manuelñ ú é Montt cristaliz el 22 de noviembre de 1855 en el Mensaje del C digo deó ó Bello, al expresar, con ocasi n del dominio , uso y goce de los bienes y laó tradici n del dominio de bienes ra ces y dem s derechos reales, conó í á excepci n de las servidumbres, que con la inscripci n conservatoria seó ó pretend a: dar una completa publicidad a lasí “… hipotecas, y poner a la vista de todos el estado de las fortunas que consisten en posesiones territoriales... ; En cuanto a poner a la vista de todos el estado de las” “… fortunas territoriales, el arbitrio m s sencillo era hacer obligatoria laá inscripci n de todas las enajenaciones de bienes ra ces, inclusas lasó í transmisiones hereditarias de ellos, las adjudicaciones y la constituci n deó todo derecho real en ellos. Exceptu ndose los de servidumbres prediales, porá no haber parecido de bastante importancia ; Como el Registro…” “… Conservatorio est abierto a todos, no puede haber posesi n m s p blica,á ó á ú m s solemne, m s indisputable, que inscripci n y, finalmente, ..Laá á ó …” “ inscripci n ser a desde entonces un t tulo incontrastable de propiedad,ó í í obteni ndose as el resultado a que otros quer an llegar desde luego, sin queé í í para ello sea necesario apelar a medidas odiosas, que producir an un graveí sacudimiento en toda la propiedad territorial .” TERCERO: Que, las finalidad descrita en el motivo que precede, se materializ en la aprobaci n del art culo 695 de la recopilaci n sustantivaó ó í ó civil y en cuya virtud de dict el Reglamento del Registro Conservatorio deó Bienes Ra ces, actualmente vigente.í CUARTO: Que, en la inscripci n individualizada en la parteó expositiva de este fallo, la auxiliar de la administraci n de justicia de que seó trata, observ lo dispuesto en el art culo 688 del C digo Civil, en relaci n aó í ó ó los art culos 55, 70 y 78 del reglamento que gobierna su ministerio. í QUINTO: Que, necesario es consignar en el presente fallo, que el solicitante impetra a trav s del presente acto judicial no contencioso,é determinar cu l es la real y efectiva cabida del fundo de su dominio, siná perseguir en caso alguno alterar los deslindes o l mites de aquel, cuesti ní ó que obvia y naturalmente supera con creces la rbita de un acto judicial deó esta naturaleza. SEXT O : Que en el en su art culo 78 del Reglamento deí Conservador de Bienes Ra ces, se hace menci n a lo que debe contener laí ó inscripci n de t tulos de propiedad y de derec

Texto Completo (Preview)

FOJA: 26 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Talca CAUSA ROL : V-68-2021 CARATULADO : TRONCOSO/ Talca, dos de febrero de dos mil veintid s.-ó VISTOS: A folio 1 se presenta do a ñ Maribel del Carmen Troncoso Mariata, ingeniero civil, domiciliada en calle 11 Sur, N mero 142, deú Talca, quien se ala que por este acto y en virtud de los art culos 817 yñ í siguientes

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