ESCOBAR/SERVICIOS DE GASTRONOMIA Y CAFETERIA URRUTIA E HIJOS LTDA
Rol
O-78-2022
Fecha
26 de diciembre de 2022
Materia
Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1) Existencia de una relación laboral bajo vínculo de subordinación y dependencia entre demandante y demandado, fecha de inicio y término de la misma y remuneración pactada. 2) Efectividad de adeudarse al demandado el feriado proporcional, cotizaciones previsionales de AFP, AFC y FONASA. Monto de las mismas. A su turno, cada una de las partes ofreció sus medios de prueba de los que da cuenta el acta del proceso. Que con fecha 07 de diciembre pasado, se realizó la audiencia de juicio a la cual asistió sólo la demandante, quien incorporó sus medios de prueba y formuló sus observaciones a la prueba rendida. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la actora funda su acción en que con fecha 10 de noviembre de 2021 ingreso a prestar servicios personales bajo vínculo de subordinación y dependencia para el demandado, como cocinero en el local comercial llamado LA FÁBRICA BY WALTHARI, ubicado en Latorre N°84, local 2, comuna de Villa Alemana, realizando labores de Jefe de Cocina y Pastelería, con una jornada de 45 horas semanales distribuidas de lunes a viernes entre las 07.30 hrs y las 17.00 hrs, siendo la úlitma remuneración mensual de $599.742 (quinientos noventa y nueve mil setecientos cuarenta y dos pesos), además de una gratificación legal equivalente al 25% de la remuneración, y un bono de puntualidad y asistencia de $50.000 (cincuenta mil pesos). Agrega que con fecha 29 de abril de 2022 se puso término al contrato de trabajo, por renuncia voluntaria del trabajador, ocasión en que le indicaron que continuaría la relación laboral con un nuevo RUT, firmando contrato con la empresa URBAN FOOD SPA, RUT 77.563.408-1 el día 1 de mayo de 2022. Sin embargo, jamás fue finiquitado tras el término de la primera relación laboral ni se me pagaron la totalidad de las prestaciones previsionales, adeudándosele el feriado legal proporcional entre los meses de noviembre de 2021 y abril de 2022, por la suma de $239.141 (doscientos cuarenta y siete mil doscientos sesenta y tres pesos), con intereses y reajustes; y las cotizaciones previsionales de AFP PLAN VITAL, AFC y FONASA Previa cita de las disposiciones legales pertinentes solicita condenar a la demandada a las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1.- Pago por concepto de feriado legal proporcional entre los meses de noviembre de 2021 y abril de 2022, por la suma de $239.141 (doscientos cuarenta y siete mil doscientos sesenta y tres pesos), con intereses y reajustes. 2.- Pago por concepto de cotizaciones previsionales de AFP PLAN VITAL declaradas y no pagadas de los meses de marzo y abril de 2022 por la suma de $185.432, con intereses y reajustes. 3.- Pago por concepto de cotizaciones previsionales de AFC de los meses de marzo y abril de 2022 por la suma de $46.484, con intereses y reajustes. 4.- Pago por concepto de cotizaciones de FONASA declaradas y no pagadas de los meses de marzo y abril de 2022 por la suma de $116.310, con intereses y reajustes. 5.- Costas judiciales por la tramitación del presente juicio. SEGUNDO: Que el demandado no compareció en este juicio estando válidamente notificado, continuando este en su rebeldía. TERCERO: Que la parte demandante incorporó al registro los siguientes medios de prueba: I. INSTRUMENTAL, consistente en la incorporación mediante su lectura y exhibición de los siguientes documentos: 1) Contrato de trabajo de fecha 10 de noviembre de 2021. 2) Anexo de modificación contrato de trabajo de fecha 20 de diciembre de 2021. 3) Acta de comparendo de Conciliación de fecha 17/08/2022. 4) Certificado de cotizaciones previsionales de AFC. 5) Certificado de cotizaciones prevision
Fallo
se resuelve: I. Que se acoge la demanda de cobro de prestaciones laborales interpuesta por ALFREDO ALEJANDRO ESCOBAR TAPIA, en contra de SERVICIOS DE GASTRONOMÍA Y CAFETERÍA URRUTIA E HIJOS LTDA. (también individualizada con el nombre de fantasía BY WALTHARI SPA.), RUT: 76.959.638-0, del giro gastronómico, representado legalmente por doña CARLA MARIA LAZZAROTTI TREVISAN, todos ya individualizados y consecuencialmente se condena a la demandada a pagar: 1. La suma de $239.141 (doscientos cuarenta y siete mil doscientos sesenta y tres pesos) por feriado proporcional. 2. Las cotizaciones previsionales de AFP PLAN VITAL, de los meses de marzo y abril de 2022 por la suma de $185.432; 3. Las cotizaciones previsionales de AFC de los meses de marzo y abril de 2022 por la suma de $46.484; 4. Las cotizaciones de FONASA de los meses de marzo y abril de 2022 por la suma de $116.310. II. Que se ordena aplicar respecto a las sumas establecidas los reajustes e interés legales conforme a lo dispuesto en el artículo 63 y 183 del 39 Código del Trabajo. III. Que se condena a la demandada al pago de las costas, las que se fijan en el 10% del capital adeudado.- Regístrese y, en caso de no pago, pase a la unidad de cobranza en la oportunidad legal correspondiente. Archívese en su oportunidad. RIT O-78-2022 RUC 22- 4-0424577-9 Dictada por doña ANDREA CECILIA MUÑOZ SAAVEDRA, Juez Suplente del Juzgado de Letras de Villa Alemana. Se deja constancia del cumplimiento de lo dispuesto en el inciso fi
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Villa Alemana, veintiséis de diciembre de dos mil veintidós VISTOS, OÍDOS Y TENIENDO PRESENTE: Que a folio 1 comparece don ALFREDO ALEJANDRO ESCOBAR TAPIA, chileno, soltero, chef internacional, domiciliado en Avenida El Belloto N° 611, casa 45, comuna de Quilpué, quien interpone demanda por cobro de prestaciones laborales y previsionales que se indican, en contra de su ex-empleador SERVICIOS DE GA
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