12º Juzgado Civil de Santiago

ITAUCORPBANCA S.A./PASMIÑO

Rol

C-6519-2021

Fecha

31 de enero de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos ajenos a la realidad, lo que es probado por el hecho que su parte ha procedido a instruir la ejecuci n forzada de los cr ditosó é adeudados, los que como se ha se alado, no han sido ni est n siendo objeto de pr rrogasñ á ó ni esperas. Por las razones expuestas solicita tener por evacuado el traslado conferido a su parte respecto de la excepci n opuesta por la contraria y, con su m rito, rechazarla enó é todas sus partes, con expresa condenaci n en costas.ó A folio 10, se declara admisible la excepci n opuesta y se recibe a prueba, sinó aportarse nuevos antecedentes. A folio 28, se cita a las partes a o r sentencia.í CON LO RELACIONADO Y C O N S I D E R A N D O: PRIMERO: Que, BANCO ITA CORPBANCA interpuso demanda ejecutivaÚ de cobro de pagar , conforme a la Ley 20.027 y su Reglamento, en contra de do aé ñ ANDREA DEL PILAR PASMI O LUNA, todos previamente individualizados,Ñ solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra, en losó t rminos ya descritos en lo expositivo de este fallo, que se dan por reproducidos.é SEGUNDO: Que, la ejecutada opuso la excepci n del art culo 464 n mero 11ó í ú del C digoó de Procedimiento Civil, por las razones de hecho y derecho expuestas en la parte expositiva de este fallo. Asimismo, la ejecutante evacu el traslado conferido respecto de la excepci nó ó antes se alada, ñ solicitando su rechazo. TERCERO: Que, la excepci n opuesta por la parte ejecutada del art culo 464ó í N 11 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, º ó la concesi n de esperas o pr rroga deló ó C-6519-2021 Foja: 1 plazo requiere ser probada por quien la alega y al efecto el ejecutado no presentó probanza alguna para acreditar la existencia de alguna la concesi n de esperas oó pr rrogas que reclama, por lo que solo cabe rechazarla, como se dir a continuaci n.ó á ó Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1698, 1700,á í 1702 del C digo Civil; art culos 144, 160, 170, 254, 342, 346, 434, 464 y 471 deló í C

Fallo

se declara admisible la excepci n opuesta y se recibe a prueba, sinó aportarse nuevos antecedentes. A folio 28, se cita a las partes a o r sentencia.í CON LO RELACIONADO Y C O N S I D E R A N D O: PRIMERO: Que, BANCO ITA CORPBANCA interpuso demanda ejecutivaÚ de cobro de pagar , conforme a la Ley 20.027 y su Reglamento, en contra de do aé ñ ANDREA DEL PILAR PASMI O LUNA, todos previamente individualizados,Ñ solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra, en losó t rminos ya descritos en lo expositivo de este fallo, que se dan por reproducidos.é SEGUNDO: Que, la ejecutada opuso la excepci n del art culo 464 n mero 11ó í ú del C digoó de Procedimiento Civil, por las razones de hecho y derecho expuestas en la parte expositiva de este fallo. Asimismo, la ejecutante evacu el traslado conferido respecto de la excepci nó ó antes se alada, ñ solicitando su rechazo. TERCERO: Que, la excepci n opuesta por la parte ejecutada del art culo 464ó í N 11 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, º ó la concesi n de esperas o pr rroga deló ó C-6519-2021 Foja: 1 plazo requiere ser probada por quien la alega y al efecto el ejecutado no presentó probanza alguna para acreditar la existencia de alguna la concesi n de esperas oó pr rrogas que reclama, por lo que solo cabe rechazarla, como se dir a continuaci n.ó á ó Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1698, 1700,á í 1702 del C digo Civil; art culos 144, 160, 170, 254, 342, 346, 434,

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C-6519-2021 Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6519-2021 CARATULADO : ITAUCORPBANCA S.A./PASMI OÑ Santiago, treinta y uno de Enero de dos mil veintid só V I S T O S: A folio 1, comparece don Felipe Hern n Fr as Jones, abogado, mandatarioá í judicial, en representaci n convencional de BANCO ITA CORPBANCA sociedadó Ú an nima b

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