CASTILLO/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA
Rol
C-27-2022
Fecha
27 de enero de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 7 de enero de 2022, comparece doña Berta Margarita Castillo Olivares, labores de casa, domiciliada en Parcela 3-B, Los Molles, Camino Pocochay, Quillota y deduce demanda en juicio ordinario de declaración de prescripción extintiva de cuotas insolutas de aseo que afectan al inmueble que constituye su domicilio civil de Parcela 3-B, Los Molles, Camino Pocochay, Quillota, en contra de la I. Municipalidad de Quillota, representada por su Alcalde don Oscar Rodolfo Calderón Sánchez, Asistente Social, domiciliados en calle Maipú N°330, de Quillota, solicitando se declaren prescritas las cuotas de aseo, desde el año 2011 a la cuota N°4 del año 2016. Funda su demanda, señalando que en los registros municipales, en las nóminas de cuotas de aseo, se registra deuda por tal concepto, que afecta al inmueble ubicado en Parcela 3-B, Los Molles, Camino Pocochay, Quillota , Rol Avalúo 305-0239 , desde el año 2011 a la fecha. El artículo 2321 del Código Civil, expresa que las acciones a favor o en contra del fisco o de las municipalidades, proveniente de cualquier clase de impuestos, prescribe en tres años, por lo que solicita la prescripción de las cuotas insolutas por concepto de aseo domiciliario, respecto de las cuotas desde el año 2011 a la cuota N°4 del año 2016, por cuanto, ha transcurrido el plazo para que dichas obligaciones prescriban, señalado en la norma legal citada. Con fecha 25 de enero de 2022 contesta la demandada. Con fecha 27 de enero de 2022, replica la demandante. Con fecha 27 de enero de 2022, se trajeron los autos para fallo. CONSIDERANDO. PRIMERO. Con fecha 7 de enero de 2022, comparece doña Berta Margarita Castillo Olivares, labores de casa, domiciliada en Parcela 3-B, Los Molles, Camino Pocochay, Quillota y deduce demanda en juicio ordinario de declaración de prescripción extintiva de cuotas insolutas de aseo que afectan al inmueble que constituye su domicilio civil de Parcela 3-B, Los Molles, Camino Pocochay, Quillota, en contra de l
Fallo
se declarará en definitiva. SEXTO. La prueba que no se analiza en lo particular, en nada influye en lo dispositivo de esta sentencia. Por las consideraciones anotadas y visto, además lo dispuesto en los artículos 1698, 2492, 2493,2513 y 2515 del Código Civil, 144, 160, 170, 342, 346 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I. -Que, se acoge la demanda deducida con fecha 07 de enero de 2022,por doña Berta Margarita Castillo Olivares, en contra de la Ilustre Municipalidad de Quillota, ambos ya individualizados, y se declara que se encuentra prescrita la acción de la demandada para el cobro de derechos municipales por concepto de extracción de aseo domiciliario que afectan al inmueble ubicado en Parcela 3-B, Los Molles, Camino Pocochay, Quillota, desde el año 2011 hasta la cuota N° 4 del año 2016. II. -Que no se condena en costas a la parte demandada, por haberse allanado a la demanda. Dictada por Patricia Zavala Astudillo, Juez Titular. Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Quillota, veintisiete de Enero de dos mil veintid s.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte
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Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-27-2022 CARATULADO : CASTILLO/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA Quillota, veintisiete de Enero de dos mil veintid s.ó Vistos: Con fecha 7 de enero de 2022, comparece doña Berta Margarita Castillo Olivares, labores de casa, domiciliada en Parcela 3-B, Los Molles, Camino Pocochay, Quillota y de
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