1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GUERRA/ANIB SERVICIOS INTEGRALES LIMITADA

Rol

M-2432-2022

Fecha

27 de diciembre de 2022

Materia

Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos expuestos en la demanda y con el sólo ánimo de poner término al presente juicio, pagará al actor la suma única y total de $3.000.000, pagadera a más tardar el día 10 de enero de 2023, mediante transferencia electrónica a la cuenta del abogado de la demandante don Rodrigo Arnaldo Benitez Vargas, cédula de identidad N° 16.370.508-7, cuenta Vista Nº7006026260 del Banco Santander, correo electrónico luciavargas7@gmail.com, debiendo la demandada dar cuenta al tribunal de dicho pago dentro de quinto día hábil de ocurrido. 2. La demandante se desiste de la acción respecto de la demandada Empresa de los Ferrocarriles del Estado, lo que es aceptado por la parte demandada y autorizada por el tribunal. 3. Mediante el presente acuerdo las partes se otorgan el más amplio, completo, total y recíproco finiquito, señalando que nada se adeudan por ningún concepto, renunciando a toda acción que pudiere derivar del presente litigio, salvo las obligaciones tendientes a hacer cumplir el presente acuerdo. 4. Cada parte pagará sus costas. El Tribunal tiene por aprobada y ratificada la presente conciliación otorgándosele el carácter de sentencia definitiva, firme y ejecutoriada para todos los efectos legales. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que la presente acta se firmará solamente por el Juez que dirige la audiencia, en atención a que, por la contingencia sanitaria nacional, la audiencia ha sido realizada vía plataforma Zoom, siendo físicamente imposible la firma de las partes que asistieron a la misma, constando el acuerdo de éstas en el registro de audio del tribunal. Se deja constancia que la presente sentencia consta en el registro de audio de este tribunal, a disposición de las partes y que la misma deberá ser transcrita solamente en el evento de ser recurrida, según lo establece el artículo 62 del Acta 71 de la Excelentísima Corte Suprema. SENTENCIA Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don Luis Alberto Guerra Arellano, quien interpone demanda sobre nulidad del despido, despido improcedente y cobro de prestaciones en contra de ANIB SERVICIOS INTEGRALES LIMITADA, a fin de que se declare su despido como improcedente y nulo y se condene a la demandada al pago de la indemnización por años de servicio, recargo, feriado legal, feriado proporcional, remuneración de junio y agosto de 2022 y además, de las remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo entre la fecha del despido y la convalidación del mismo y cotizaciones de seguridad social debidas, todo con reajustes, intereses y costas.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos, 7, 8, 9, 73, 171, 172, 178 y 453 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que, se acoge la demanda de autos interpuesta Luis Alberto Guerra Arellano contra de ANIB SERVICIOS INTEGRALES LIMITADA y en consecuencia, se declara nulo e improcedente el depsido del que fue objeto el actor. II.- Que, la demandada deberá pagar la suma $1.771.464 por concepto de indemnización por años de servicio, aumentada en un 30%, esto es la suma de $531.439. III.- Que, la demandada deberá pagar la suma de $590.488 por concepto de remuneración de junio de 2022, de $590.488 por concepto de remuneración de julio de 2022 y $118.097 por concepto de remuneración de agosto de 2022. IV.- Que, la demandada deberá pagar la suma de $413.341 por concepto de feriado legal del periodo de 2019-2020, de $413.341 por concepto de feriado legal del periodo de 2020-2021 y de $413.341 por concepto de feriado legal del periodo de 2021-2022 y la demandada deberá pagar la suma de $135.418 por concepto de feriado proporcional. V.- Que la demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo entre la fecha de despido y la convalidación del mismo, en base a una remuneración de $590.488, además de las cotizaciones de seguridad social de octubre a diciembre de 2021 y de enero a agosto de 2022, en base a la remuneración declarada y en subsidio, a la antes referida. VI.- Que, las cantidades referidas deberán

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 26 de diciembre de 2022, Santiago RUC 22-4-0429728-0 RIT M-2432-2022 CARATULADO GUERRA/ANIB SERVICIOS INTEGRALES LIMITADA MAGISTRADO ANGELICA PAULINA PEREZ CASTRO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Francisca Solis Lezaeta HORA DE INICIO 10:27 HORA DE TERMINO 10:52 SALA SALA 5.4 Nº REGISTRO DE

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