COMPAÑÍA DE SEGUROS CONFUTURO S.A./DIRECCIÓN NACIONAL DEL TRABAJO
Rol
I-355-2022
Fecha
26 de diciembre de 2022
Materia
Otros Reclamos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS · CONCILIACION (llamado) X · 1. TOTAL - · 2. PARCIAL - · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. DEMANDANTE · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL - · C.TESTIMONIAL - · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) - · 1. DEMANDADA · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL - · C.TESTIMONIAL - · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) - · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X A los escritos acompaña documentos acompaña prueba Dirección del Trabajo y mandato por la parte reclamada. Al escrito acompaña documentos parte reclamante. A todo, téngase presente RELACION DE LOS HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Si existe un error en la calificación efectuada por la DT en cuanto desde cuando se inician los servicios de utilidad pública. 2. Si existe un error de hecho en la calificación efectuada por la DT, en cuanto a estimar que los servicios requeridos en el área de vida individual no constituiría servicios de utilidad pública. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA: Documental: Se incorporan. 1. Propuesta de Servicios Mínimos de fecha 4 de mayo de 2020, con prints de pantalla de los correos electrónicos conductores de su envío a los sindicatos de la empresa y las respuestas de ambas organizaciones sindicales a la propuesta. 2. Requerimiento de calificación de los servicios mínimos y equipos de emergencia para Compañía de Seguros Confuturo S.A. enviado con fecha 8 de junio de 2020 a la Sra. Benita Valdivia Pastén, Coordinadora Relaciones Laborales Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Oriente. Se compone de correo electrónico para upartesmetoriente@dt.gob.cl de fecha lunes, 8 de junio de 2020 a las 17:14, carta conductora y la presentación correspondiente, conteniendo en detalle el requerimiento que se efect
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho, y los anexos respectivos. 3. Correo electrónico, escrito y documentos adjuntos de fecha 7 de octubre de 2020 que pide tener por acompañada la documentación adjunta y considerarla para resolver el requerimiento de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia ingresado con fecha 8 de junio de 2020 a la Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Oriente, además de ordenar diligencias solicitadas consistentes en los oficios a las entidades que regulan y fiscalizan a Compañía de Seguros Confuturo S.A. 4. Resolución N° 103 de 1 de marzo de 2022 junto con oficio de notificación, emitida por la Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Oriente. 5. OFICIO ORD. N° 1041 de fecha 28 de diciembre de 2020 del PRESIDENTE DEL BANCO CENTRAL DE CHILE a la DIRECTORA REGIONAL DEL TRABAJO, REGIÓN METROPOLITANA ORIENTE que Emite opinión técnica del Banco Central de Chile, en su condición de regulador del sistema financiero, con ocasión de la calificación de servicios mínimos en caso de huelga, respecto de la Compañía de Seguros Confuturo S.A. 6. Pauta de Fiscalización Investigativa Comisión N° 506/2021/172 realizada en sucursal Viña del mar, 8 norte 876. 7. OFICIO ORDINARIO Nº4438 de la Comisión para el Mercado Financiero a la DIRECTORA REGIONAL DEL TRABAJO REGIÓN METROPOLITANA ORIENTE que contiene informe técnico en materia de servicios mínimos y equipos de emergencia respecto de la sociedad Compañía de Seguros Confuturo S.A. 8. INFORME DE EXPOSICIÓN FISCALIZACIÓN INVESTIGATIVA: CALIFICACIÓN SERVICIOS MÍNIMOS Y EQUIPOS DE EMERGENCIA, Nº Fiscalización 556 que consta de 49 páginas realizado por la fiscalizadora de la Dirección del Trabajo doña María Paz Peña Hernández de Fecha 01.03.2021. 9. INFORME DE EXPOSICIÓN, FISCALIZACIÓN INVESTIGATIVA REQUERIMIENTO DE CALIFICACIÓN DE SERVICIOS MÍNIMOS Y EQUIPOS DE EMERGENCIA N° 3646 realizado en Apoquindo N° 6750 piso 19, comuna de Las Condes. 10. Recurso Jerárquico de fecha 11 de marzo de 2022, acompañado de carta conductora y correo electrónico de su envío a la Dirección Nacional del Trabajo. 11. Correo electrónico con el asunto Notificación de estado de Solicitud de Audiencia AL003AW1111554 de fecha 14 de abril de 2022 de Plataforma Ley del Lobby, acompañada de cita online remitida por Susana Díaz Araneda, Secretaria Departamento de Relaciones Laborales Dirección del Trabajo y presentación realizada a VALENTINA MORALES, Jefa del Departamento de Relaciones Laborales de la Dirección Nacional del Trabajo. 12. Informe de Estándares Técnicos, Calificación de Servicios Mínimos y Equipos de Emergencia de la Unidad de Servicios Mínimos del Departamento de Relaciones Laborales de la Dirección del Trabajo, abril de 2018. 13. Informe de Estándares Técnicos, Calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia elaborado por la Unidad de Servicios Mínimos del Departamento de Relaciones Laborales de la Dirección del Trabajo, abril 2019. 14. Resolución Núm. 133 exenta, d
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, con el mérito de los antecedentes expuestos en la audiencia, elementos de convicción leídos de manera resumida, se acoge el reclamo en virtud de lo dispuesto en el artículo 504 del Código del Trabajo, sólo en cuanto que se incluye como recursos mínimos a: (1) Un Soporte tecnológico, que en la empresa se llama “líder del servicio TIC”, a fin que preste servicios tanto en el área de renta de vitalicia como en el seguro de vida individual; (2) Se considerará como recursos mínimos en renta vitalicia, desde el proceso de selección de modalidad hasta el pago de la renta vitalicia o pensión al usuario, además de los ya declarados, a 3 ejecutivos comerciales, un jefe de mantención de póliza y 1 especialista de mantención de póliza; (3) En el área de seguro de vida individual, se declarará como servicio mínimo 1 liquidador de siniestro, 1 evaluador de riesgo y un jefe de emisión de siniestro y desgravamen, ampliando los servicios del auxiliar y analista de tesorería ya concedido para la renta vitalicia; (4) Un portfolio manager, a fin que gestione los activos e invierta los instrumentos financieros e inmobiliarios a fin de contar con recursos líquidos que puedan pagar las pensiones y los siniestros; y, (5) Ampliación de las funciones de los ejecutivos/as de CONTACT CENTER ya concedidos en la página 82 de la resolución 103 de la Dirección Regional, a fin que puedan recibir denuncias de siniestro de los asegurados que no tengan acceso a los medios tecnológicos para
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO RECLAMO FECHA 22/12/2022, Santiago RUC 22-4-0436742-4 RIT I-355-2022 CARATULADO COMPAÑÍA DE SEGUROS CONFUTURO S.A./DIRECCIÓN NACIONAL DEL TRABAJO MAGISTRADO LUZ ADRIANA CELEDON BULNES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Lorena Beatriz Pérez Donoso HORA DE INICIO 10:55 HORA DE TERMINO 12:41 SALA Sala 6.2 Nº RE
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