SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/JAURE
Rol
C-964-2019
Fecha
27 de enero de 2022
Materia
PESCA Y ACUICULTURA, INFRACCIONES A LA LEY DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 22 de julio de 2019 (folio 1) comparece doña Cindis Obregón Jaure, cédula de identidad N° 15.561.472-2 inspectora del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, domiciliada en Avenida Francia 1373, Quintero, deduciendo denuncia en contra de don Pedro Enrique Jaure Bazaes, cédula de identidad N° 12.774.918-3, con domicilio en Calle Vecinal, sector Punta El Fraile S/N, Horcón, Puchuncaví, por obstaculizar a la labor fiscalizadora, infringiendo lo establecido en la Ley General de Pesca y Acuicultura. Con fecha 26 de mayo de 2021 (folio 14), se lee el estampe receptorial que da cuenta de la notificación por cédula del denunciado. Con fecha 1° de junio de 2021 (folio 17) se lleva a efecto la audiencia indagatoria. Con fecha 30 de julio de 2021 (folio 18), se recibe la causa a prueba. Con fecha 15 de octubre de 2021 (folio 37) se lleva a efecto la audiencia de prueba. Con fecha 18 de noviembre de 2021 (folio 42), se cita a las partes para oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 26 de mayo de 2021 (folio 1) el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura dedujo denuncia en contra de don Pedro Enrique Jaure Bazaes, ya individualizado, por obstaculizar a la labor fiscalizadora, infringiendo lo establecido en la Ley General de Pesca y Acuicultura. Funda su denuncia en que, con fecha 26 de junio de 2019, alrededor de las 10:00 horas, se realizó un trabajo de monitoreo a las áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos de la comuna de Puchuncaví, con apoyo del personal de la Capitanía de Puerto Quintero. Señala que, en dicha oportunidad, se avistaron embarcaciones extrayendo recursos bentónicos en área de manejo y explotación de recursos bentónicos Farellones de Horcón. Agrega que, pasados unos 30 minutos, advirtieron que se acercó a la costa -sector de roqueríos denominado como la Punta del Fraile- una embarcación de las avistadas y desembarcaron dos sacos con un contenido que no pudieron revisar, pero que presumiblemente se trataba de locos. Expresa que junto al personal de Capitanía de Puerto, se verificó la operación de extracción de recursos hidrobiológicos y se esperó el momento propicio para interceptar al individuo que los trasladaría desde el punto de desembarque. Aclara que la revisión de los sacos mencionados resultó imposible debido a la acción de una persona que montada en un caballo tomó los sacos antes mencionados y los llevó hacia la planicie del cerro; prosiguió señalando que esta persona posteriormente fue identificada como el denunciado. Señalar que, para esta maniobra, la persona indicada contaba con una persona de apoyo que se mantenía observando y que le dio aviso de la presencia de los fiscalizadores, de manera que don Pedro Enrique Jaure Bazaes se alejó rápidamente del punto de recepción de los sacos con el fin de evadir la fiscalización. Continúa señalando que, cuando este momento llegó, la persona de apoyo del denunciado azuzó alrededor de 6 perros para que los interceptaran; pero afortunadamente el amedrentamiento de parte de estas personas cesó cuando las personas que realizaban la operación se retiraron ya que los perros utilizados para impedir el paso se fueron tras ellas. Agrega que así fue que lograron acercarse al denunciado que se encontraba, como se dijo, montando un caballo para llevarse los recursos; le indicaron que se detuviera, identificándose cada autoridad respectiva, a lo cual el denunciado hizo caso omiso y arrancó del lugar velozmente en el caballo. Relata que, al seguirlo en el vehículo institucional, llegaron a un camino vecinal y en el pasaje donde reside el denunciado se encontraba un vehículo del tipo jeep -a la espera de la operación que estaba realizando el infractor, el cual, se retiró rápidamente al advertir la presencia de los fiscalizadores. Además, señala que solicitaron al plan cuadrante de Carabineros de Horcón apoyo para llevar a cabo la actividad y Carabineros los acompañó hasta el domicilio del infractor, que es just
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 121 bis y 125 la Ley General de Pesca y Acuicultura; los artículos 144, 160 y 170 del Código de Procedimiento Civil; se declara: I.- Que se rechaza la denuncia y, en consecuencia, se absuelve al denunciado Pedro Enrique Jaure Bazaes, cédula de identidad N° 12.774.918-3, ya individualizado, de su presunta responsabilidad como autor del ilícito denunciado. II.- Que, estimando que el servicio denunciante litigó plausiblemente, cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y, una vez ejecutoriada, remítase copia al Servicio Nacional de Pesca de la Quinta Región. Notifíquese por correo electrónico si las partes lo hubieren designado o, en su defecto, por cédula. Archívese en su oportunidad. Rol C- 964-2019.- Pronunciada por Matías Fontecilla Millán, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Quintero, veintisiete de enero de dos mil veintidós. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-01-27T18:18:18-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Garantía de Quintero CAUSA ROL : C-964-2019 CARATULADO : SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/JAURE Quintero, veintisiete de enero de dos mil veintidós. VISTO: Con fecha 22 de julio de 2019 (folio 1) comparece doña Cindis Obregón Jaure, cédula de identidad N° 15.561.472-2 inspectora del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, dom
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica