ACEVEDO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CUREPTO
Rol
T-2-2022
Fecha
23 de diciembre de 2022
Materia
Otras Indemnizaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: a) Antecedentes del inicio de desarrollo de la relación laboral: Hace más de 40 años me desempeño como funcionario de la Ilustre Municipalidad de Curepto, en el cargo de funcionario administrador de educación de dicha institución. Como tal el régimen Jurídico que me rige, es el dado por la Ley Nº18.575 Ley Bases Generales de la Administración de Estado y la Ley Nº18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en concordancia con lo dispuesto en el Código del Trabajo. En cuanto a mi relación laboral, soy contrata, ejerciendo labores de secretario administrativo desde el 07 de septiembre del año 1.981, que asciende a 44 horas semanales y de forma indefinida. Atendida dicha relación es que vengo en exponer, a su S.S., los derechos que hoy en día se me están viendo vulnerados. b) Antecedentes de la discriminación y de la vulneración de derechos fundamentales: a. Cómo ha podido apreciar su S.S., es que he otorgado mucho más de la mitad de mi vida al servicio público, los cuales a la fecha en caso alguno han sido retribuidos como corresponde. b. Es del caso que me he visto en los últimos años envuelto en una serie de irregularidades por parte de la denunciada a raíz de varias situaciones que pasó a exponer: 1. Con fecha 04 de septiembre de 2014, me veo envuelto en un terrible accidente automovilístico, mis funciones en la Municipalidad contemplaba en algunas ocasiones el ir a diferentes lugares de la región, en ese día y por el hecho de ser encargado de mantención de algunos colegios, me dirijo en un vehículo municipal a dejar unos maestros a unas escuela en el sector de Colbún, terminada de dicha labor, en el momento en el que estoy regresando a la municipalidad por la Ruta J-60, un camión cargado con la celulosa debido a la mala estibación dejó caer su carga la que me fue imposible esquivar, a raíz de dicho accidentes que sufra múltiples fracturas de tanto mis extremidades inferiores y superiores, debiendo ser trasladado por un equipo del Samu de L
Fundamentos
fundamentos de hecho que se exponen: “I. Relación circunstanciada de los hechos: a) Antecedentes del inicio de desarrollo de la relación laboral: Hace más de 40 años me desempeño como funcionario de la Ilustre Municipalidad de Curepto, en el cargo de funcionario administrador de educación de dicha institución. Como tal el régimen Jurídico que me rige, es el dado por la Ley Nº18.575 Ley Bases Generales de la Administración de Estado y la Ley Nº18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en concordancia con lo dispuesto en el Código del Trabajo. En cuanto a mi relación laboral, soy contrata, ejerciendo labores de secretario administrativo desde el 07 de septiembre del año 1.981, que asciende a 44 horas semanales y de forma indefinida. Atendida dicha relación es que vengo en exponer, a su S.S., los derechos que hoy en día se me están viendo vulnerados. b) Antecedentes de la discriminación y de la vulneración de derechos fundamentales: a. Cómo ha podido apreciar su S.S., es que he otorgado mucho más de la mitad de mi vida al servicio público, los cuales a la fecha en caso alguno han sido retribuidos como corresponde. b. Es del caso que me he visto en los últimos años envuelto en una serie de irregularidades por parte de la denunciada a raíz de varias situaciones que pasó a exponer: 1. Con fecha 04 de septiembre de 2014, me veo envuelto en un terrible accidente automovilístico, mis funciones en la Municipalidad contemplaba en algunas ocasiones el ir a diferentes lugares de la región, en ese día y por el hecho de ser encargado de mantención de algunos colegios, me dirijo en un vehículo municipal a dejar unos maestros a unas escuela en el sector de Colbún, terminada de dicha labor, en el momento en el que estoy regresando a la municipalidad por la Ruta J-60, un camión cargado con la celulosa debido a la mala estibación dejó caer su carga la que me fue imposible esquivar, a raíz de dicho accidentes que sufra múltiples fracturas de tanto mis extremidades inferiores y superiores, debiendo ser trasladado por un equipo del Samu de Licantén, manteniéndome varios días en la UCI, debido a la gravedad del accidente. 2. Debo señalar que dicho accidente fue un hecho preponderante en mi vida, ya que no solo me trajo consigo múltiples impedimentos físicos, sino que también anímicos, ya que tuve que recurrir a diferentes profesionales del área de salud, para sobrellevar dicha situación, lo que me trajo consigo una fuerte depresión, que se vio acentuada, por el nulo apoyo dado por la Municipalidad, tanto psíquico como material, a lo largo de todo mi proceso recuperativo, que se ve hasta la fecha reflejado en la escasa determinación de mis funciones, incluso me dejaron sin escritorio, es más, se me señala como encargado de inventario, pero que en la realidad dista mucho de lo establecido, ya que, también ejerzo como conductor, sin perjuicio del accidente sufrido. 3. En relación a las funciones que ejerzo como conductor y con fin de establecer las múl
Fallo
Por estas consideraciones y visto a demás lo dispuesto en los arts 1, 7, 420, 425, 456, 459 y 485 y siguientes del código del Trabajo, se declara: I. Que se rechaza la demanda de tutela laboral interpuesta por Wenceslao Enrique Acevedo Aguilera en contra de la Municipalidad de Curepto, ambos ya individualizados. II. Que se exime del pago de costas al demandante, por haber tenido motivos plausibles para litigar. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. RIT T-2-2022 Dictada por Sebastián Ignacio Bustos Chaparro, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Curepto.
Texto Completo (Preview)
Curepto, veintitrés de diciembre de dos mil veintidós. Visto, oído y considerando, Primero: Que el 6 de septiembre del corriente, comparece Wenceslao Enrique Acevedo Aguilera, chileno, administrador, cédula nacional de identidad número 7.907.596-5, domiciliado en calle Uno Poniente Nº1.258, oficina 716, edificio Plaza Poniente, Talca y viene en interponer acción de tutela laboral por denuncia de
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