1º Juzgado Civil de Temuco

BANCO ESTADO DE CHILE/DISTRIBUIDORA EL ABASTERO LIMITADA

Rol

C-4444-2018

Fecha

26 de enero de 2022

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Comparece, MAXIMILIANO JOSE SANCHEZ DERIO, factor de comercio, mandatario ejudicial, en representaci n convencional, seg n se acreditar , deló ú á Banco del Estado de Chile, empresa aut noma de cr ditos del Estado,ó é representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Juan Cooper Alvarez, chileno, casado, ingeniero comercial, Rut N 9.096.866-1, ambos° domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N 1111, Santiago,° expone: Vengo en interponer demanda en juicio sumario de terminaci nó inmediata de contrato de arrendamiento por no pago de renta, conjunta y solidariamente en contra de la sociedad DISTRIBUIDORA EL ABASTERO LIMITADA persona jur dica de derecho privado, rol nico tributario Ní ú º 76.527.124-K, representada por su mandatario do a ñ ANGELA PAMELA GAJARDO GUAJARDO, chileno, empresario, c dula nacional de identidad Né º 13.352.400-2, ambos con domicilio en el Fundo La Montana, kil metro 17 y/oó Barros Arana N 336, ambos de la ciudad y de la comuna de Temuco y en° contra de ANGELA PAMELA GAJARDO GUAJARDO, ya individualizada, en su calidad de fiadora y codeudora solidario de la sociedad antes mencionada.- Fundo esta demanda en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho: PRIMERO) Por escritura p blica de fecha 28 de Diciembre de 2017, otorgadaú ante el Notario de Temuco don H ctor Basualto Bustamante, mi representadoé dio en arrendamiento con opci n de compra a la sociedad ó DISTRIBUIDORA EL ABASTERO LIMITADA, el inmueble correspondiente a un retazo de terreno de cero coma setenta y cinco hect reas, resultante de la subdivisi n delá ó resto del Fundo La Monta a, ubicado en la comuna de Temuco, de unañ superficie de 212,54 hect reas.- La propiedad se encuentra inscrita a nombre delá BANCO DEL ESTADO DE CHILE a fojas 1713 v N 1460 del Registro de° Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Temuco, correspondiente al a oí ñ 2018.- SEGUNDO) La renta de arrendamiento se estipul de la siguiente forma: ó 1.- Una renta de $30.000.00

