6º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ KARINA CONSTANSA BOLAÑOS BUIZA

Rol

O-4527-2024

Fecha

30 de septiembre de 2025

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Y acorde a lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6 y N° 9, 15, 29, 30, 49, 50, 68, 69, 70, 449 y 456 BIS A del Código Penal; artículos 47, 297, 340, 351 y 406 y siguientes del Código Procesal Penal y siguientes, y artículos 1, 15 y siguientes y 38 de la ley 18.216 se declara: I. Que se condena a KARINA CONSTANSA BOLAÑOS BUIZA y a ANTHONY GUSTAVO MARTINEZ BAYLON, como autores de un delito de receptación de vehículo motorizado en carácter de reiterado, descubiertos el día 14 de septiembre del año 2024, relacionados a los vehículos placas patentes FXYY-63 y SXGL-11, los cuales figuran sustraídos los días 10 y 12 de septiembre del año 2024, a las siguientes penas para cada uno de ellos: a) A la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA de presidio menor en su grado máximo; b) A la pena de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; c) Al pago de una multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL la que se declara cumplida en forma íntegra por cada uno de ellos, a título sustitutivo, conforme al día que permanecieron privados de libertad con motivo de este proceso, según así consta en la audiencia de control de detención del día 15 de septiembre de 2024. II. Que a propósito de las penas de presidio impuestas en el resuelvo precedente y acorde a lo ya razonado, este Tribunal sustituye dicha pena por la de libertad vigilada intensiva, quedando los sentenciados sujetos, en consecuencia, a un régimen de tratamiento y observación para ante el centro correspondiente de Gendarmería de Chile por el lapso de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA debiendo, en dicho período, someterse a las directrices y orientaciones que se le impongan en el plan de intervención que, dentro de plazo legal, presentará el señalado centro. Sin perjuicio de ajustarse al referido Plan, los sentenciados deberán dar estricto cumplimiento, además, a las condiciones previstas en el artículo 17 de la ley 18.

Fallo

se declara: I. Que se condena a KARINA CONSTANSA BOLAÑOS BUIZA y a ANTHONY GUSTAVO MARTINEZ BAYLON, como autores de un delito de receptación de vehículo motorizado en carácter de reiterado, descubiertos el día 14 de septiembre del año 2024, relacionados a los vehículos placas patentes FXYY-63 y SXGL-11, los cuales figuran sustraídos los días 10 y 12 de septiembre del año 2024, a las siguientes penas para cada uno de ellos: a) A la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA de presidio menor en su grado máximo; b) A la pena de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; c) Al pago de una multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL la que se declara cumplida en forma íntegra por cada uno de ellos, a título sustitutivo, conforme al día que permanecieron privados de libertad con motivo de este proceso, según así consta en la audiencia de control de detención del día 15 de septiembre de 2024. II. Que a propósito de las penas de presidio impuestas en el resuelvo precedente y acorde a lo ya razonado, este Tribunal sustituye dicha pena por la de libertad vigilada intensiva, quedando los sentenciados sujetos, en consecuencia, a un régimen de tratamiento y observación para ante el centro correspondiente de Gendarmería de Chile por el lapso de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA debiendo, en dicho período, someterse a las directrices y orientaciones que se le impongan en el plan de intervenc

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, treinta de septiembre de dos mil veinticinco PROCEDIMIENTO Abreviado R.U.C. 2401102536-2 R.I.T. 4527 - 2024 JUEZ JUAN ENRIQUE OLIVARES URZUA FISCAL CONSTANZA SOUZA VEGA DEFENSOR PRIVADO JUAN HECTOR MARTINEZ HERNANDEZ IMPUTADO (1) KARINA CONSTANSA BOLAÑOS BUIZA RUT 27.899.073-7 DOMICILIO Calle Luis Señoret N°9339, comuna La

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica