Juzgado de Letras de Cañete

EMPRESA NACIONAL DE MINERIA (ENAMI)/

Rol

V-54-2021

Fecha

28 de enero de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 con fecha 09 de agosto de 2021 comparece BLAS MUÑOZ ARANCIBIA, chileno, casado, Ingeniero Civil en Minas, por la EMPRESA NACIONAL DE MINERIA, ENAMI, Empresa del Estado de Chile, ambos domiciliados en Copiapó, calle Colipí N° 260, quien señala que, de prospecciones realizadas en terrenos abiertos e incultos de la Comuna de Cañete, Provincia de Arauco, Región del Bío Bío, se ha detectado la existencia de un yacimiento de sustancias concesibles, estando el Punto Medio determinado por las siguientes coordenadas UTM: Norte 5.811.900,00 metros y Este 668.550,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano La Canoa 1956; Zona 18. Señala que es su deseo constituir una concesión de exploración sobre el sector señalado, y solicita se le otorgue a la Empresa Nacional de Minería un pedimento que se denominará “CAYUCUPIL 6C”, de 200 hectáreas y que tiene la forma de un rectángulo cuyos lados de Norte a Sur UTM, tendrán 2.000 metros de largo y de Este a Oeste, tendrán 1.000 metros de ancho. Por lo que previas citas legales, solicita tener por presentado este pedimento ordenando su inscripción y publicación, disponiendo que el Señor Secretario del Tribunal otorgue copia autorizada y el certificado prescrito por el artículo 50 del mismo Código, para los efectos allí previstos y en definitiva se otorgue a la Empresa Nacional de Minería la concesión minera de exploración denominada “CAYUCUPIL 6C”. SEGUNDO: Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 55, inciso tercero del Código de Minería, acompañó los documentos anexos digitalizados a folio 4: 1.-Comprobante de pago de la tasa de pedimento, según formulario 10 N° 6.709.967. 2.-Comprobante de pago de la patente proporcional, establecida Artículo 144 del Código de Minería, Formulario 41 N° 6.719.817. 3.-Copia autorizada de la inscripción del pedimento practicada a Fs. 70 Vta., N° 40, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de C

Fallo

En mérito de lo expuesto y habiendo cumplido el peticionario con el procedimiento de constitución de concesiones mineras señalado en el Código de Minería y su reglamento y en conformidad a lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes, artículos 59 y siguientes, artículos 71 y siguientes del Código de Minería y artículos 86 y siguientes de este mismo cuerpo legal, y artículo 160, 170 y demás pertinentes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: http://www.pjud.cl/ I.- Que, se declara constituida la concesión de exploración denominada “CAYUCUPIL 6C”, ya singularizada, a favor de la EMPRESA NACIONAL DE MINERIA, ENAMI, Empresa del Estado de Chile representada por don BLAS MUÑOZ ARANCIBIA. Las coordenadas UTM, en metros, de los vértices de la cara superior de la concesión, son las siguientes: PM Norte 5.811.900,00 y Este 668.550,00 V1 Norte 5.812.900,00 y Este 668.050,00 V2 Norte 5.812.900,00 y Este 669.050,00 V3 Norte 5.810.900,00 y Este 669.050,00 V4 Norte 5.810.900,00 y Este 668.050,00 La relación entre el vértice 1 (V1) y el Punto Medio (PM) señalado en el pedimento, está dada por la distancia de 1.118,03 metros y un rumbo UTM en grados centesimales, de S-29,5167-E, que equivale a un Azimut de 170,4833 grados centesimales. II.-Que, se aprueba el plano de la concesión de exploración “CAYUCUPIL, 6C” acompañado. III.-Extráctese la presente sentencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Minería, publíquese dicho extracto. IV.-Procédase a la inscr

Texto Completo (Preview)

Cañete a veintiocho de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 con fecha 09 de agosto de 2021 comparece BLAS MUÑOZ ARANCIBIA, chileno, casado, Ingeniero Civil en Minas, por la EMPRESA NACIONAL DE MINERIA, ENAMI, Empresa del Estado de Chile, ambos domiciliados en Copiapó, calle Colipí N° 260, quien señala que, de prospecciones realizadas en terrenos abiertos

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