1º Juzgado de Letras de Punta Arenas

BANCO SANTANDER - CHILE/CONTRATISTA DE OBRAS STIPE ANDRES MILOVIC BAUK EIRL

Rol

C-611-2020

Fecha

31 de enero de 2022

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y de derecho que se exponen. Se al que, por escritura p blica de Contrato de Arrendamiento , celebrado elñ ó ú “ ” 28 de abril de 2017, otorgada en la notar a de Punta Arenas de don Evaldo Danielí Rehbein Utreras y su modificaci n de fecha 09 de julio de 2018, otorgada en la notar aó í de Punta Arenas de don Igor Trincado Urra, el BANCO SANTANDER-CHILE dio en arrendamiento a CONTRATISTA DE OBRAS STIPE ANDRES MILOVIC BAUK EIRL, representada por don STIPE ANDRES MILOVIC BAUK los siguientes bienes inmuebles: - Inmueble ubicado en esta ciudad, en calle Manuel Aguilar N 01605, inscrito a° fojas 1514 vuelta, n mero 2554 en el Registro de Propiedad del a o 2017 del citadoú ñ Conservador. - Inmueble ubicado en esta ciudad, en calle Dos Proyectada N 01602, que° corresponde al sitio n mero Tres de la manzana B del Loteo Altos del Bosque IV ,ú “ ” “ ” inscrito a fojas 1037, n mero 1721 en el Registro de Propiedad del a o 2017 del citadoú ñ Conservador. Se al que el plazo del contrato de arrendamiento ser a de 144 meses contadosñ ó í desde la fecha en que se inscriba el dominio de los inmuebles a nombre del Banco Santander Chile. Indic que las partes expresamente convinieron que la renta mensual deó arrendamiento ser a de 169,11 unidades de fomento, m s el correspondiente impuesto alí á valor agregado. Las 138 rentas de arrendamiento serian pagadas por la arrendataria a partir de doscientos diez d as despu s de la fecha de la inscripci n de dominio de losí é ó inmuebles a favor del Banco Santander. Agreg que, con fecha 09 de julio de 2018, mediante escritura p blica otorgadaó ú en la notar a de Punta Arenas de don Igor Trincado Urra se modific el referidoí ó contrato de arrendamiento, conviniendo las partes que el plazo de vigencia del contrato aumenta de ciento cuarenta y cuatro a ciento cincuenta meses (150) contados desde la fecha de la inscripci n de dominio de los inmuebles a favor del Banco Santander y queó la primera renta de arrendamiento pend

Fallo

Por lo expuesto, solicita tener por interpuesta demanda de terminaci n deó contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contra de CONTRATISTA DE OBRAS STIPE ANDRES MILOVIC BAUK EIRL, representada por don STIPE ANDRES MILOVIC BAUK, y, en contra de ste ltimo en su calidad de fiador yé ú codeudor solidario de la demandada principal, y en su car cter de arrendataria yá deudora, ordenar que la primera de las reconvenciones de pago se practique junto con la notificaci n de la demanda, citar a las partes al comparendo de contestaci n,ó ó conciliaci n y prueba a realizarse el quinto d a despu s de notificada la demanda,ó í é oportunidad en la cual deber practicarse la segunda reconvenci n de pago, y ená ó definitiva, acogerla en todas sus partes declarando: a) La terminaci n inmediata del contrato de arrendamiento singularizado en loó principal, ordenando la restituci n de los inmuebles arrendados dentro del plazo deó tercero d a despu s de dictada la sentencia definitiva;í é b) Que se condena a la parte demandada al pago de las rentas de arrendamiento impagas, que ascienden actualmente a la cantidad de 11693,85 Unidades de Fomento, suma que s lo a modo referencial ascend a al 27 de marzo de 2020 a $334.242.274.-,ó í s lo por concepto de rentas de arrendamiento impagas, incluyendo la ltima de ellas,ó ú m s el correspondiente impuesto al valor agregado, m s los intereses m ximosá á á convencionales para operaciones de cr dito de dinero calculadas al vencimiento de cadaé cuota so

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Punta Arenasº CAUSA ROL : C-611-2020 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/CONTRATISTA DE OBRAS STIPE ANDRES MILOVIC BAUK EIRL Dtr Punta Arenas, treinta y uno de Enero de dos mil veintid só VISTOS. Con fecha 30 de marzo de 2020, folio 1, compareci don Jó . ALEJANDRO RODRIGUEZ MU OZÑ , abogado, c dula de identidad N 9.037.240-8, mandat

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