Fundamentos

CONSIDERANDO: I. EN CUANTO LA EXCEPCI N PERENTORIA DE IMPROCEDENICAÓ DE LA ACCI NÓ 1 Que la demandada se ala que el contrato de arrendamiento acompa ado por° ñ ñ la demandante tiene por objeto un predio r stico, de manera que le es aplicableú el Decreto ley N 993 de 1975, del ministerio de Agricultura.° En este sentido, teniendo presente que en su oportunidad la demandada presentó incidente de nulidad, fundado en los argumentos esgrimidos en la presente petici n de excepci n, sta ltima ser rechazada replicando y reiterando loó ó é ú á siguiente: la naturaleza del contrato cuya terminaci n se demanda corresponde aó un leasing inmobiliario, el que ha sido definido por la doctrina como "un contrato en virtud del cual la compa a de leasing adquiere a petici n expresañí ó del cliente, determinados bienes para entreg rselos en arrendamiento, medianteá una renta mensual y con opci n para el arrendatario de adquirirlos bajo ciertasó condiciones". En cuanto a sus caracter sticas se ha dicho que "corresponde a unaí operaci n unitaria integrada por varios contratos. Tal operaci n no coincide conó ó ninguna de las categor as dogm ticas del derecho de las obligaciones y de losí á contratos, situaci n que no es exclusiva del leasing, sino que se presenta tambi nó é trat ndose de otras operaciones que constituyen medios de financiamiento en laá actividad mercantil". (Sandoval L pez Ricardo. Derecho Comercial, Tomo IIIó volumen II, quinta edici n, Colecci n Manuales Jur dicos, Editorial Jur dica deó ó í í Chile, a o 2007, p gs. 110 y 111).ñ á As las cosas considerando la naturaleza at pica del contrato de marras, la acci ní í ó judicial para que se declare su terminaci n, la restituci n del bien ra z, el pagoó ó í de las rentas adeudadas e las indemnizaciones pactadas que eventualmente procedieren, se encuentra sometido al procedimiento reglamentado en el t tuloí VI del Libro II del C digo de Procedimiento Civil, tal como consta del tenor deó las disposiciones legales que han sido citadas en el libelo y de la tramitaci n queó se llevado hasta ahora por este tribunal. II. EN CUANTO AL FONDO 2 Que Maximiliano Jose S nchez Derioa, abogado en la representaci n que° á ó enviste demanda en juicio conjunta y solidariamente a la Sociedad DISTRIBUIDORA EL ABASTERO LIMITADA representada por su mandatario do a ñ ANGELA PAMELA GAJARDO GUAJARDO y en contra de ANGELA PAMELA GAJARDO GUAJARDO, en su calidad de fiadora y codeudora solidaria, de terminaci n inmediata del contrato de arrendamiento,ó por no pago de rentas, y cobro de las mismas en virtud de los antecedentes de hecho y derecho se alados en la parte expositiva de este fallo.ñ 3 Que Sergio Sep lveda Torres, abogado por los demandados en subsidio de la° ú excepci n opuesta contesta la demanda se alando: II- EN SUBSIDIO,ó ñ RECHAZO DE LA DEMANDA POR ENCONTRASE PAGADAS LAS RENTAS COBRADAS: 1- Consta que la demandante indica en el acapite SEXTO de la demanda, que mi representada no habr a cancelado la renta deí arrendami

Fallo

POR TANTO, De acuerdo con lo expuesto y a lo previsto en los art culos 1489í y 1545 y dem s pertinentes del C digo Civil, 254, 607 y 611 del C digo deá ó ó Procedimiento Civil, Ruego a US. tener por interpuesta demanda de terminaci nó inmediata del contrato de arrendamiento, por no pago de rentas, conjunta y solidariamente en contra de la Sociedad DISTRIBUIDORA EL ABASTERO LIMITADA representada por su mandatario do a ñ ANGELA PAMELA GAJARDO GUAJARDO y en contra de ANGELA PAMELA GAJARDO GUAJARDO, ya individualizada, en su calidad de fiadora y codeudora solidaria, citando a una audiencia del quinto d a h bil despu s de la notificaci n de losí á é ó demandados, con sus medios de prueba y en definitiva declarar: 1.- La terminaci n del contrato de arrendamiento singularizado en lo principal.- 2.-ó Ordenar la restituci n definitiva del bien ra z dado en arrendamiento dentro deló í plazo de tercero d a despu s de dictada la sentencia definitiva.- 3.- Que debeí é pagarse a mi representado la renta de arrendamiento vencidas al 30 de Julio del 2018 ascendente a la suma de $4.057.637, m s las rentas que se devenguen hastaá la restituci n efectiva del bien arrendado.- 4.- Que debe pagarse a mió representado los perjuicios avaluados anticipadamente y de com n acuerdo porú las partes en un 30% de las rentas que se encontraban pendientes de vencimiento a la poca del incumplimiento, m s los intereses moratoriosé á pactados en la cl usula d cimo cuarta del contrato, correspondiente al inter s

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C-4444-2018 Foja: 1 FOJA: 43 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-4444-2018 CARATULADO : BANCO ESTADO DE CHILE/DISTRIBUIDORA EL ABASTERO LIMITADA Temuco, veintis is de Enero de dos mil veintid sé ó VISTOS Comparece, MAXIMILIANO JOSE SANCHEZ DERIO, factor de comercio, mandatario ejudicial, en representaci n convencional, seg n se acreditar , deló

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