ANONIMIZADO
Rol
P-105-2024
Fecha
8 de febrero de 2024
Materia
VULNERACIÓN DE DERECHOS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos denunciados no revisten la gravedad exigida en los artículos 30 y 31 de la Ley 16.618 que justifique la intervención del tribunal como vía urgente para adoptar las medidas idóneas para resguardarle, tal como lo dispone el artículo 68 de la Ley 19.968, y visto, lo dispuesto en los artículos 8 Nº 7, 54-1 y 68 y siguientes de la Ley 19.968; se resuelve: I) Que se rechaza el requerimiento de protección interpuesto a favor de los derechos del...
Fallo
se resuelve: I) Que se rechaza el requerimiento de protección interpuesto a favor de los derechos del...
Texto Completo (Preview)
Quilpué, ocho de febrero de dos mil veinticuatro. Téngase por evacuada la opinión del consejo técnico. Teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes y lo expuesto por la propia requirente ante profesional del consejo técnico, se desprende que los hechos denunciados no revisten la gravedad exigida en los artículos 30 y 31 de la Ley 16.618 que justifique la intervención del tribunal como vía
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